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Implementacion De Un Sistema Contable


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REVISORIA FISCAL

ANDREA NATHALY BERRIO BONILLA

YUNERY SOLARTE MORENO

DEVIS VILLADIEGO

ADRIAN QUINTERO

INTENALCO EDUCACION SUPERIOR

COSTOS Y CONTABILIDAD IV

Santiago de Cali, Marzo 1 del 2011.

REVISORIA FISCAL

ANDREA NATHALY BERRIO BONILLA

YUNERY SOLARTE MORENO

DEVIS VILLADIEGO

ADRIAN QUINTERO

Docente

Desiderio Meléndez Bello

INTENALCO EDUCACION SUPERIOR

COSTOS Y CONTABILIDAD IV

Santiago de Cali, Marzo 1 del 2011.

CONTENIDO

OBJETIVOS

• Analizar los aspectos más importantes de la Revisoría Fiscal relacionados con el concepto, las funciones y las disposiciones que regulan el ejercicio profesional en Colombia.

• Reconocer la diferencia entre “revisoría fiscal” y el concepto de “revisor fiscal”.

• Identificar las funciones del revisor fiscal en la entidad.

• Conocer las principales normas legales que regulan la actividad de un revisor fiscal.

INTRODUCCION

En este trabajo se puede encontrar la legislación que estableció el cargo de “Revisor Fiscal” con el objeto de institucionalizar un ente que pudiese fiscalizar las actividades financieras y administrativas que ejecutan algunas empresas. Mediante la figura de la “Revisoría Fiscal”, los accionistas y el gobierno depositan la vigilancia de muchos actos de las sociedades por acciones, en un Contador Público quien por ese hecho se convierte en depositario de la FE PUBLICA.

La revisoría fiscal como figura de control y fiscalización, legitimada en nuestra cultura y legalizada a través de movimientos políticos, estudiantiles y gremiales, y atendiendo a la necesidad subyacente de control.

REVISORIA FISCAL

Es una institución que es ejercida en cabeza de un profesional de la Contaduría capaz de dar Fe Pública sobre la razonabilidad de los estados financieros, validar informes con destino a las entidades gubernamentales y juzgar sobre los actos de los administradores.

La Declaración Profesional No. 7 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública la define de la siguiente manera:

La revisoría fiscal es un órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad del revisor fiscal y con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas, le corresponde dictaminar los estados financieros y revisar y evaluar sistemáticamente sus componentes y elementos que integran el control interno, en forma oportuna e independiente en los términos que le señala la ley, los estatutos y los pronunciamientos profesionales. [CTCP, 1999]

La Revisoría Fiscal es el órgano de control establecido por ley para ciertas empresas con funciones que pueden asimilarse a las de un auditor financiero independiente, a las de un auditor de gestión y auditor de cumplimiento.

Para cumplir con las funciones legales el Revisor Fiscal debe practicar una auditoría integral con los siguientes objetivos:

• Determinar si a juicio del Revisor Fiscal, los estados financieros del ente se presentan de acuerdo con las normas de contabilidad de general aceptación en Colombia- auditoría financiera.

• Determinar si el ente ha cumplido con las disposiciones legales que le sean aplicables en el desarrollo de sus operaciones- auditoría de cumplimiento.

• Evaluar el grado de eficiencia y eficacia en el logro de los objetivos previstos por el ente y el grado de eficiencia y eficacia con que se han manejado los recursos disponibles- auditoría de gestión.

• Evaluar el sistema de control interno del ente para conceptuar sobre lo adecuado del mismo- auditoría de control interno. [ CTCP,1999 ]

Es necesario distinguir entre la Revisoría Fiscal y el Revisor Fiscal: la primera es la institución, el órgano de control, el segundo es la cabeza de la institución u órgano, la primera es permanente, el segundo es temporal.

En efecto, en la Ley 58 de 1931 se habló en Colombia de la figura del revisor y de sus inhabilidades y responsabilidades con los administradores y con los accionistas; se le asignan funciones específicas y se estipula su nombramiento a partir de la Ley 13 de 1935.

Con el Decreto Reglamentario 2521 de 1950 se estipula el tipo de sociedades que están obligadas a tener Revisor Fiscal y con el Decreto 2352 de 1956 se reglamenta el ejercicio de la profesión de Contador Público Juramentado y en su

Articulo 48 se fijaron las obligaciones de quienes desempeñen el cargo.

La 151 de 1959 establece los procedimientos para la elección del Revisor Fiscal en Empresas de Economía mixta donde el Estado tuviese participación mayoritaria del Capital.

La Ley 145 de 1960 que reglamenta el ejercido de la Contaduría Pública en Colombia derogó a la Ley 2732 de 1956) y establece las funciones del Contador

Público

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