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LA POLITICA DEL DERECHO A LA CIUDAD EN MÉXICO.


Enviado por   •  23 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  6.938 Palabras (28 Páginas)  •  189 Visitas

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LA POLITICA DEL DERECHO A LA CIUDAD EN MÉXICO

Obstáculos irresolubles

DESCRIPCIÓN BREVE

Hábitat III ha significado el evento que definirá la realidad urbana de nuestro país en los siguientes 20 años, pero acaso de verdad ¿mejoraran las ciudades y nuestras condiciones de vida en el futuro?

Oscar Sánchez Velázquez

Ensayo de Análisis de la Estructura del Territorio Octubre 2016


Contenido

Introducción        

El Derecho a la Ciudad según la Agenda Urbana de Hábitat III        

Obstaculos Irresolubles frente a la Politica de Derecho a la Ciudad        

La urbanización contra la ciudad: la crisis del espacio publico        

Muros visibles y fronteras invisibles        

Miedos urbanos y represión preventiva: la ordenanza del civismo en barcelona        

El espacio publico y la conquista del derecho a la ciudad        

Conclusión        

Bibliografía        


Introducción

En la ciudad de Quito Ecuador se llevó a cabo del 17 al 20 de Octubre  un evento trascendental para el futuro de las ciudades pertenecientes a la ONU, el denominado Hábitat III que implica la existencia previa de un Hábitat I y un Hábitat II, estos antecedentes nos dan la suficiente dimensión temporal para poder reflexionar sobre los avances de las políticas mundiales en materia de asentamientos humanos a través de su agenda urbana en los últimos 40 años, en 1976 en Vancouver, Canadá comenzó todo de manera oficial, las políticas mundiales en materia de asentamientos humanos tarde o temprano llegan a los países miembros, estableciendo los ejes de las políticas nacionales en materia urbana, derivado de Hábitat I en México nació la Ley General de Asentamientos Humanos y con ello los intentos por mejorar las condiciones de vida de la población urbana a través de la planificación del territorio con bases homogéneas y nacionales, por eso decimos que en México la planeación nace en los 70s, luego pasaron 20 años para celebrar el Hábitat II en Estambul, Turquía y ahí comienza la política mundial que intenta compatibilizar el desarrollo sustentable con el desarrollo urbano, la política del desarrollo urbano sustentable es la dirección hacia donde se dirigen todas las políticas nacionales de los países miembros, sin embargo desde 1996 a la fecha las ciudades han sufrido transformaciones vertiginosas, desde la primera cumbre mundial no hemos alcanzado en muchos aspectos los ideales de la planeación de los asentamientos humanos, y después de 1996 no hemos alcanzado nada parecido al desarrollo sustentable, el termino es solo un concepto, argumentamos a favor de la sustentabilidad pero las propuestas materializadas en desarrollos urbanos que tienen dichas características son mínimas y sobre todo no son para las clases sociales más pobres, son tan grandes las carencias de las mayorías  que pensar en el mejoramiento de las condiciones de vida sin afectar a las generaciones futuras esta en otro mundo para quien intenta ir sobreviviendo en las ciudades día a día.

En la actualidad la población sigue creciendo exponencialmente y las ciudades siguen teniendo cada vez más problemas, el desarrollo sustentable puro es contrario al capitalismo a la globalización y podría decirse que inclusive es contrario a nuestra forma de ser y de pensar, los recursos naturales son mercancía que consumimos todos en función de nuestro poder adquisitivo, las clases sociales altas consumen más y si los pobres pudieran consumir más también lo harían, es así como los mercados se regulan depredando el medio ambiente, aparentemente sin control y como si los recursos fuesen ilimitados, el exceso de población en países en vías de desarrollo es mano de obra barata que sustenta las economías de países de primer mundo, a través de la globalización, son tan grandes las fuerzas económicas que regulan todos los aspectos de nuestras vidas que nuestro mundo ya no se trata de naciones y de sus gobiernos, sino de corporaciones, las ciudades y todo lo que construimos en ellas forma parte de la economía de libre mercado, oferta y demanda, de tal modo que es de lo más común generar plusvalías inmobiliarias robadas de la inversión pública y mercados inmobiliarios sobrevaluados por los mismos ciudadanos, es imposible cambiar la realidad urbana si son los mismos ciudadanos quienes se depredan económicamente unos a otros, la ciudad contemporánea es el capitalismo y la globalización materializada.

Ahora hemos llegado a Hábitat III en Quito, Ecuador y todos los actores relacionados hemos trabajado por propuestas propositivas en pro del derecho a la ciudad, el derecho a la ciudad como si fuera una novedad, aunque Henri Lefebvre escribió en 1968 sobre este tema, nos hemos tardado 48 años para comenzar a materializarlo en el lugar donde vivimos. ¿Pero de verdad será posible materializar el derecho a la ciudad? En este ensayo analizare el concepto de Derecho a la Ciudad según la Agenda Urbana de Hábitat III y como dicha política mundial ha sido adoptada por la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento del Territorio y Desarrollo Urbano 2016, posteriormente para complementar analizare  bajo mi perspectiva profesional un trabajo de Jordi Borja denominado espacio público y derecho a la ciudad en donde el autor argumenta desde su perspectiva el cómo debería de ser aterrizado el derecho a la ciudad en la práctica.

El Derecho a la Ciudad según la Agenda Urbana de Hábitat III

La política del derecho a la ciudad está basada en los derechos humanos universales relacionados al contexto urbano y desde el año 2000 diferentes actores a nivel mundial han venido desarrollando trabajos de sustento esta idea “Destacan, entre los más avanzados a nivel internacional, la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad (2000), firmada hasta ahora por más de 400 ciudades; el Estatuto de la Ciudad de Brasil (2001) y, a escala local, la Carta de Derechos y Responsabilidades de Montreal (2006)” (Comité Promotor de la Carta de la Ciudad de México por el Derecho a la Ciudad, 2010) Y para el caso de México la Carta de la Ciudad de México por el Derecho a la Ciudad de Julio del 2010.

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