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Incidente De Libertad Por Desvanecimiento De Datos


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  1.602 Palabras (7 Páginas)  •  799 Visitas

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Exp. Número 146/2011

CIUDADANO JUEZ PRIMERO

DE LO PENAL

P R E S E N T E.-

LIC. FELIPE MONTES FIGUEROA, defensor particular, de generales debidamente acreditada y promoviendo en autos dentro del número de expediente citado al rubro, Ante Usted Ciudadano Juez con el debido respeto comparezco y expongo;

Con fundamento en los artículos 435, 436 fracción I y II, vengo a promover INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS, por prueba plena existente en los autos, indubitable y que viene a desvanecer la ya existente que además es circunstancial, en virtud de que sirvió de base para tener comprobado el cuerpo del delito y dictar el auto de formal prisión y para efectos de que se me otorgue la libertad absolutoria y se decrete el sobreseimiento de la causa, fundándome para ello en los siguientes hechos y preceptos legales

H E C H O S:

I.- fui consignada a su Señoría por el Ministerio Público como presunta responsable de la comisión del delito de despojo en agravio de VÍCTOR MANUEL VÁZQUEZ TAPIA.

II.- En la foja 66 y con fecha 10 de noviembre del 2010, la agencia del ministerio público determino ejercer acción penal y con fecha 12 de noviembre del 2010 se dictó el auto de radicación sin detenido, ordenando devolver la averiguación previa al ministerio publico investigador para su perfeccionamiento, en virtud de que no se desahogaron las diligencias necesarias y se ordena a la representación social investigadora el desahogo de la prueba pericial en grafoscopía.

III.- en foja 77 y con fecha 04 del mes de Marzo del 2011, el Ministerio Público le solicito a la Dirección General De Servicios Periciales Adscrita a La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima, asignara un perito en materia en grafoscopía y documentoscopía, para que le practicaran la prueba correspondiente al contrato de compraventa del inmueble, y la Dirección General De Servicios Periciales De La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima asigno como perito en la materia al C. LIC J. HUGO FERNANDEZ GOMEZ, quien fue el que realizo la prueba en grafoscopía y documentoscopía al contrato de compraventa del inmueble, lo cual rindió su dictamen correspondiente al examen realizado al contrato de compraventa celebrado por la C. GABRIELA ARAIZA MORENO como compradora y el C. JUAN JOSÉ GONZÁLEZ SANTANA como vendedor. Con fecha 20 de Agosto de 2011, y en su foja 109, del expediente indicado al rubro se decreta orden de aprehensión, en contra de GABRIELA ARAIZA MORENO Y ÁNGEL FELIPE BAUTISTA GALINDO, por el delito de despojo.

IV.- en foja 312 y el día 21 de febrero de 2013, ofrecí a este H. Juzgado Primero de lo Penal, se le practicara una nueva prueba pericial en grafoscopía y documentoscopía al contrato de compraventa del inmueble y se autorizara como perito en la materia el Lic. LIC. ANTONIO ENRIQUE MORENTÍN CABELLOS, en foja 321 y con fecha 07 de Marzo acepta el cargo de perito y el hecho es, que el día que se presentó a este H. Juzgado Primero de lo Penal a recabar información para la elaboración del peritaje en grafoscopía y al revisar los expedientes se percató de que no se encontró en autos el documento indubitable del contrato de compraventa del inmueble original, en foja 328 y con fecha 01 de Abril de 2013, se solicitó la prueba de interrogatorio al C. LIC J. HUGO FERNANDEZ GÓMEZ, perteneciente de la Dirección General De Servicios Periciales Adscrita a La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima, con la finalidad de saber quién tiene el contrato de compraventa del inmueble original, ya quien fue la persona que realizo la prueba en grafoscopía y documentoscopía al contrato de compraventa del inmueble original y con fecha 17 de Mayo de 2013 se llevó acabo la audiencia respetiva al desahogo de la prueba de interrogatorio, donde se le pregunto al PERITO J. HUGO FERNANDEZ GÓMEZ lo siguiente: ¿quién le había proporcionado el documento original del contrato de compraventa del inmueble ya que en su informe pericial, menciona de detener a la vista el documento original del contrato de compraventa del inmueble?.

Y responde el perito, que la Agencia Del Ministerio Público Titular De La Mesa Segunda, fue quien le solicito que realizara la prueba en grafoscopía y documentoscopía y de la misma manera le proporciono el documentos original del contrato de compraventa del inmueble y de la misma forma le regreso a la Agencia Del Ministerio Público Titular De La Mesa Segunda el documento original con los resultados de la prueba pericial realizada al contrato de compraventa del inmueble.

V.- en foja 336 y con fecha 29 de Mayo de 2013, solicite se girara atento oficio al Titular de la Mesa Segunda de la Agencia Del Ministerio Público Del Fuero Común de esta Ciudad y Puerto de Manzanillo Colima, con la finalidad de que pongan a disposición a este Honorable Juzgado Primero de lo Penal, el documento original del contrato de compraventa para poderle practicar la prueba en grafoscopía y de la misma manera le permitan el acceso al perito en materia de grafoscopía LIC. ANTONIO ENRIQUE MORENTÍN CABELLOS, a los documentos que obran dentro de autos de la A.P. M2/154/2010 y puedan recabar las firmas indubitables ya que en el interrogatorio al C. LIC J. HUGO FERNANDEZ GÓMEZ, perteneciente de la Dirección General De Servicios Periciales Adscrita a La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima, afirmo que La Agencia Del Ministerio Público le proporciono el documento denominado contrato de compraventa en original.

En foja 368 y con fecha 24 de Junio de 2013, la agencia del Ministerio Público contesta el oficio haciendo mención textualmente lo siguiente: “esta agencia investigadora está impedida para enviar el documento original en comento, además de que esta representación social solo requiere las documentales necesarias durante la investigación para cotejarlas con las copias que al mismo tiempo exhiben las partes involucradas puesto que los originales se entregan en el mismo acto a la parte que exhibe la documental”.

VI.- En foja 370 y con fecha 29 de agosto de 2013, le solicite a Usted Ciudadano Juez se acordara en autos para que el perito que estoy ofreciendo en materia en grafoscopía y documentoscopía realice dicha prueba con la documentación existente en autos en virtud que el documento original se desvaneció por completo.

En razón de que en la foja 30 en la parte trasera de la hoja, claramente dice que la C. GABRIELA ARAIZA MORENO exhibe copia del contrato de compraventa del inmueble, y no dice que (exhibe el documento original del contrato de compraventa del inmueble y es coteja y devuelto para mejor proveer), reitero que en el momento que me presente a hacer mi declaración, entregue a la Agencia Del Ministerio Público el documento original del contrato de compraventa del inmueble y nunca les entregue copia como se menciona, cuando les solicite que me devolvieran en ese momento el documento original, el ministerio público se negó hacerlo diciéndome de que el contrato de compraventa que le estoy exhibiendo no es original, que es una copia.

Tan cierto es lo que manifiesto y como prueba es que cuando el La Agencia Del Ministerio Público del fuero común, le solicito a la Dirección De Servicios Periciales De La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima, le hiciera la prueba en grafoscopía y documentoscopía al contrato de compraventa del inmueble, le envía el documento original del contrato de compraventa del inmueble al perito, y le manifiesto su señoría, que no hay ningún requerimiento por parte de la Agencia Del Ministerio Público dirigido a la presunta responsable GABRIELA ARAIZA MORENO, de que se tenga que presentar a la Agencia del Ministerio Público a proporcionar el documento original del contrato de compraventa del inmueble para que se le practicara la prueba en grafoscopía y documentoscopía, tan claro y cierto lo que manifiesto en virtud de que no existe ningún requerimiento u/o oficio dentro de autos del expediente mencionado al rubro, de que la Agencia Del Ministerio Público le haya solicitado a GABRIELA ARAIZA MORENO el contrato original de compraventa del inmueble para la práctica del examen de grafoscopía y documentoscopía, y siendo que el perito de la Dirección De Servicios Periciales De La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Colima, afirma tener a la vista el documento original del contrato de compraventa del inmueble y que la Agencia Del Ministerio Público Titular De La Mesa Segunda le proporciono el documento original y ahora la agencia del ministerio público negó tener el documento original del contrato de compraventa del inmueble.

Es claro que han quedado desvanecidos los datos que sirvieron de base para fincarle la responsabilidad penal y dictarle el auto de formal prisión, debiendo dictar su Señoría sentencia interlocutoria declarando procedente el sobreseimiento de la causa y la libertad absolutoria inmediata de mis defensos.

“QUOD NON EST IN ACTIS NON EST IN MUNDO” (Lo que no está en los autos no está en el mundo), lo que no consta en autos, no existe legalmente para el Juez.

D E R E C H O:

Por cuanto al fondo son de citarse los artículos 310, 342, 343 fracción II, 435, 436 fracción I y II y demás relativos del Código de Procedimientos Penales del Estado de Colima.

Por lo expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:

UNICO: Proveer conforme a derecho.

A t e n t a m e n t e:

Manzanillo Colima a La Fecha De Su Presentación.

LIC. FELIPE MONTES FIGUEROA.

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