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Ley Obra Por Impuestos


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  2.458 Palabras (10 Páginas)  •  1.054 Visitas

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LEY OBRAS POR IMPUESTOS- REGIÓN LA LIBERTAD

A. DESCRIPCIÓN DE LA LEY:

La Ley Nº 29230 promueve que empresas privadas financien obras públicas a cuenta de sus impuestos

La Ley 29230 tiene como objetivo impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública, a través de la suscripción de convenios entre los Gobiernos Regionales (GR) o Gobiernos Locales (GL) y empresas privadas.

Las empresas privadas podrán financiar y ejecutar proyectos de inversión pública en infraestructura priorizados, que cuenten con la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). El monto invertido por las empresas privadas será descontado hasta en un 50% de su Impuesto a la Renta correspondiente al año anterior.

B. BENEFICIOS ECONÓMICOS Y SOCIALES:

1. PARA LAS EMPRESAS

• Recuperar el total de la inversión (con 2% de revaluación anual).

• Asociar su imagen con obras de alto impacto social, ejecutadas en áreas de su interés.

• Lograr mejoras en la competitividad de largo plazo de su zona productiva.

• Mejorar la eficiencia de sus programas de responsabilidad social empresarial.

• En el caso de empresas constructoras, constituye una forma adicional de competir por obras públicas.

2. PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES

• Sostener o aumentar el dinamismo económico local.

• Acelerar la ejecución de obras de impacto local.

• Generar eficiencias en la ejecución y simplificar procedimientos.

• Liberar recursos técnicos y financieros propios.

• Incrementar su presupuesto actual de inversión.

C. PASOS PARA PLICAR LA LEY DE OBRAS POR IMPUESTOS

1. IDENTIFICACIÓN DE PROYECTOS:

Los proyectos deben tener las siguientes características:

- Que tengan visibilidad SNIP.

- Que sean proyectos de infraestructura. Pueden incluir equipamiento, sistemas de información u otros, siempre y cuando el componente de infraestructura sea mayor al 50%.

- Que estén incorporados en el Programa Multianual de Inversiones (cuando este sea aplicable).

2. Acuerdos a tomar en sesión de Concejo:

- Priorización de Proyectos a ejecutarse en el marco de Ley 9230.

- Conformación de comité Especial que llevará adelante los procesos de selección de las empresas que ejecutarán los proyectos priorizados.

- Solicitud de Asistencia Técnica de ProInversión.

3. Publicación de proyectos:

- PROINVERSIÓN, publicará la lista de proyectos que los GR/GL prioricen en el marco de esta Ley. Para ello enviarán un oficio a PROINVERSIÓN, adjuntando el Acuerdo de concejo que prioriza la lista de proyectos. Esta lista podrá ser actualizada periódicamente.

-

4. Convocatoria del Proceso:

- El comité especial formulará las bases (en máximo 4 días hábiles) y convocará al proceso de selección al día hábil siguiente de su aprobación por los órganos competentes.

- PROINVERSIÓN podrá brindar asesoría al comité especial en la elaboración de las bases y en los formatos de convocatoria a los procesos. Para ello es necesaria la suscripción de un convenio de asistencia técnica, en la modalidad de asesoría.

5. Solicitud de emisión del informe Previo:

- Los GR/GL deben enviar un oficio a la contraloría General de la República – Sede Central - , solicitando la emisión del informe previo; adjuntando para ello el informe legal de la Oficina de Asesoría Legal, informe financiero de la Oficina de Presupuesto y Planificación, flujo de caja proyectado; y otra documentación general.

6. Contratación de empresa supervisora:

- Los GR/GL, mediante proceso de selección de acuerdo a la Ley 29230, deberán seleccionar a la empresa que se encargará de la supervisión de la obra. La ejecución de la Obra no se podrá iniciar si no se tiene contratada a la empresa supervisora.

7. Absolución de consultas/ observaciones a las Bases:

- El Comité Especial deberá absolver las consultas/observaciones planteadas por las empresas que participen del proceso de selección, en un plazo máximo de 3 días hábiles y que se publicarán las bases integradas.

8. Evaluación de las propuestas técnica y económica:

- El Comité Especial evaluará la propuesta y otorgará la Buena Pro a la empresa que obtenga el mayor puntaje según las bases con la participación del Notario Público.

9. Ejecución de la obra:

- El convenio formalizará la relación contractual. El GR o GL debe informar al MEF la suscripción del convenio y el monto de inversión involucrado dentro de los 10 días hábiles de suscritos.

10. Conformidad de la calidad:

- La empresa supervisora elevará al Comité Especial un informe técnico en el que se otorga la conformidad de la calidad del proyecto dentro de los diez días hábiles siguientes a la culminación del mismo.

11. Conformidad de la recepción de la Obra:

- Los GR/GL deberán pronunciarse sobre la conformidad de recepción del Proyecto ejecutado por la Empresa Privada, dentro de un plazo no mayor de diez días hábiles. Transcurrido ese plazo la conformidad de recepción se considerará otorgada.

12. Solicitud de Emisión de CIPRL:

- Los GR/GL enviarán un oficio a la DNTP del MEF solicitando la emisión de los CIPRL, dentro de un plazo no mayor de tres días hábiles tras la recepción de la obra.

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