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Ensayo Jurídico De EL PATRIMONIO DE LOS MENORES SOMETIDOS A PATRIA POTESTAD.


Enviado por   •  31 de Julio de 2013  •  902 Palabras (4 Páginas)  •  532 Visitas

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Ensayo de el patrimonio de los menores sometidos a patria potestad.

Cada día crece más la autonomía jurídica de los menores de edad y esto hace que se ponga en manifiesto el aumento progresivo de su capacidad patrimonial existe cierta unanimidad doctrinal que tienen una incidencia directa en el desarrollo de la problemática del patrimonio del menor de edad, señaladamente, su capacidad de obrar para adquirir, responder, gestionar y disponer de ese patrimonio.

Con base en una serie de fundamentos jurídicos incuestionables se analiza los elementos que son decisivos a la hora de determinar la discrecionalidad “real” con que cuentan los menores en sus actuaciones con repercusiones en el ámbito jurídico

Se analiza en profundidad su aspecto patrimonial-contractual, es decir, aquellos actos y negocios jurídicos en los que puede realizar el menor con trascendencia patrimonial en virtud de su capacidad natural de entender y querer (autogobierno) ya sea por que le son permitidos por la ley, ya sea en virtud de usos sociales y la costumbre.

Después de Analizada su capacidad contractual o de obligarse, se repasara la validez, cumplimiento o incumplimiento de esas obligaciones contraídas, siempre con trascendencia patrimonial.

Finalmente, se determinarán las reglas sobre la administración (gestión y disposición) de ese patrimonio adquirido por el menor.

Los aspectos descritos, están íntimamente ligados a las normas y reglas sobre la patria potestad en su aspecto personal y patrimonial así como a las de la representación legal.

Es un reto para todos los ordenamientos jurídicos hallar un punto de equilibrio entre esta promoción de la capacidad de obrar y de autogobierno del menor, su protección y la seguridad en el trafico jurídico.

LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL MENOR DE EDAD

LA CAPACIDAD DE OBRAR DE LAS PERSONAS

la persona física por el hecho del nacimiento hasta su muerte posee capacidad jurídica, es decir, capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, en definitiva para ser sujeto de derechos. Pero así como toda persona tiene capacidad jurídica no toda tiene capacidad de obrar, que es la aptitud para ejercitar esos derechos a través de actos, contratos o negocios jurídicos. Hace falta que la persona posea determinadas facultades que le permitan comprender el significado y alcance de sus actos.

1. La mayoría de edad como circunstancia determinante de la plena capacidad de obrar

En España a diferencia de nuestro país la mayoría de edad se consigue a los 18 años de edad cumplidos y aquí en Honduras a los 21 años de edad cumplidos. Pero en ciertos casos hay algunas excepciones como las siguientes:

2. Excepciones a la norma de la mayoría de edad como circunstancia determinante de la plena capacidad de obrar.

 Incapacitación.

 Capacidad de obrar especial.

 Emancipación y beneficio de mayoría de edad.

 Menor de vida independiente.

3. La capacidad de obrar del menor.

CAPACIDAD DE OBRAR GENERAL DEL MENOR DE EDAD

1. Necesidad de la representación legal y la administración

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