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Estatuto Tributario


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2014  •  360 Palabras (2 Páginas)  •  166 Visitas

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TRIBUTARIA

PRESENTADO A:

ORLANDO CONTRERAS

PRESENTADO POR:

EDINSON SAMUEL PEÑARANDA

CODIGO: 1221707

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER

CONTADURIA PÚBLICA

CUCUTA

2014

Mediante la ley 1607 del 26 diciembre de 2012 creó una nueva clasificación de las personas naturales respecto al impuesto de renta conocida como Trabajador por cuenta propia. Veamos quienes pertenecen a este grupo. El artículo 329 del estatuto tributario define a los trabajadores por cuenta propia de la siguiente forma :“Se entiende como trabajador por cuenta propia, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el Capítulo II del Título V del Libro I del Estatuto Tributario.”

Más adelante, el artículo 340 del estatuto tributario cuando trata sobre el IMAS de trabajadores por cuenta propia, señala cuáles son las actividades económicas que permiten que una persona natural se clasifique dentro del grupo de trabajadores por cuenta propia:

1. Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento

2. Agropecuario, silvicultura y pesca

3 .Comercio al por mayor

4. Comercio al por menor

5. Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos

6. Construcción

7. Electricidad, gas y vapor

8. Fabricación de productos minerales y otros

9. Fabricación de sustancias químicas

10. Industria de la madera, corcho y papel

11. Manufactura alimentos

12. Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero

13. Minería

14. Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones

15. Servicios de hoteles, restaurantes y similares

16. Servicios financieros

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y servicios que efectúen los agentes de retención a contribuyentes personas naturales que no pertenezcan a la categoría de empleados, seguirán sometidos a lo previsto en el artículo 392 del Estatuto Tributario en concordancia con el Decreto 260 de 2001.

Juan Pérez, es residente y recibió ingresos de $110.000.000 por venta de electrodomésticos al por menor y $10.000.000 por arrendamientos. ¿Se clasifica como TCP para efectos tributarios?

Comercio al por menor $ 110.000.000 85%

Arrendamientos $ 20.000.000 15%

Total Ingresos $ 130.000.000 100%

R: Juan Pérez sí es TCP para efectos tributarios porque el 85% de sus ingresos proviene de actividades por concepto de comercio al por menor puesto que cumple con la proporción del 80/20.

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