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INFORME PERICIAL


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  828 Palabras (4 Páginas)  •  318 Visitas

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EL INFORME O DICTAMEN PERICIAL

Es el medio de prueba que tiene por objeto ilustrar al Juzgador acerca de determinadas materias que requieren unos conocimientos especializados de los técnicos en tales ámbitos del conocimiento y de los que, como norma general, carece el órgano jurisdiccional. Queda excluida la pericia sobre materias jurídicas.

El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez), ambos ejercen la misma influencia en el juicio.

Pueden ser peritos personas físicas o jurídicas. Deben ostentar la titulación requerida en la materia objeto de dictamen y a la naturaleza de éste, aunque si se trata de materias que no están comprendidas en títulos profesionales oficiales se requiere que sean entendidos en ellas. Si se trata de personas jurídicas deben estar dedicadas al estudio de la materia correspondiente o estar legalmente habilitadas para emitir dictámenes sobre la específica cuestión de que se trate.

El perito suministra al juez el peritaje u opinión fundada de una persona especializada en determinadas ramas del conocimiento que el juez no está obligado a dominar, a efecto de suministrarle argumentos o razones para la formación de su convencimiento.

El peritaje podrá ser aportado en función de los meros conocimientos del perito, o bien a la aplicación de tales conocimientos en la evaluación de una determinada prueba.

Un dictamen pericial permite llevar a conocimiento del Juez datos de hecho que pueden ser aprehendidos sólo o, cuando menos, de modo preponderante, por quien esté versado o formado en una determinada rama del saber, sea científica, artística, técnica, o en una concreta práctica; puede tener por objeto la comprobación de la exactitud de alguna afirmación de hecho o la determinación de su existencia, su causa o sus efectos.

Los peritos realizarán un estudio riguroso del problema encomendado para producir una explicación consistente. Esa actividad cognoscitiva será condensada en un documento que refleje las secuencias fundamentales del estudio efectuado, los métodos y medios importantes empleados, una exposición razonada y coherente, las conclusiones, fecha y firma.

A ese documento se le conoce generalmente con el nombre de Dictamen Pericial o Informe Pericial.

La Procedencia.-

Procede cuando para conocer o apreciar algún hecho de influencia en el pleito, sean necesarios o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos.

Contenido.-

Todo dictamen pericial debe contener:

a) la descripción de

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