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La Empresa Y Su Estrategia Laboral


Enviado por   •  8 de Abril de 2012  •  6.032 Palabras (25 Páginas)  •  583 Visitas

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LA EVOLUCION LABORAL EN MEXICO

SECCIÓN I. MÉXICO

El derecho económico en México que adquiere relevancia constitucional a partir de la carta de Querétaro en 1917, anterior a la carta alemana de Weimar (1919), establece la propiedad como función social pilar esencial del sistema de economía mixta que ha construido en su evolución social y política.

Las Constituciones políticas son los paradigmas sociopolíticos que establecen las bases de organización del poder y los proyectos nacionales que plasman las historia de los pueblos, en dicho contexto, la constitución Federal de 1917 conforma un patrimonio indeleble de los mexicanos y el marco referencial de los comportamientos de gobernantes y gobernados en pro del progreso desarrollo y bienestar de las mayorías.

La organización económica del Estado Mexicano se ha configurado en una evolución histórica que culmina en la década de los ochenta, específicamente 1983; año en que se incorpora a nivel de la carta fundamental un marco regulatorio económico expreso estableciendo tres paradigmas esenciales. En efecto, en el artículo 25, se reconoce y se legitima a la economía mixta bajo rectoría estatal, con lo cual los sectores sociales y privados adquiere un reconocimiento pleno para participar en las tareas de desarrollo económico y social, existencia que había estado empíricamente desde la promulgación de la Carta Magna de Querétaro.

Por otra parte, en el artículo 26 se establece que la rectoría estatal debe ejercerse a través de la técnica de planeación, concebida como un ejercicio democrática y participativo que contempla las vertientes obligatoria para la administración pública federal; un esquema de coordinación para armonizar soberanías estatales con los objetivos federales y finalmente lineamientos de concertación para inducir a los sectores social y privados hacia metas de desarrollo nacional integradas. Es decir economía mixta, rectoría estatal y planeación democrática, son los pilares en torno a los cuales se desarrolla una amplia proliferación de legislación económica que da sustancia a las actividades económicas mexicanas.

Entre las decisiones políticas fundamentales, el capítulo económico de la ley fundamental constituye las bases en torno a las cuales se equilibra y armonizan las garantías individuales y los derechos sociales.

La rectoría estatal, que deriva originalmente del artículo 27 y que se actualiza en los artículos 25 y 26, implica que el Estado tiene a su cargo la dirección y orientación del desarrollo económico y social del país; responsabilidad que en algunos rubros es exclusiva, titularidad pública exclusiva en recursos naturales no renovables y funciones estratégicas no compartidas, y, en otras, que comparte con los sectores social y privado.

La economía mixta, como un sistema en que la libertad de empresa que contemplan los artículos 5, 11, 16, 25 y 28 se articulan con las áreas estratégicas estatales reconocidas tanto en los artículos 25, 26, 27 y 28 en su fracción cuarta, conformando una economía de mercado intervenido de amplia gestión pública, privada y social.

La planeación democrática, como una técnica que racionaliza el instrumental jurídico-administrativo del gobierno federal, que coordina esfuerzo con las entidades federativas, y que concierta con los particulares y sectores sociales acciones y tareas de desarrollo económico y social en diálogo participativo, propio de un sistema que respeta y valoriza por sobre todo al hombre en su dimensión digna y libre.

Con base en ésta trilogía conceptual orientada a materializar los derechos sociales de las mayorías, se pasa a analizar los artículos que forman ese equilibrio, no siempre estable, en que evoluciona nuestro orden normativo y político; el artículo 25 refiere la atribución del Estado para planear, conducir y orientar la actividad económica nacional y para regular y fomentar las actividades que demande el interés general en un marco de libertades, así establece que:

“Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.”

En lo que al presente estudio interesa, indica que la concurrencia de lo sectores público, social y privado en el logro de los propósitos generales de desarrollo nacional, sujetándose al principio de legalidad, definiendo el marco de la llamada economía mixta: “Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.”

Puntualiza la exclusividad del sector público para hacerse cargo de las áreas estratégicas que se definen en el artículo 28 Constitucional, es decir, acuñación de moneda, correos, telégrafos, radiotelegrafía y comunicación por vía satélite, emisión de billetes por medio del Banco de México, petróleo y los demás: hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radioactivos y generación de energía nuclear, electricidad y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión:

“El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el Artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan.”

Se señala también la participación en otras áreas de actividad económica que se califican de prioritarias, en las cuales implícitamente el sector público asume una función predominante, pudiendo incorporar o asociar a los sectores social y privado:

“Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo... Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que

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