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La Justicia Penal En Venezuela


Enviado por   •  3 de Junio de 2012  •  7.058 Palabras (29 Páginas)  •  691 Visitas

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Responsabilidad del estado venezolano en proveer asistencia integral post-penitenciaria en la fase de ejecución penal.

Eduardo Rafael Piña Ysea* Luzmarina Rivas**

* Abogado. Auxiliar de Investigación del Instituto de Criminología de la Universidad del Zulia. Maestrante del Programa Latinoamericano de Ciencia Penal y Criminológica. Cohorte XIV. Universidad del Zulia. Venezuela. E-mail: justiciaciega@mipunto.com.

** Abogada. Magíster Scientiarium en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad del Zulia. Venezuela.

“Quizás suena como un realismo mágico, como algo utópico, pero para hacerlo real se debe empezar por trabajar y participar aún más en ésta causa, sin menoscabar los derechos de la victima y la responsabilidad que ha de tener aquel que vulnera el derecho del otro, considerando como principal bien jurídico tutelado por el Estado, el derecho a la vida”

Eduardo Rafael Piña Ysea

RESUMEN

Actualmente en el ámbito del Derecho Procesal Penal, en la fase de ejecución penal se evidencia una fina correspondencia de aplicación por parte del Estado venezolano de política criminal. Se trata de un modelo político criminal que pretende ser democrático y respetuoso de los derechos y garantías del hombre, presentando una clara contradicción entre el nivel teórico y práctico. Motivando a la construcción de un modelo de política propia de un Estado Terapéutico y no de un Estado de Derecho. Partiendo del análisis de los acontecimientos sociopolítico vividos en Venezuela desde 1.999, se percibe una fractura al sistema político imperante y a las instituciones jurídicas; repercutiendo en el acatamiento y progresividad que demanda el precepto Constitucional en el artículo 272.De allí la necesidad de evaluar el papel del Estado como administrador de justicia frente a la realidad carcelaria; en especial la asistencia post-penitenciaria que posibilite la integración del individuo, dándole respuesta a la sociedad sobre la base del respeto a la dignidad humana, en general, y en particular a las victimas de los delitos y también a los autores de estos. La metodología fue de carácter documental, de corte jurídico teórico o dogmático, mediante la aplicación de una investigación descriptiva congregando información documental, incluyendo la doctrina extranjera para someterlo al análisis crítico y reflexivo.

Palabras clave: Política criminal, estado de derecho, estado terapéutico, sistema penitenciario y post-penitenciario, progresividad.

Responsibility of the venezuelan state to provide integral post-penitentiary assistance in the prison term phase.

ABSTRACT

Currently, in the Penal Process Law area, a fine correspondence can be noted in the execution phase of the sentence regarding application of criminal policy by the Venezuelan state. This refers to a criminal policy model that pretends to be democratic and respect the rights and guarantees of man, while presenting a clear contradiction between theoretical and practical levels, motivating the construction of a policy model that belongs to a therapeutic state and not to a state of law. Based on an analysis of the sociopolitical events experienced in Venezuela since 1999, a fracture in the prevailing political system and the legal institutions is perceived that repercusses in adherence to and in the progressiveness demanded by the Constitutional precept in article 272. Based on this, there is a need to evaluate the role of the state as administrator of justice in the face of the reality of the prison system, especially post-prison assistance that makes it possible for the individual to integrate, responding to society based on respect for human dignity in general, and in particular, for the victims of the crimes and also their authors. The methodology was documentary, legally theoretical or dogmatic in nature, applying descriptive investigation gathering documentary information, including foreign doctrine, to submit it to critical and reflexive analysis.

Key words: Criminal policy, state of law, therapeutic state, penitentiary and post-penitentiary system, progressiveness.

Recibido: 09-05-2005 - Aceptado: 24-06-2007

INTRODUCCIÓN

El Estado Venezolano ha adquirido una obligación con la sociedad en lo que respecta al ámbito de la ejecución penal dentro del sistema penitenciario, el régimen abierto y la reinserción social del ex-interno.

En ese sentido se hace necesario el análisis y estudio del artículo 272 del precepto constitucional, asimismo la revisión dogmática jurídico-penal relacionada con la fase de Ejecución Penal.

El rol que ha tenido el Estado en función de administrar justicia y en el aseguramiento de derechos y garantías dentro del sistema penitenciario Venezolano en contraste con la realidad penitenciaria saturada de violaciones, desidia y ausencia de voluntad que permita mejorar y aplicar una política criminal tendente al respeto y progresión de la dignidad humana, de igual modo la creación de planta física para la asistencia post-penitenciaria que posibilite la reintegración del ex-condenado.

Por tal razón, la investigación parte de un enfoque constitucional, para luego llegar a la aplicación de política criminal que calibre la conducta desviada negativa, para lograr integración del sujeto después del cumplimiento de la pena, partiendo de un balance carcelario que nos conlleve a valorar el derecho comparado en cuanto a las medidas alternativas ante la ejecución de la pena, orientada a la integración del individuo con aptitud de desarrollo en cualquier campo de acción, que destierre la estigmatización, prevaleciendo el principio de humanidad.

1. GENERALIDADES

El estudiar la concepción jurídico- penal predominante en Venezuela desde la entrada en vigencia del primer Código Penal que data de 1863, influenciado por las ideas de la doctrina clásica, donde las penas eran retributivas y las diferencias entre las sanciones penales respondían a criterios lógico-formales, donde la personalidad del delincuente no jugaba ningún papel. Se observa en las distintas reformas que sufrió el Código Penal poco avance, por lo que no fueron suficientes las respuestas obtenidas por la sociedad de parte de los facultados en el ejercicio de la función legislativa.

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