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Justicia Comunitaria


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2011  •  5.002 Palabras (21 Páginas)  •  1.333 Visitas

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La justicia comunitaria o como también han llegado a nombrarla "decisión comunitaria de conflictos "mediación comunitaria ha contado a dios gracias con la colaboración de varios autores y desarrolladores quienes han defendido a capa y espada su aplicabilidad así como también las ventajas que trae a los grupos comunitarios en aras de lograr esa tan ansiada accesibilidad efectiva a la justicia y a la resolución de los conflictos que frecuentemente ocurren dentro de sus espacios.

Para poder comprender verdaderamente a que se refiere el término justicia comunitaria es necesario definirla, pero siempre enmarcándola como una dinámica mas que existe dentro de la administración de justicia, que surge dentro de un ambiente determinado con referentes principales propios de un entorno cultural: la comunidad. Entendiendo como comunidad en su sentido mas amplio al conjunto de grupos de población que viven juntos en condiciones específicas de organización y de cohesión social y cultural. Sus miembros están ligados por características comunes y por intereses que pueden devenir comunes (H. San Martín y V. Pastor).

La justicia comunitaria, es definida según el autor Edgar Ardila Amaya, "como un conjunto de instancias y procedimientos mediante las cuales, para situaciones de controversia, se regulan los comportamientos legítimos a partir de normas propias de una comunidad o contexto cultural específicos Examinando esta definición claramente se pueden establecer los rasgos característicos y elementos predominantes que involucra el término justicia comunitaria: un grupo o comunidad, instancias y procedimientos propios no creados por terceros, solución de controversias o lo que es lo mismo la solución de conflictos generados en un entorno cultural determinado.

Según Ermo Quisbert la justicia comunitaria "es un sistema autogestionado, dado que los propios participantes implantan las normas que se les aplican. Es además consensual, ya que no se rige por el principio de mayoría sino por el de consenso". Continua este autor diciendo que la Justicia Comunitaria es considerada "una institución de Derecho Consuetudinario (costumbres propias, cotidianidad y usos) que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos pero sin la intervención del Estado, sus jueces y su burocracia, sino directamente dentro la comunidad de individuos en la que las autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas" En este sistema se busca el equilibrio de decisiones y de las partes, la consideración de los usos y costumbres así como también identificar y considerar a los individuos no de manera aislada sino interrelacionándolo con la comunidad y el entorno en donde subyace el problema a resolver.

Según el autor Jorge Machicado La Justicia comunitaria es "una institución del derecho consuetudinario que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos pero sin la intervención del Estado, sus jueces y su burocracia, sino directamente dentro de la comunidad de individuos en la que las autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas",

Afirma además que la naturaleza antropológica de la justicia comunitaria se encuentra en los usos y costumbres. Debiendo entender por uso dentro del campo sociojuridico como "una forma inicial de la costumbre que coexisten de modo supletorio con algunas leyes escritas consistente en la repetición constante de un acto, aunque menos solemne que la costumbre En cambio que la costumbre se constituye en "una forma inicial de derecho consuetudinario que consiste en la repetición constante de un acto que con el paso del tiempo se vuelve obligatoria, y por necesidad y consentimiento colectivo y apoyo del poder político llega a convertirse en ley Pero ¿qué es el derecho consuetudinario?, no son más que el "conjunto de principios, valores y normas de carácter jurídico no codificadas que regulan las relaciones humanas dentro de una sociedad cuya observancia es impuesta de una manera coercitiva por la costumbre

Estos autores coinciden en que cuando hablamos de justicia comunitaria estamos frente a un conjunto de reglas, métodos y formas que persiguen la sanción de conductas reprochables, que son cometidas bien sea por actos u omisiones y que estos son rechazadas por parte de la comunidad a la cual pertenecen. En fin lo que busca este mecanismo de administración de justicia al igual que cualquier otra institución jurídica es la de tratar de materializar los principios morales y valores de una sociedad para una convivencia armónica entre ellos.

Este medio alternativo de solución de conflicto se constituye en una forma de administración de justicia desde y por la comunidad, su característica intrínseca de comunitaria se deriva de su capacidad regulatoria surgidas de las dinámicas de identidad y pertenencia a lo mismo, es decir tiene muy en cuenta la identidad cultural de sus pobladores, sus usos y costumbres propias para la impartición de la justicia más que las leyes formales escritas, aun cuando deben observarlas y acatarlas pues este no se constituye en un procedimiento totalmente autónomo de la justicia formal imperante, sino en una alternativa para que toda la población independientemente de sus características y peculiaridades especialísimas puedan acceder a la justicia efectiva. No existe un único modelo o experiencia paradigmática de justicia comunitaria, existen tantos como comunidades organizadas existen

La justicia comunitaria llena de contenido social al derecho, privilegia los derechos sustantivos y deja en segundo plano la formalidad y los procedimientos. Es una forma de ayudar a las comunidades a salir de las dificultades interpersonales e intergrupales, legitimada por sus miembros y como ejecución práctica de la justicia alterna que la legislación nacional e internacional, ha establecido y denomina mecanismos alternativos de resolución de conflictos, basados en la transacción y la mediación (entre otras técnicas)[28].

La justicia comunitaria puede identificarse a traves de estos cinco elementos nucleares. La justicia comunitaria se centra explícitamente en (I) localización, (2) solución de problemas, (3) descentralización de la autoridad y responsabilidad, (4) calidad de vida en la comunidad, y (5) participación ciudadana

ORIGEN DE LA JUSTICIA COMUNITARIA

La justicia comunitaria existe desde el mismo momento en que han existido comunidades de individuos, por ejemplo en los inicios de la humanidad cuando se congregaban grupos minúsculos de individuos ya eran aplicados en su faceta más primitiva castigos a quienes actuaban con conductas que eran consideradas reprochables dentro de ese grupo social, en la historia moderna mas

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