ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley Organica Del Sistema Economico Comuna1


Enviado por   •  2 de Julio de 2013  •  1.560 Palabras (7 Páginas)  •  264 Visitas

Página 1 de 7

Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal

(Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de diciembre de 2010)

LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Decreta

la siguiente,

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1

Objeto

La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del sistema económico comunal, integrado por organizaciones socioproductivas bajo régimen de propiedad social comunal, impulsadas por las instancias del Poder Popular, del Poder Público o por acuerdo entre ambos, para la producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, en pro de satisfacer las necesidades colectivas y reinvertir social mente el excedente, mediante una planificación estratégica, democrática y participativa.

Artículo 2

Sistema económico comunal

Es el conjunto de relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes

2

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

y conocimientos, desarrolladas por las instancias del Poder Popular, el Poder Público o por acuerdo entre ambos, a través de organizaciones socioproductivas bajo formas de propiedad social comunal.

Artículo 3

Ámbito de aplicación

Las disposiciones de la presente Ley, son aplicables a las comunidades organizadas, consejos comunales, comunas y todas las instancias y expresiones del Poder Popular, en especial a las organizaciones socioproductivas que se constituyan dentro del sistema económico comunal y de igual manera a los órganos y entes del Poder Público y las organizaciones del sector privado, en sus relaciones con las instancias del Poder Popular.

Artículo 4

Finalidades

La presente Ley tiene por finalidad:

1. Garantizar la participación popular en el proceso económico-productivo.

2. Impulsar el sistema económico comunal a través de un modelo de gestión sustentable y sostenible para el fortalecimiento del desarrollo endógeno.

3. Fomentar el sistema económico comunal en el marco del modelo productivo socialista, a través de diversas formas de organización socioproductiva, comunitaria y comunal en todo el territorio nacional.

4. Dotar a la sociedad de medios y factores de producción que garanticen la satisfacción de las necesidades humanas, consolidar el ejercicio de la soberanía nacional y contribuir al

3

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

desarrollo humano integral para alcanzar la suprema felicidad social.

5. Asegurar la producción, justa distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, generados por las diferentes formas de organización socioproductiva, orientados a satisfacer las necesidades colectivas.

6. Promover un sistema de financiamiento para apoyar las iniciativas de las comunidades sobre proyectos socioproductivos sustentables, con criterios de equidad y justicia social, donde se reconozcan los saberes, conocimientos y las potencialidades locales como elementos constitutivos de garantía para la viabilidad y el cumplimiento.

7. Promover la articulación en redes, por áreas de producción y servicios, de las organizaciones socioproductivas comunitarias y comunales, para asegurar su desarrollo, consolidación y expansión.

8. Incentivar en las comunidades y las comunas los valores y principios socialistas para la educación, el trabajo, la investigación, el intercambio de saberes y conocimientos, así como la solidaridad, como medios para alcanzar el bien común.

9. Promover la formación integral de las organizaciones socioproductivas en la planificación productiva basada en la sustentabilidad y sostenibilidad, la retornabilidad de los recursos, el deber social, la cultura del ahorro y la reinversión social del excedente.

10. Garantizar la formación y la acreditación de saberes y conocimientos en materia política, técnica y productiva, de

4

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA ECONÓMICO COMUNAL

los ciudadanos y ciudadanas integrantes, o por integrar, de las organizaciones socioproductivas impulsadas por esta Ley.

Artículo 5

Principios y valores

El sistema económico comunal, como herramienta fundamental para construcción de la nueva sociedad, se inspira en la doctrina de nuestro Libertador Simón Bolívar, y se rige por los principios y valores socialistas de: Democracia participativa y protagónica, interés colectivo, propiedad social, equidad, justicia, igualdad social, complementariedad, primacía de los intereses colectivos, diversidad cultural, defensa de los derechos humanos, corresponsabilidad, cogestión, autogestión, cooperación, solidaridad, transparencia, honestidad, eficacia, eficiencia, efectividad, universalidad, responsabilidad, deber social, rendición de cuentas, control social, libre debate de ideas, voluntariedad, sustentabilidad, defensa y protección ambiental, garantía de los derechos de la mujer, de los niños, niñas y adolescentes y toda persona en situación de vulnerabilidad, y defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional.

Artículo 6

Definiciones

A los efectos de la presente Ley, se entiende por:

1. Certificación de saberes y conocimientos: Reconocimiento público y formal del dominio de prácticas culturales, tradicionales o ancestrales, o del conocimiento o capacidad demostrada por una persona para desempeñar eficientemente una determinada

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.6 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com