ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El infanticidio a través de la historia y prehistoria


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  Ensayos  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  531 Visitas

Página 1 de 3

LEGISLACION PENAL ECUANTORIANA

“DELITOS CONTRA LA VIDA”

TIPOS DE ABORTO

ABORTO TERAPEUTICO. Consiste en la interrupción del embarazo cuando el desarrollo del mismo pone en peligro la vida de la madre.

Las razones médicas básicas por las que se justifica el aborto terapéutico son:

• Riesgo grave para la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida de la madre;

• Para salvaguardar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto;

• Riesgo de enfermedad congénita o genética, para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves.

• Reducción de embriones o fetos en embarazos múltiples, hasta un número que haga el riesgo aceptable y el embarazo viable.

• Riesgo grave para la vida del hijo, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para la vida del hijo, ya sea porque viene con una malformación, o tiene un alto riesgo de vida cuando nazca

ABORTO EUGENESICO. Es el aborto provocado realizado en el caso de sospecha o certeza de una enfermedad seria del niño. Dicha certeza nunca puede ser completa. Se suele realizar argumentando que la vida del niño con deficiencias sería de poca calidad, y no merecería la pena ser vivida.

EL ABORTO CONSENTIDO. Que por alimentos, bebidas, medicamentos o cualquier otro medio hubiere hecho abortar a una mujer que ha consentido en ello, Art.443 Código Penal. Acción penal pública Concordancias440-B (440.3) Pena general: Prisión Pena específica2 a 5 años Sanción en caso de tentativa.

ABORTO NO CONSENTIDO. El que por alimentos, bebidas, medicamentos, violencias o cualquier otro medio hubiere, intencionalmente, hecho abortar a una mujer que no ha consentido en ello. Art.441 Código Penal.

Pena general: Reclusión menor ordinaria Pena específica3 a 6 años Sanción en caso de tentativa: Si los medios empleados no han tenido efecto, se reprimirá como tentativa.

ABORTO LETAL. Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer hubieren causado la muerte de ésta, el que los hubiere aplicado o indicado con dicho fin será reprimido.

ABORTO PRETERINTENCIONAL. Cuando el aborto ha sido causado por violencias hechas voluntariamente, pero sin intención de causarlo, Art 442 Inc. 1 Código Penal.

ABORTO VOLUNTARIO. La mujer que voluntariamente hubiere consentido en que se le haga abortar, o causare por sí misma el aborto, Art.444 Inc. 1

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.4 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com