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Inhabilidades E Incompatibilidades En El Ejercicio De La Revisoría Fiscal (art 205 C.C).


Enviado por   •  13 de Junio de 2013  •  2.427 Palabras (10 Páginas)  •  404 Visitas

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PRIMERA EXPOSICION.

REVISORIA FISCAL

Inhabilidades e Incompatibilidades en el ejercicio de la Revisoría Fiscal (art 205 C.C).

- Quienes estén ligados por matrimonio o parentesco en el 4° de consanguinidad, 1° civil o 2° de afinidad

- Asociados de la misma compañía, subsidiarias y socios o empleados de la misma matriz

- Quien se desempeñe como empleado de la sociedad, sucursal o matriz

- Quien tenga la calidad de socio o asociado, accionista o propietario cuotas o partes de interés.

Derechos y Facultades del Revisor Fiscal

- INSPECCION: En cualquier tiempo a los libros. Actas, soportes y demás papeles.

- INFORMACION:

• Ser informado de cualquier proyecto o decisión.

• Tener conocimiento directivo de las observaciones en su desempeño

• Ser informado por la admón. en forma oportuna de los vencimientos para la presentación de información que deba ser atestada o examinada por él.

- INTERVENCION

• En las asambleas, juntas directivas y consejos de admón.

• Convocar y presentar informes a los órganos de la admón..

- CONTROL Y CUMPLIMIENTO

• Orientar en aspectos inherentes al control y vigilancia de bienes

• Llamar la atención cuando no cumplan su deber.

• Exigir la inscripción de su nombramiento y presentar renuncia.

- EJECUCION DEL TRABAJO

• Planear, dirigir, ejecutar, supervisar y concluir acciones de Fiscalización.

• Emitir en forma clara, oportuna los informes que le corresponden

- PERSONALES.

• Abstenerse de divulgar información

• Actuar con independencia

• Actuar con sujeción a las normas de la R.F

- VIGILANCIA

• Que no se tolere o fomente el ejercicio ilegal de la profesión.

• Colaborar con las entidades Gubernamentales conforme a las disposiciones legales.

- DENUNCIAR

• A la JCC cuando el R.F saliente no colabore con la entrega de su cargo.

• Informar al máximo órgano sobre deficiencias o aciertos en la gestión administrativa

• Denunciar prácticas fraudulentas

Prohibiciones en el ejercicio de la Revisoría Fiscal

Quien sea elegido como Revisor Fiscal y en su caso a sus delegados o auxiliares les está prohibido:

1. Celebrar con el ente económico, con su matriz y con las subordinadas de esta, cualquier acto o contrato distinto del que regule la Revisoría Fiscal.

2. Aceptar o permanecer en el cargo cuando preste sus servicios a entidades competidoras de la que lo elige, salvo que expresamente lo autorice para ello quien deba nombrarlo.

3. Aceptar o encargarse de Revisorías Fiscales que superen la dedicación del contador público disponible para estos efectos.

4. Aceptar o permanecer en el cargo cuando no cuente con las capacidades e idoneidad necesarias para prestar un servicio eficaz y satisfactorio.

5. Dentro del año siguiente a su retiro del cargo, formar parte de los órganos de dirección o administración del respectivo ente económico, de su comité de Revisoría Fiscal o junta de vigilancia, o ser dueño, asociado, socio, partícipe, empleado, funcionario, asesor, consejero o proveedor de bienes o servicios del mismo, de su matriz o controlante o de las subordinadas de esta.

SEGUNDA EXPOSICION

Funciones del Revisor Fiscal (Art 207 CoCo).

• Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva.

• Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o junta de socios, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.

• Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías y rendirles los informes a que haya lugar o que le sean solicitados.

• Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, y por que se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas.

• Inspeccionar frecuentemente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos.

• Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales

• Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o informe correspondiente.

• Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario

• Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de socios

• Funciones según Circulares de la Superintendencia

• La orden de convocar la asamblea será cumplida por el representante legal o por el revisor fiscal. (Art. 423)

• El R.F enviará a la superintendencia, dentro de los quince días siguientes al de la reunión, copia autorizada del acta de la respectiva asamblea. (Art. 432)

ARTÍCULO 216. C.C. INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL

• El revisor fiscal que no cumpla las funciones previstas en la ley, o que las cumpla irregularmente o en forma negligente, o que falte a la reserva prescrita en el artículo 214.

Funciones R.F en las Cajas de Compensación Familiar

• Asegurar que las operaciones de la Caja se ejecuten de acuerdo con las decisiones de la Asamblea General y el Consejo Directivo, con las prescripciones de las leyes, del régimen orgánico del Subsidio Familiar y los estatutos

• Colaborar con la Superintendencia del Subsidio Familiar y rendir los informes generales Periódicos y especiales que les sean solicitados.

• Autorizar con su firma los inventarios, balances y demás estados financieros..

Funciones R.F en las entidades de salud.

• Cerciorarse de que las que las operaciones que se celebren por cuenta de la entidad objeto de fiscalización se ajusten a las normas legales y a decisiones de la asamblea.

• Colaborar con la SUPERSALUD, rindiéndole informes oportunos y confiables y razonables, así como también con los documentos exigidos

• Velar porque se lleve regularmente la contabilidad con veracidad en sus operaciones, así como también los libros de actas y registros los asociados o afiliados

• Revisar y evaluar periódicamente

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