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Formato de sentencia.


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  814 Palabras (4 Páginas)  •  123 Visitas

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FORMATO DE SENTENCIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a
los        días del mes        del año dos mil        .

La Sala de lo Civil integrada por los Magistrados:          Coordinador          Y

SON PARTES: Demandante:         , (generales), representada en juicio por la Abogada

        ; y la Demandada:         , (generales) representada en juicio por la Abogada

OBJETO DEL PROCESO: Demanda Ordinaria de Daños y Perjuicios promovida por        ,

contra        ; y la Demanda Ordinaria de Indemnización de Daños y Perjuicios que por vía

de  Reconvención   promovió          contra             por intermedio  de         ,  señor

del domicilio de

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: La sociedad        . Interpuso ante el Juzgado de Letras        , Demanda

Ordinaria de        , en fecha        de        del año dos mil

SEGUNDO: La parte demandada         . Contestó la demanda de mérito argumentando

TERCERO: En fecha        el Juzgado de Letras        dictó sentencia en los siguientes términos:

"        ".      Esta   sentencia   fue   recurrida   en   apelación   por  las   partes   demandante  y

demandada.

CUARTO: Con fecha        de        del dos mil        la Corte de Apelaciones dictó sentencia

definitiva en los siguientes términos:         Contra esta sentencia el apoderado demandado

interpuso y formalizó recurso de casación en e! fondo.

QUINTO: La casación de mérito se sustenta en        motivos:        .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: En relación al primer motivo:        .

SEGUNDO: En el segundo motivo se alega:        ^        .

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TERCERO: El Recurrido al pronunciarse sobre la presentación y formalización del recurso de
casación de mérito        .

CUARTO:     En     relación     con     el     primer     motivo     expuesto     por     el     Casacionista

QUINTO: En relación con el segundo motivo, y en vista de liaberse estimado la procedencia del primer motivo resulta improcedente pronunciarse sobre él.

SEXTO: El artículo 702 del Código Procesal Civil dispone que la Corte Suprema estará vinculada por los motivos alegados por el recurrente en cuanto a la parte del fallo que resulte impugnada y a la cuestión jurídica concreta planteada en el recurso, en este sentido, habiendo sido recurrida la

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