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La Legislacion En Colombia


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  1.317 Palabras (6 Páginas)  •  291 Visitas

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NORMATIVIDAD ACTUAL DE LA CONTRATACION LABORAL EN COLOMBIA

Se considera en Colombia que estamos en presencia de un contrato de trabajo y es ante todo importante dar definición a este donde es un acuerdo por virtud del cual una persona se obliga a prestar un servicio personal a otra (natural o jurídica) bajo continuada subordinación, cumpliendo órdenes e instrucciones y recibiendo por su labor una remuneración, todo esto de acuerdo al artículo 23 del código sustantivo del trabajo.

Un contrato está constituido por elementos constitutivos los cuales tienen las siguientes condiciones: a. La prestación de un servicio personal: es decir la realización de labores por parte de una persona en beneficio de otra. b.la subordinación jurídica: es decir, la facultad del empleador de dar órdenes o instrucciones al trabajador sobre el modo, tiempo y cantidad de trabajo y la obligación para este acatarlas. C. el pago de una remuneración o retribución por el servicio prestado como salarios.

En Colombia toda persona que haya cumplido 18 años de edad, tiene capacidad para celebrar un contrato individual de trabajo. Los menores de dicha edad necesitan autorización escrita del Ministerio de Protección Social o del Alcalde del lugar, previo consentimiento de representantes legales.

Continuamos con las clases de contrato las cuales pueden ser verbales o escritas donde las verbales es por un simple acuerdo expresado oralmente, las partes conviene en la índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse; la cuantía y la forma de remuneración, así como los periodos que regulen. Por escrito es donde un documento firmado por las dos partes hace constar clausulas de puntos como identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración, lugar donde se vaya a prestar el servicio, naturaleza del trabajo, cuantía de la remuneración, forma y periodos de pago, estimación del valor en caso que haya suministro de habitación o alimentación como parte del salario, duración del contrato y terminación. Estos dos tipos de contratos tiene la misma validez.

Se debe tener en cuenta los acuerdos que siempre van por escrito como es el periodo de prueba, el salario integral, los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen salario, dentro de lo permitido por la ley. Y en cuanto a los contratos que siempre van por escrito son: contrato a termino fijo, con prorrogas y el preaviso. El que se celebre con extranjeros no residentes en el país y el enganche de trabajadores para el exterior.

En Colombia de acuerdo a la duración existen tres clases:

a. Por el tiempo que dure la obra o labor : es por la ejecución de trabajos ocasionales , aquellos de corta duración , inferiores a un mes, los trabajadores en esta modalidad no tiene derecho a cesantías, ni prima de servicios, ni a vacaciones, ni a calzado y vestido de labor, además están excluidos de la obligación de afiliación al sistema de seguridad social ( pensiones , salud y riesgos laborales ) . existe también por duración de la obra donde es fundamental consignar expresamente la obra o labor de que se trate, esta modalidad es ampliamente utilizada en empresas dedicadas a la construcción o actividades sujetas a contratos especiales con terceros que exigen incremento de personal únicamente para una obra o labor concreta y en proporción al avance mismo de la obra. debe realizarse por escrito

b. A término fijo: debe celebrarse por escrito y su duración no puede ser superior a tres años. admite al menos dos modalidades: el contrato a término fijo inferior a un año, que no tiene termino mínimo de duración; y el contrato a término fijo de duración entre uno y tres años. Para dar por finalizado se debe realizar un preaviso con una antelación a treinta días calendario a la fecha de vencimiento de termino estipulado , cuando son a termino fijo inferior a un año , solo podrán prorrogarse hasta 3 veces por periodos iguales al inicialmente estipulado o inferiores salvo al preaviso comunicado en tiempo se decida su terminación.los trabajadores contratados a termino fijo inferior a un año tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios , en proporción al tiempo laborado. Los contratos a términos fijo que se celebren verbalmente, se consideran para todos los efectos, como a término indefinido.

c. De duración indefinida: es cuando las partes no determinan su duración. esta modalidad de contratación puede celebrarse verbalmente o por escrito. Como ya se dijo, los contratos verbales tiene el mismo valor que los escritos. No obstante, se recomienda, para fines probatorios, hacer constar los contratos de trabajo por escrito, aunque sea de aquellos en los que no se exige dicha formalidad, ya que así se facilita demostrar las condiciones y existencias del contrato, cuándo un contrato es verbal no se entiende que es a termino definido.

En Colombia se tiene unos derechos y obligaciones por parte del empleador y del trabajador los cuales interviene en el contrato de trabajo tienen reciprocas obligaciones, de cumplimiento y observancia se deriva el normal desarrollo de sus relaciones. Así mismo, tiene restricciones y prohibiciones orientadas a amparar los derechos laborales, al empleador le corresponden obligaciones de protección y seguridad, y a los trabajadores, el cumplimiento de las instrucciones que les impartan y la disposición para la labor.

Algunas obligaciones de los empleadores es proporcionar la remuneración pactada por periodos y lugar acordado, suministrar al trabajador la materia prima necesaria para desarrollar el trabajo, herramientas y equipos requeridos, entregar al trabajador elementos de protección personal contra accidentes y enfermedades profesionales ,presentar primeros auxilios en caso de accidente, afiliar a los trabajadores a la seguridad social y las cajas de compensación familiar, dar al trabajador , que lo solicite a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio , la índole de la labor y el salario devengado , e igualmente , si el trabajador lo solicita hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular , si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiera sido sometido a examen médico . se considera que el trabajador ,por su culpa , elude o dilata el examen , cuando transcurridos 5 días a partir de su retiro no presenta donde el médico para la práctica del examen a pesar de haber recibido la orden correspondiente , la falta de este examen según la jurisprudencia no genera indemnización moratoria si el trabajador ha sido atendido por el sistema de seguridad social.

Y algunos obligaciones de los trabajadores es realizar personalmente la labor en los términos estipulados, observar los preceptos del reglamento, acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular le impartan el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido. No comunicar con terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato a las normas legales del trabajo ante las autoridades competentes. Conservar y restituir un buen estado, salvo el deterioro natural , los instrumentos y útiles que le hayan sido facilitados y las materias primas sobrantes , guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros , comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estimen conducentes a evitarle daño y perjuicio, se debe prestar la colaboración posible en caso de siniestro de riesgo inminente que efectúen o amenacen las personas o las cosas de la empresa o establecimiento, se desarrollaran las medidas preventivas higiénicas preescritas por el médico del empleador o por las autoridades del ramo y por ultimo observar con suma diligencia y cuidados las instrucciones y ordenes preventivas de accidentes o de enfermedad profesional.

BIBLIOGRAFIA

• COMPENDIO DE NORMAS LEGALES SOBRE SALUD OCUPACIONAL, ARSEG; S.A BOGOTA, D. C. 2006 780 PAG ARSEG. COMPENDIO DE NORMAS LEGALES SOBRE SALUD OCUPACIONAL

• LEY 1562 DE 2012

• ARL SURA. CONCEPTOS BASICOS EN SALUD OCUPACIONAL.

• CODIGO

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