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LOS 5 PUNTOS MAS RELEVANTES DE LA REFORMA TRIBUTARIA 2012-2013


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  456 Palabras (2 Páginas)  •  698 Visitas

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LOS CINCO PUNTOS MÁS RELEVANTES DE LA REFORMA TRIBUTARIA 2012-2013

Tras ser sancionada por el presidente Juan Manuel Santos la nueva reforma tributaria, es importante recalcar cinco puntos claves de esta reforma:

1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES

En materia del impuesto sobre la renta y complementarios se establece una clasificación de personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia. Además crea dos sistemas presuntivos de determinación de la base gravable de renta conocidos como Impuesto Mínimo Alternativo -IMAN e Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS.

2. IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA SOCIEDADES

En cuanto al impuesto de renta para las sociedades la tarifa baja de un 33% a un 25 %, sin embargo se crea el impuesto para la equidad –CREE que tendrá como hecho generador la obtención de ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos con tarifa del 8 % destinados a la financiación del SENA, ICBF y el Sistema de Seguridad Social en Salud. Cabe resaltar que para los próximos tres años tendrá un punto adicional (1 %), que se distribuirá de la siguiente manera: 40 % para financiar a instituciones de educación superior públicas, 30 % para la nivelación de la UPC del régimen subsidiado en salud y 30 % para inversión social en el campo.

3. IVA

Por otra parte las tarifas de IVA pasan de siete (0 %, 1.6 %, 10 %, 16 %, 20 %, 25 % y 35 %) a solo tres tarifas de: 0 %, 5 % y 16 %. Y adicionalmente se crea el impuesto nacional al consumo el cual presenta las siguientes tarifas: 4 %, 8 % y 16 %.

4. IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM

Se destaca además la modificación en el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, el cual se liquidaría a razón de $250 por galón para el caso de la corriente, a $1.555 por galón para la gasolina extra y el impuesto general al ACPM se liquidará a razón de $250 por galón. El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM será deducible del impuesto sobre la renta por ser mayor valor del costo del bien, en los términos del artículo 107 del Estatuto Tributario.

5. SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

Finalmente, la reforma contempla que para el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina aquellas empresas que se instalen allí pertenecientes

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