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Ley organica de proteccion del niño, niña y adolecente, la mujer y la familia


Enviado por   •  25 de Marzo de 2013  •  Tesinas  •  5.005 Palabras (21 Páginas)  •  998 Visitas

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LEY ORGANICA DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLECENTE, LA MUJER Y LA FAMILIA

Es una ley orgánica que tiene objeto garantizar a todos los niños y adolescentes que encuentre en el territorio nacional el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que a través de la protección integral que el estado, la familia y la sociedad deben brindarles y la sociedad deben brindarles al momento de su concepción.

Venezuela y suscribió la convención sobre los derechos del niño y con ello asumió el compromisos de educar la lesgilacion nacional a los mandatos de la convención para ello necesario un nuevo texto legal con disposiciones idóneas y eficaces de defensa y promoción de los derechos y garantías a todos los niños y adolescentes.

www.cndna.gov.ve

CONSIDERACION JURIDICA DE LA INFANCIA

La lopna no es una ley mas porque es un instrumento jurídico que rompe con la vieja doctrina de la situación irregular en la cual se criminaliza la pobreza y no se distige entre menores abandonados y delincuentes adecua la normativa interna a los preceptos establecidos en la convecion sobre los derechos del niño y principios de derechos humanos esta ley percibe al niño como persona en desarrollo con derechos y responsabilides inherentes a todos los seres humanos, brindándoles protección integral en la que deben participar el estado la familia y la sociedad como corresponsables de garantizar que todos los niños y niñas y adolescentes gocen sin discriminación alguna de las categorías de derecho como son supervivencia, protección desarrollo y participación.

La lopna consagra como parte de las acciones en la garantía y protección de los derechos de los niños y niñas y adolescentes por parte del estado y la sociedad el diseño ejecución, evaluación y control de políticas protección dirigidas a esta población.

LOPNA ART; 1,3 GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA No 5859, del 10-12-2007

http://www.cndna.gov.ve/

DOCTRINA DE LA SITUACION IRRREGULAR VERSUS PARADIGMA DE LA PROTECCION INTEGRAL

Paradigma de la protección integral es uno de los principios en los cuales se fundamenta la doctrina de protección integral desarrollada en la convención sobre los derechos del niño la cual fue ratificada por Venezuela y que además esta consagrada constitucionalmente y en la ley orgánica de protección del niño y del adolescente (LOPNA).

Este principio de interés superior debe ser considerado ante todas las medidas a tomar por las instituciones publicas o privadas de bienestar social, los tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos concernientes a los niños y adolescentes, es un principio de interpretación y aplicación de la lopna que esta dirigido asegurar proteccion integral a la niñez y adolescencia del país tomando en cuenta su opinión el equilibrio entre el ejerció de sus derechos y garantías y sus deberes, su condición especifica como persona en desarrollo., y además del equilibrio de las exigencias del bien común los derechos de las demás personas esto concordancia con el Art. 75, 76, 78,de la CRBV, y el articulo 1 de la LOPNA.-

CORRESPOSABILIDAD ESTADO FAMILIA Y SOCIEDAD

Esta dada la participación de la sociedad, según lo descrito en el Art. 76, en cordancia con el art 6 de la lopna.

INFANCIA COMO ESTRUCTURA SOCIAL

Es este otro principio fundamental en la aplicación de la doctrina de la proteccion integral que esta muy ligado al principio anterior e implica por parte del estado la familia y la sociedad el cumplimiento al mandato legal de atender prioritariamente la necesidades y derechos basicos de los los niños y niñas y adolescentes que encuentren en el territorio nacional, es decir, todos en el ambito de competencia correspondiente debe asumir de este principio el cual comprende preferencia en el diseño y ejecución de las politicas publicas, asignación previligiada de los recursos publicos para las areas de aseguramiento de los derechos y garantias de los niños y niñas y adolescentes.mejorar y garantizar el pleno ejercicio de los servicios publicosy la atención en la proteccion y socorro en cualquier circunstancia.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS Y ADOLECENTES

La ley establece la necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías de los niño y niñas y adolescentes y sus deberes, la ley reconoce todos los niños y adolescentes capacidad para ejercer personal y directamente sus derechos y garantías de forma progresiva y conforme a su desarrollo evolutivo pero también les exige cumplimiento de sus deberes como sujetos plenos de derecho.

En caso de amenzas o violación de los derechos colectivos y difusos se debe acudir a los consejos de derecho del niño y adolescente, que son órganos administrativos que harán posible el ejercicio pleno y efectivo de los derechos difusos y colectivos. Estos órganos administrativos funcionan a tres niveles: NACIONAL, ESTADAL Y MUNICIPAL. Lopna articulo 10, 11, 12,13, en concordancia con el art 5 de la ley de la protección de la familia y maternidad y la paternidad.-

Todos estos derechos y garantías, deberes, se encuentran en el capitulo II y III de la LOPNA.-

INSTITUCIONES FAMILIARES

XXXXXXXXXXXXX

PATRIA Y POSTEDAD

Es el régimen de proteccion de los menores no emancipados donde la protección de estos, esta encomendada.

Derecho civil José Luis gondorrona pagina 237

Concepto según lopna: establecido en el art 347, se entiende por por patria y postedad y los deberes y derechos del padre y la madre y en la relación a los hijos e hijas que no hallan alcanzado la mayoría que tienen objeto el cuidado desarrollo educación integral de los hijos e hijas.-

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES O RECTORES DE LA PATRIA Y POTESTAD

Los principios fundamentales de la patria potestad son tres:

01) es exclusivamente un régimen de proteccion

02) es un régimen de proteccion que solo se aplica a los menores no enmacipados

03) es un régimen que ofrece mayores garantías para la proteccion de quienes están sometidos a ella porque cuenta con el concurso de los protectores naturales de estos

.

TITULARIDAD Y PREVISION DE LA PATRIA Y POTESTAD

La titularidad es ejercida en dos vertientes:

01) atribución originaria: en principio la titularidad de patria y potestad correspondía tanto al padre como la madre art 261 código civil de Venezuela, cuando el menor ha sido adoptado, también el adoptante o a los adoptantes

02) la extinción de la titularidad de la patria y potestad: la titularidad de la patria y potestad podria extinguirse “a parte filii” por causa del hijo o “a parte patris” (por causa del padre o de la madre).

a) la titularidad y patria y potestad a parte filii por tres causas:

Muerte mayoridad o enmacipacion del hijo.

b) la titularidad la patria y potestad se extinguía a parte filii también por tres causas: a) muerte del padre y de la madre

c) por extinción del parentesco del padre y del hijo: respecto del padre o madre de origen cuando el hijo era objeto de adopción plena (ley de adopción art 56, salvo que el adoptado fuera cónyuge del adoptante pues en este caso conservaba el respectivo vinculo con dicho cónyuge (ley citada art 56)

b) respecto a los adoptantes cuando se Extinguía la adopción.

c) por privación de la patria potestad, impuesta al padre o la madre por sentencia lo que podria en diferentes clases de juicio.

EXTINCION DE LA PATRIA Y POTESTAD

“La ley prevé la extinción de patria y potestad (lopna 356).”

mayoridad de hijo e hija

enmacipacion del hijo o hija

muerte del padre o la madre o ambos

reicindencia en cualquiera de los causales de privación de la patria y potestad, previstas en el art 352 de esta ley.

Consentimiento legal para la adopción del hijo y la hija execepto cuando se trata de la adopción del hijo o hija por el otro conyuge.

En los casos previstos en los literales c), d) y e) la patria potestad puede extinguirse solo respecto al padre o la madre.

RELACIONES PATERNO-FILIALES

La extinción en los siguientes casos:

TABLA DE CONTENIDO: LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

TITULO I --> Haz clic para ver contenido

DISPOSICIONES DIRECTIVAS

Artículo 1°. Objeto.

Artículo 2°. Definición de Niño y de Adolescente.

Artículo 3°. Principio de Igualdad y no Discriminación.

Artículo 4°. Obligaciones Generales del Estado.

Artículo 5°. Obligaciones Generales de la Familia.

Artículo 6°. Participación de la Sociedad.

Artículo 7°. Prioridad Absoluta.

Artículo 8°. Interés Superior del Niño.

Artículo 9°. Principio de Gratuidad de las Actuaciones.

TÍTULO II --> Haz clic para ver contenido

DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES

Artículo 10. Niños y Adolescentes Sujetos de Derecho.

Artículo 11. Derechos y Garantías Inherentes a la Persona Humana.

Artículo 12. Naturaleza de los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.

Artículo 13. Ejercicio Progresivo de los Derechos y Garantías.

Artículo 14. Limitaciones y Restricciones de los Derechos y Garantías.

Derechos, Garantías y Deberes

Artículo 15. Derecho a la Vida

Artículo 16. Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad.

Artículo 17. Derecho a la Identificación.

Artículo 18. Derecho a ser Inscrito en el Registro.

Artículo 19. Declaración del Nacimiento en Instituciones Públicas de Salud.

Artículo 20. Plazo para la Declaración de Nacimiento.

Artículo 21. Expedición Gratuita de la Partida de Nacimiento.

Artículo 22. Derecho a Documentos Públicos de Identidad.

Artículo 23. Dotación de Recursos.

Artículo 24. Promoción del Reconocimiento de Hijos.

Artículo 25. Derecho a Conocer a sus Padres y a ser Cuidados por Ellos.

Artículo 26. Derecho a ser Criado en una Familia.

Artículo 27. Derecho a Mantener Relaciones Personales y Contacto Directo con los Padres.

Artículo 28. Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad.

Artículo 29. Derechos de los Niños y Adolescentes con Necesidades Especiales.

Artículo 30. Derecho a un Nivel de Vida Adecuado.

Artículo 31. Derecho al Ambiente.

Artículo 32. Derecho a la Integridad Personal.

Artículo 33. Derecho a ser Protegidos contra Abuso y Explotación Sexual.

Artículo 34. Servicios Forenses.

Artículo 35. Derecho a la Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión.

Artículo 36. Derechos Culturales de las Minorías.

Artículo 37. Derecho a la Libertad Personal.

Artículo 38. Prohibición de Esclavitud, Servidumbre y Trabajo Forzoso.

Artículo 39. Derecho a la Libertad de Tránsito.

Artículo 40. Protección Contra el Traslado Ilícito.

Artículo 41. Derecho a la Salud y a Servicios de Salud.

Artículo 42. Responsabilidad de los Padres, Representantes o Responsables en Materia de Salud.

Artículo 43. Derecho a Información en Materia de Salud.

Artículo 44. Protección de la Maternidad.

Artículo 45. Protección del Vínculo Materno-Filial.

Artículo 46. Lactancia Materna.

Artículo 47. Derecho a Ser Vacunado.

Artículo 48. Derecho a Atención Médica de Emergencia.

Artículo 49. Permanencia del Niño o Adolescente Junto a sus Padres, Representantes o Responsables.

Artículo 50. Salud Sexual y Reproductiva.

Artículo 51. Protección Contra Sustancias Alcohólicas Estupefacientes y Psicotrópicas.

Artículo 52. Derecho a la Seguridad Social.

Artículo 53. Derecho a la Educación

Artículo 54. Obligación de los Padres, Representantes o Responsables en Materia de Educación.

Artículo 55. Derecho a Participar en el Proceso de Educación.

Artículo 56. Derecho a Ser Respetado por los Educadores.

Artículo 57. Disciplina Escolar Acorde con los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.

Artículo 58. Vínculo entre la Educación y el Trabajo.

Artículo 59. Educación para Niños y Adolescentes Trabajadores.

Artículo 60. Educación de Niños y Adolescentes Indígenas.

Artículo 61. Educación de Niños y Adolescentes con Necesidades Especiales.

Artículo 62. Difusión de los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.

Artículo 63. Derecho al Descanso, Recreación, Esparcimiento, Deporte y Juego.

Artículo 64. Espacios e Instalaciones para el Descanso, Recreación, Esparcimiento, Deporte y Juego.

Artículo 65. Derecho al Honor, Reputación, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar.

Artículo 66. Derecho a la Inviolabilidad del Hogar y de la Correspondencia.

Artículo 67. Derecho a la Libertad de Expresión.

Artículo 68. Derecho a la Información.

Artículo 69. Educación Crítica para Medios de Comunicación.

Artículo 70. Mensajes de los Medios de Comunicación Acordes con Necesidades de los Niños y Adolescentes.

Artículo 71. Garantía de Mensajes e Informaciones Adecuadas.

Artículo 72. Programaciones Dirigidas a Niños y Adolescentes.

Artículo 73. Fomento a la Creación, Producción y Difusión de Información Dirigida a Niños y Adolescentes.

Artículo 74. Envoltura para los Medios que Contengan Informaciones e Imágenes Inadecuadas para Niños y Adolescentes.

Artículo 75. Informaciones e Imágenes Prohibidas en Medios Dirigidos a Niños y Adolescentes.

Artículo 76. Acceso a Espectáculos Públicos, Sala y Lugares de Exhibición.

Artículo 77. Información Sobre Espectáculos Públicos, Exhibiciones y Programas.

Artículo 78. Prevención Contra Juegos Computarizados y Electrónicos Nocivos

Artículo 79. Prohibiciones para la Protección de los Derechos de Información y a un Entorno Sano.

Artículo 80. Derecho a Opinar y a Ser Oído.

Artículo 81. Derecho a participar.

Artículo 82. Derecho de Reunión

Artículo 84. Derecho de Libre Asociación.

Artículo 85. Derecho de Petición.

Artículo 86. Derecho a Defender sus Derechos.

Artículo 87. Derecho a la Justicia.

Artículo 89. Derecho a un Trato Humanitario y Digno.

Artículo 90. Garantías del Adolescente Sometido al Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente.

Artículo 91. Deber y Derecho de Denunciar Amenazas y Violaciones de los Derechos y Garantías de los Niños y Adolescentes.

Artículo 92. Prevención.

Artículo 93. Deberes de los Niños y Adolescentes.

DERECHO A LA PROTECCIÓN EN MATERIA DE TRABAJO.

Artículo 94. Derecho a la Protección en el Trabajo.

Artículo 95. Armonía Entre Trabajo y Educación.

Artículo 96. Edad Mínima.

Artículo 97. Niños Trabajadores.

Artículo 98. Registro de Trabajadores.

Artículo 99. Credencial de Trabajador.

Artículo 100. Capacidad Laboral.

Artículo 101. Derecho a la Sindicalización.

Artículo 102. Jornada de Trabajo.

Artículo 103. Derecho de Huelga.

Artículo 104. Derecho de Vacaciones.

Artículo 105. Examen Médico Anual.

Artículo 106. Presunción de Relación de Trabajo.

Artículo 107. Forma de los Contratos de Trabajo.

Artículo 108. Información Contenida en Libros Obligatorios.

Artículo 109. Garantía de Protección en las Contratistas.

Artículo 110. Seguridad Social.

Artículo 111. Inscripción en el Sistema de Seguridad Social.

Artículo 112. Trabajo Rural.

Artículo 113. Trabajo Doméstico.

Artículo 114. Prescripción de las Acciones.

Artículo 115. Competencia Judicial.

Artículo 116. Aplicación Preferente.

TITULO III --> Haz clic para ver contenido

SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Artículo 117. Definición, Objetivos y Funcionamiento.

Artículo 118. Medios.

Artículo 119. Integrantes.

POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Artículo 120. Definición y Contenido.

Artículo 121. Responsabilidad.

Artículo 122. Obligatoriedad.

PROGRAMAS

Artículo 123. Definición.

Artículo 124. Tipos.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN

Artículo 125. Definición.

Artículo 126. Tipos.

Artículo 127. Abrigo.

Artículo 128. Colocación Familiar o en Entidad de Atención.

Artículo 129. Órgano Competente.

Artículo 130. Aplicación.

Artículo 131. Modificación y Revisión.

Artículo 132. Informe de la Entidad de Atención.

ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DE PROTECCIÓN.

CONSEJOS DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

ORGANOS ADMINISTRATIVOS DE PROTECCIÓN

Artículo 133. Definición y Objetivos. Naturaleza de sus Decisiones.

Artículo 134. Forma de Creación y Naturaleza del Consejo Nacional de Derechos.

Artículo 135. Principios.

Artículo 136. Miembros.

Artículo 137. Atribuciones.

CONSEJO NACIONAL DE DERECHOS

Artículo 141. Representantes de la Sociedad.

Artículo 142. Modificación de los Miembros.

CONSEJOS ESTADALES DE DERECHOS

Artículo 143. Atribuciones.

Artículo 144. Organización Interna.

Artículo 145. Oficina de Adopciones.

Artículo 146. Representantes del Poder Ejecutivo Estadal y de la Sociedad.

CONSEJOS MUNICIPALES DE DERECHOS

Artículo 147. Atribuciones.

Artículo 148. Representantes del Poder Ejecutivo Municipal y de la Sociedad.

Artículo 149. Organización Interna.

DISPOSICIONES COMUNES A LOS CONSEJOS DE DERECHOS

Artículo 150. Alcance de la Representación

Artículo 151. Carácter de los Representantes de la Sociedad.

Artículo 152. Carácter Prioritario de la. Actividad.

Artículo 153. Carácter no Remunerado.

Artículo 154. Nombramiento del Presidente.

Artículo 155. Decisiones.

Artículo 156. Pérdida de la Condición de Miembro.

Artículo 157. Información.

ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DE PROTECCIÓN

CONSEJOS DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Artículo 158. Definición y Objetivos.

Artículo 159. Carácter de sus Miembros.

Artículo 160. Atribuciones.

Artículo 161. Miembros

Artículo 163. Selección.

Artículo 165. Dedicación Exclusiva. Remuneración.

Artículo 166. Funcionamiento.

Artículo 167. Incompatibilidades.

Artículo 168. Pérdida de la Condición de miembro.

ÓRGANOS JUDICIALES DE PROTECCIÓN Y MINISTERIO PÚBLICO

MINISTERIO PÚBLICO

Artículo 169. Ministerio Público.

Artículo 170. Atribuciones.

Artículo 171. Facultades.

Artículo 172. Intervención Necesaria.

Artículo 173. Jurisdicción.

Artículo 174. Creación de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente.

Artículo 175. Constitución del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente.

Artículo 176. Casación.

Artículo 177. Competencia de la Sala de Juicio.

Artículo 178. Atribuciones.

Artículo 179. Servicios Auxiliares.

ENTIDADES DE ATENCIÓN

Artículo 181. Definición y Naturaleza.

Artículo 182, Responsabilidad.

Artículo 183. Principios.

Artículo 184. Funciones.

Artículo 185. Atención de Emergencia.

Artículo 186. Registro de Inscripción.

Artículo 187. Procedimiento.

Artículo 188. Entidades de Atención con Cobertura Estadal o Nacional.

Artículo 189. Modificaciones.

Artículo 190. Requisitos para la Solicitud de Registro de Entidades de Atención.

Artículo 191. Requisitos para la Inscripción de Programas.

Artículo 192. Denegación de Registro.

Artículo 193. Denegación de la Inscripción.

Artículo 194. Nueva Solicitud.

Artículo 195. Vigencia del Registro.

Artículo 196. Vigencia de la Inscripción.

Artículo 197. Compromiso de Mantenimiento.

Artículo 198. Rendición de Cuentas.

INSPECCIÓN Y MEDIDAS

Artículo 199. Inspección y Medidas.

Artículo 200. Aplicación no Excluyente.

DEFENSORÍAS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Artículo 201. Definición y Objetivos.

Artículo 202. Tipos de Servicio.

Artículo 203. Principios.

Artículo 204. Usuarios.

Artículo 205. Convenios de Cooperación.

REGISTRO

Artículo 206. Registro.

Artículo 207. Requisitos para ser Defensor.

Artículo 208. Requisitos para el Registro de las Defensorías del Niño y del Adolescente.

Artículo 209. Procedimiento.

Artículo 210. Denegación de registro.

Artículo 211. Vigencia del Registro.

INSPECCIÓN Y MEDIDAS

Artículo 212. Inspección y Medidas.

Artículo 213. Aplicación no excluyente

INFRACCIONES A LA PROTECCIÓN DEBIDA. SANCIONES

Artículo 214. Competencia y Procedimiento.

Artículo 215. Legitimación.

Artículo 216. Acción Pública.

Artículo 217. Agravante.

Artículo 218. Aplicación Preferente.

Artículo 219. Comisión por Omisión.

INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 220. Violación de Derechos y Garantías en Instituciones.

Artículo 221. Violación del Derecho a Opinar.

Artículo 222. Violación del Derecho a Manifestación, Reunión, Asociación y Sindicalización.

Artículo 223. Violación de Obligación Alimentaría.

Artículo 224. Violación del Derecho a la Identidad.

Artículo 225. Violación del Derecho a ser Inscrito y a Obtener Documentos de Identidad.

Artículo 226. Violación del Derecho a la Educación.

Artículo 227. Violación de la Confidencialidad.

Artículo 228. Violación de la Confidencialidad por un Medio de Comunicación.

Artículo 229. Entrada de Niños o Adolescentes a Establecimientos donde se Realicen Juegos de Envite o Azar.

Artículo 230. Alojamiento Ilegal de un Niño o Adolescente.

Artículo 231. Transporte Ilegal de un Niño o Adolescente.

Artículo 232. Entrega Ilegal.

Artículo 233. Omisión de Información Acerca de la Naturaleza de un Espectáculo Público.

Artículo 234. Actuación de los Medios de Comunicación en Desacuerdo con esta Ley.

Artículo 235. Suministro o Entrega de Material de Difusión de Imágenes o Sonidos.

Artículo 236. Suministro y Exhibición de Material Impreso.

Artículo 237. Pornografía con Niños o Adolescentes.

Artículo 238. Admisión o Lucro por Trabajo de Niños.

Artículo 239. Admisión o Lucro, por Trabajo de Adolescentes, sin Autorización.

Artículo 240. Admisión de Adolescentes sin Inscripción en el Registro.

Artículo 241. Admisión y Permanencia sin Examen Médico.

Artículo 242. Omisión de Inscripción en el Sistema de Seguridad Social.

Artículo 243. Obstaculización de Inspección y Supervisión.

Artículo 244 Incumplimiento de Lapsos.

Artículo 245. Incumplimiento de los Acuerdos Conciliatorios.

Artículo 246. Abandono o Mala Fe en Trámites Judiciales

Artículo 247. Abstención de los Consejeros.

MULTAS

Artículo 248. Cálculo de la Multa.

Artículo 249. Multas a Personas Jurídicas.

Artículo 250. Destino.

Artículo 251. Forma de Pago.

Artículo 252. Plazo para Cancelar.

Artículo 253. Tortura.

Artículo 254. Trato Cruel.

Artículo 255. Trabajo Forzoso.

Artículo 256. Admisión o Lucro por Trabajo Contraindicado.

Artículo 257. Admisión o Lucro por Trabajo de Niños Hasta Ocho Años.

Artículo 258. Explotación Sexual.

Artículo 259. Abuso Sexual a Niños.

Artículo 260. Abuso Sexual a Adolescentes.

Artículo 261. Suministro de Armas, Municiones y Explosivos.

Artículo 262. Suministro de Fuegos Artificiales.

Artículo 263. Suministro de Sustancias Nocivas.

Artículo 264. Uso de Niños o Adolescentes para Delinquir.

Artículo 265. Inclusión de Niños o Adolescentes en Grupos Criminales.

Artículo 266. Tráfico de Niños y Adolescentes.

Artículo 267. Lucro por Entrega de Niños o Adolescentes.

Artículo 268. Privación Ilegítima de Libertad.

Artículo 269. Falta de Notificación de la Detención.

Artículo 270. Desacato a la Autoridad.

Artículo 271. Falso Testimonio.

Artículo 272. Sustracción y Retención de Niños o Adolescentes.

Artículo 273. Omisión de Registro de Nacimiento.

Artículo 274. Omisión de Atención.

Artículo 275. Omisión de Denuncia.

ACCIÓN DE PROTECCIÓN

Artículo 276. Definición.

Artículo 277. Finalidad.

Artículo 278.

Artículo 279. Competencia.

Artículo 280. Procedimiento.

Artículo 281. Decisión.

Artículo 282. Ejecución.

Artículo 283. Responsabilidad civil.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 284. Naturaleza y Principios.

Artículo 285. Obligatoriedad de la Denuncia Penal.

Artículo 286. Forma de Actuación.

Artículo 287. Recepción de Denuncias y Documentos.

Artículo 288. Apertura del Expediente.

Artículo 289. Competencia en Razón de la Materia.

Artículo 290. Competencia en Razón del Territorio.

Artículo 291. Legitimación.

Artículo 292. No perención de la Instancia.

Artículo 293. Cálculo de los Lapsos.

Artículo 294. Procedencia.

Artículo 295. Iniciación.

Artículo 296. Medidas Provisionales de Carácter Inmediato.

Artículo 297. Fase Probatoria.

Artículo 298. Efectos del Desistimiento.

Artículo 299. Audiencia al Niño y al Adolescente.

Artículo 300. Duración del procedimiento.

Artículo 301. Abstención del Consejo de Protección.

Artículo 302. Abstención de los Consejos de Derechos.

Artículo 303. Desacato o Disconformidad con las Decisiones.

Artículo 304. Aplicación Supletoria.

RECURSOS

Artículo 305. Agotamiento de la Vía Administrativa.

Artículo 306. Recurso de Reconsideración. Lapso.

Artículo 307. Caducidad.

PROCEDIMIENTO PARA LA CONCILIACIÓN ANTE LAS DEFENSORÍAS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.

Artículo 308. Carácter e Inicio del Procedimiento.

Artículo 309. Denegación de la Solicitud.

Artículo 310. Aceptación.

Artículo 311. Intervención de Abogados.

Artículo 312. Fase Preliminar.

Artículo 313. Fase Final.

Artículo 314. Acuerdo Conciliatorio Parcial.

Artículo 315. Envió de Acta.

Artículo 316. Efectos Suspensivos del Proceso.

Artículo 317. No Homologación del Acuerdo Conciliatorio.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL DE PROTECCIÓN.

Artículo 318. Aplicación.

Artículo 319. Solicitud.

Artículo 320. Requerimiento.

Artículo 321. Facultad del Requerido.

Artículo 322. Preparación del Juicio.

Artículo 323. Audiencia de Juicio

Artículo 314. Sentencia.

Artículo 325. Otros Pronunciamientos.

Artículo 326. Recurso de Revocación.

Artículo 327. Recurso de Apelación.

Artículo 328. Formalización del Recurso y Sentencia.

Artículo 329. Ejecución.

Artículo 330. Supletoriedad.

PREVISIÓN Y APROVISIONAMIENTO DE RECURSOS ECONÓMICOS

FONDOS DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Artículo 331. Definición.

Artículo 332. Naturaleza.

Artículo 333. Objetivo.

Artículo 334. Prioridades en la Distribución de los Recursos.

Artículo 335. Obligación de Previsión.

Artículo 336. Fuentes de Aprovisionamiento de Recursos.

Artículo 337. Adscripción y Administración.

Artículo 338. Control de la Administración.

Artículo 339. Atribuciones de los Consejos de Derechos en Relación con el Fondo de Protección del Niño y del Adolescente.

Artículo 340. Definición de Plan de Acción y Plan de Aplicación.

Artículo 341. Atribuciones del Administrador.

Artículo 342. Normas de Funcionamiento.

Artículo 343. Fuentes de Aprovisionamiento de los Fondos Estadales y Municipales de Protección.

Artículo 344. Deducción Ante el Impuesto Sobre la Renta.

TITULO IV --> Haz clic para ver contenido

INSTITUCIONES FAMILIARES

Artículo 345. Familla de Origen.

Artículo 346. Unidad de Filiación.

PATRIA POTESTAD

Artículo 347. Definición

Artículo 348. Contenido.

Artículo 349. Titularidad Durante el Matrimonio.

Artículo 350. Titularidad Fuera del Matrimonio.

Artículo 351. Medidas en Caso de Divorcio, Separación de Cuerpos o nulidad del Matrimonio.

Artículo 352. Privación de la Patria Potestad.

Artículo 353. Declaración Judicial de la Privación de la Patria Potestad

Artículo 354. Improcedencia de la Privación de la Patria Potestad por Razones Económicas.

Artículo 355. Restitución de la Patria Potestad.

Artículo 356. Extinción de la Patria Potestad.

Artículo 357. Competencia Judicial.

Artículo 558. Contenido.

GUARDA

Artículo 359. Ejercicio de la Guarda.

Artículo 360. Medidas Sobre Guarda en Caso de Divorcio, Separación de Cuerpos, Nulidad de Matrimonio o Residencias Separadas

Artículo 361. Revisión y Modificación de la Guarda.

Artículo 362. Improcedencia de la Concesión de la Guarda.

Artículo 363. Competencia Judicial.

Artículo 364. Representación y Administración de los Bienes del Hijo.

OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA.

Artículo 366. Subsistema de la Obligación Alimentaría.

Artículo 367. Establecimiento de la obligación Alimentaría en Casos Especiales.

Artículo 369. Elementos para le Determinación.

Artículo 370. Improcedencia del Cumplimiento en Especie.

Artículo 371. Proporcionalidad.

Artículo 372. Prorrateo del Monto de la Obligación.

Artículo 373. Equiparación de los Hijos para cumplirse la Obligación.

Artículo 374. Oportunidad del Pago.

Artículo 375. Convenimiento.

Artículo 376. Legitimados Activos.

Artículo 377. Irrenunciabilidad del Derecho a Pedir Alimentos.

Artículo 378. Prescripción de la Obligación.

Artículo 379. Carácter de Crédito Privilegiado.

Artículo 380. Responsabilidad Solidaria.

Artículo 381. Medidas Cautelares.

Artículo 382. Medios que Pueden ser Autorizados para el Pago de la Obligación.

Artículo 383. Extinción.

Artículo 384. Competencia Judicial.

VISITAS

Artículo 385. Derecho de Visitas.

Artículo 386. Contenido de las Visitas.

Artículo 387. Fijación del Régimen de Visitas.

Artículo 388. Extensión de las Visitas a Otras Personas.

Artículo 389. Improcedencia del Régimen de Visitas.

Artículo 390. Retención del Niño.

AUTORIZACIONES PARA VIAJAR

Artículo 391. Viajes Dentro del País.

Artículo 392. Viajes Fuera del País.

Artículo 393. Intervención Judicial.

FAMILIA SUSTITUTA

Artículo 394. Concepto.

Artículo 395. Principios Fundamentales.

COLOCACIÓN FAMILIAR O EN ENTIDAD DE ATENCIÓN

Artículo 396. Finalidad.

Artículo 397. Procedencia

Artículo 398. Prelación.

Artículo 399. Personas a Quienes Puede Otorgarse.

Artículo 400. Entrega por los Padres a un Tercero.

Artículo 401. Capacitación y Supervisión.

Artículo 402. Registro.

Artículo 403. Prioridad de las Decisiones.

Artículo 404. Interrupción de la Colocación.

Artículo 405. Revocatoria de la Colocación.

ADOPCIÓN

Artículo 406. Concepto.

Artículo 407. Tipo de Adopción.

Artículo 408. Edad para ser Adoptado.

Artículo 409. Capacidad para ser Adoptante.

Artículo 410. Diferencia de Edades Entre Adoptante y Adoptado.

Artículo 411. Estado Civil de los Adoptantes.

Artículo 412. Adopción de Uno Entre Varios Hijos del Cónyuge.

Artículo 413. Condición para la Adopción por Tutor.

Artículo 414. Consentimientos.

Artículo 415. Opiniones.

Artículo 416. Formas y Condiciones de los Consentimientos y Opiniones.

Artículo 417. Inexigibilidad de los Consentimientos.

Artículo 418. Asesoramiento.

Artículo 419. Prohibición de Lucro.

Artículo 420. Informe Sobre el Candidato a Adopción.

Artículo 421. Acreditación de los Solicitantes.

Artículo 422. Duración del Período de Prueba.

Artículo 423. Prórroga del Periodo de Prueba.

Artículo 424. Colocación con miras a la Adopción.

Artículo 425. Efectos de Filiación.

Artículo 427. Extinción de Parentesco.

Artículo 428. Impedimentos matrimoniales.

Artículo 426. Constitución de Parentesco.

Artículo 429. Confidencialidad.

Artículo 430. Apellido.

Artículo 431. Modificación del Nombre.

Artículo 432. Inscripción del Decreto de Adopción.

Artículo 433. Invalidación de la Partida Original de Nacimiento.

Artículo 434. Inscripción si el Adoptado es Casado o tiene Hijos.

Artículo 435. Inscripción de Adopción de Entredichos e Inhabilitados.

Artículo 436. Información sobre las Inscripciones Realizadas.

Artículo 437. Irrevocabilidad.

Artículo 438. Nulidad.

Artículo 439. Legitimados Activos.

Artículo 440. Plazo Para Ejercer la Acción.

Artículo 441. Inscripción y. Publicación de la Sentencia de Nulidad.

Artículo 442. Oposición a Terceros.

ADOPCIÓN INTERNACIONAL

Artículo 443. Definición.

Artículo 444. Tratados Internacionales.

Artículo 445. Subsidiariedad de la Adopción Internacional

Artículo 446. Habilitación de los Solicitantes

Artículo 447. Autorización para trasladar al candidato a adopción.

Artículo 448. Presentación de las Solicitudes de Adopción.

Artículo 449. Informes Durante el Periodo de Prueba.

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO EN ASUNTOS DE FAMILIA Y PATRIMONIALES

Artículo 450. Principios.

Artículo 451. Supletoriedad.

Artículo 452. Materias.

Artículo 453. Competencia.

PROCEDIMIENTO

Artículo 454. Etapas.

Artículo 455. Contenido del Libelo.

Artículo 456. Oralidad de la Demanda.

Artículo 457. Representante Judicial.

Artículo 458. Aceptación del Cargo.

Artículo 459. Corrección de la Demanda.

Artículo 460. Incumplimiento de la Prevención.

Artículo 461. Orden de Comparecencia.

Artículo 462. Pronunciamiento del Juez Sobre las Cuestiones Previas.

Artículo 463. Cuestiones Previas Rechazadas.

Artículo 464. Cuestiones Previas Resueltas.

Artículo 465. Reconvención.

Artículo 466. Medidas Cautelares.

Artículo 467. Oportunidad de la Medida Cautelar.

Artículo 468. Oportunidad del Acto Oral de Evacuación de Pruebas.

Artículo 469. Alegato de Nuevos Hechos.

Artículo 470. Inicio de la Fase Probatoria.

Artículo 471. Prueba Documental.

Artículo 472. Prueba Pericial.

Artículo 473. Confesión.

Artículo 474. Poderes del Juez.

Artículo 475. Incorporación del Demandado al Debate Oral.

Artículo 476. Falta de Comparecencia de las Partes.

Artículo 477. Acta.

Artículo 478. Otras Pruebas.

Artículo 479. Inconformidad de las Partes.

Artículo 480. Nulidades.

Artículo 481. Conclusiones.

Artículo 482. Plazo Para Dictar Sentencia

Artículo 483. Contenido de la Sentencia.

Artículo 484. Costas.

Artículo 485. Revocación.

Artículo 486. Apelación.

Artículo 487. Términos Para la Apelación.

Artículo 488. Legitimación.

Artículo 489. Formalización del Recurso y Sentencia.

Artículo 490. Recurso de Casación.

Artículo 491. Trámite y Efectos del Recurso de Casación.

Artículo 492. Ejecución.

PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN

Artículo 493. Solicitud.

Artículo 494. Contenido de la Solicitud.

Artículo 495. Documentación Anexa.

Artículo 496. Obtención de Documentos.

Artículo 497. Ministerio Público.

Artículo 498. Consentimientos y Opiniones.

Artículo 499. Oposición.

Artículo 500. Legitimados Para la Oposición.

Artículo 501.Ausencia de Convivencia Previa.

Artículo 502. Autorización de Salida del País.

Artículo 503. Cumplimiento del Período de Prueba.

Artículo 504. Decisión.

Artículo 505. Decreto de Adopción.

Artículo 506. Apelación.

Artículo 507. Apelación por Cambio de Nombre.

Artículo 508. Decisión de la Apelación.

Artículo 509. Recurso de Casación.

Artículo 510. Oposición a Terceros.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ALIMENTOS Y DE GUARDA.

Artículo 511. Inicio.

Artículo 512. Medidas Provisionales.

Artículo 513. Informe Especial.

Artículo 514. Citación.

Artículo 515. Citación por Cartel.

Artículo 516. Comparecencia.

Artículo 517. Lapso Probatorio.

Artículo 518. Auto Para Mejor Proveer.

Artículo 519. Pruebas.

Artículo 520. Decisión.

Artículo 521. Medidas que Pueden ser Ordenadas.

Artículo 522. Apelación.

Artículo 523. Revisión de la Decisión.

Artículo 524. No Acumulación de Procedimientos.

Artículo 525. Improcedencia del Recurso de Casación.

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SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE

PRINCIPIOS

Artículo 526. Definición.

Artículo 527. Integrantes.

Artículo 528. Responsabilidad del Adolescente.

Artículo 529. Legalidad y Lesividad.

Artículo 530. Legalidad del Procedimiento.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 531. Según los Sujetos.

Artículo 532. Niños.

Artículo 533. Grupos Etarios.

Artículo 534. Error en la Edad.

Artículo 535. Concurrencia de Adultos y Adolescentes.

Artículo 536. Según el Lugar.

Artículo 537. Interpretación y Aplicación.

GARANTÍAS FUNDAMENTALES

Artículo 538. Dignidad.

Artículo 539. Proporcionalidad.

Artículo 540. Presunción de Inocencia.

Artículo 541. Información.

Artículo 542. Derecho a Ser Oído.

Artículo 543. Juicio Educativo.

Artículo 544. Defensas.

Artículo 545. Confidencialidad.

Artículo 546. Debido Proceso.

Artículo 547. Única Persecución.

Artículo 548. Excepcionalidad de la Privación de Libertad.

Artículo 549. Separación de Adultos.

Artículo 550. Proceso a Indígenas.

PROCEDIMIENTO

INVESTIGACIÓN

Artículo 551. Objeto.

Artículo 552. Competencia.

Artículo 553. Alcance.

Artículo 554. Diligencias.

Artículo 556. Querella.

Artículo 557. Detención en Flagrancia.

Artículo 558. Detención para Identificación.

Artículo 559. Detención para Asegurar la Comparecencia a la Audiencia Preliminar.

Artículo 560. Detención y Acusación.

Artículo 561. Fin de la Investigación.

Artículo 562. Sobreseimiento.

Artículo 563. Adolescentes Ausentes.

FÓRMULAS DE SOLUCIÓN ANTICIPADA

Artículo 564. Conciliación.

Artículo 565. Audiencia de Conciliación.

Artículo 566. Contenido de la Resolución que Acuerde Suspender el Proceso a Prueba.

Artículo 567. Efecto Interruptorio de la Prescripción.

Artículo 568. Incumplimiento.

Artículo 569. Remisión.

ACUSACIÓN Y AUDIENCIA PRELIMINAR

Artículo 570. La Acusación.

Artículo 571. Audiencia Preliminar.

Artículo 572. Adhesión.

Artículo 573. Facultades y Deberes de las Partes

Artículo 574. Limitación.

Artículo 575. Preparación.

Artículo 576. Desarrollo.

Artículo 577. Declaración del Imputado.

Artículo 578. Decisión.

Artículo 579. Auto de enjuiciamiento.

Artículo 580. Remisión de las Actuaciones.

Artículo 581. Prisión Preventiva Como Medida Cautelar.

Artículo 582. Otras Medidas Cautelares.

Artículo 583. Admisión de Hechos.

JUICIO ORAL

Artículo 584. Integración del Tribunal.

Artículo 585. Fijación del Juicio.

Artículo 586. Actuaciones Previas.

Artículo 587. Estudio C1ínico.

Artículo 588. Oralidad. Continuidad y Privacidad.

Artículo 590. Presencia del Acusado.

Artículo 589. Identidad Física del Juez y del Fiscal.

Artículo 591. Presencia del Defensor.

Artículo 592. Ausencia del Querellante.

Artículo 593. Apertura de la Audiencia Oral

Artículo 594. Declaración del Imputado.

Artículo 595. Facultades del Imputado.

Artículo 596. Ampliación de la Acusación.

Artículo 597. Recepción de Pruebas.

Artículo 598. Contradictorio. .

Artículo 599. Nuevas Pruebas.

Artículo 600. Discusión Final y Clausura.

Artículo 601. Deliberación.

Artículo 602. Absolución.

Artículo 603. Condena y Acusación.

Artículo 604. Requisitos de la Sentencia.

Artículo 605. Pronunciamiento.

Artículo 606. Acta del Debate.

RECURSOS

Artículo 607. Revocación.

Artículo 608. Apelación.

Artículo 609. Legitimación.

Artículo 610. Recurso de Casación.

Artículo 611. Revisión.

Artículo 612. Facultad de Recurrir en Revisión.

Artículo 613. Trámite, Procedencia y Efectos de los Recursos.

Artículo 614. Competencia para el Enjuiciamiento y el Control de la Ejecución.

Artículo 615. Prescripción de la Acción.

Artículo 616. Prescripción de las Sanciones.

Artículo 617. Evasión.

Artículo 618. Responsabilidad Civil.

Artículo 619. Perturbación Mental.

SANCIONES

Artículo 620. Tipos.

Artículo 621. Finalidad y Principios.

Artículo 622. Pautas para la Determinación y Aplicación.

Artículo 623. Amonestación.

Artículo 624. Imposición de reglas de Conducta.

Artículo 625. Servicios a la Comunidad.

Artículo 626. Libertad Asistida.

Artículo 627. Semi-libertad.

Artículo 628. Privación de Libertad.

EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS

Artículo 629. Objetivo.

Artículo 630. Derechos de la Ejecución de las Medidas.

Artículo 631. Derechos del Adolescente Sometido a la Medida de Privación de Libertad.

Artículo 632. Deberes del Adolescente Sometido a Medida de Privación de Libertad.

Artículo 633. Plan Individual.

Artículo 634. Lugares de Internamiento.

Artículo 635. Admisión.

Artículo 636. Funcionamiento de las Instituciones.

Artículo 637. Personal de las Instituciones.

Artículo 638. Reglamento Interno.

Artículo 639. Registro.

Artículo 640. Expediente.

Artículo 641. Internamiento de Adolescentes que Cumplan Dieciocho Años.

Artículo 642. Cuando el Adolescente esté Próximo a Egresar de la Institución.

Artículo 643. Ejecución de Medidas no Privativas de Libertad.

Articula 644. Ejecución de la Semi-Libertad.

Artículo 645. Cumplimiento.

CONTROL DE LAS MEDIDAS

Artículo 646. Competencia.

Artículo 647. Funciones del Juez.

JUSTICIA PENAL DEL ADOLESCENTE

MINISTERIO PÚBLICO Y POLICÍA DE INVESTIGACIÓN

Artículo 648. Ministerio Público.

Artículo 649. Oficialidad y Oportunidad.

Artículo 650. Funciones del Ministerio Publico.

Artículo 651. Policía de Investigación.

Artículo 652. Atribuciones

Artículo 653. Otros Cuerpos Policiales.

IMPUTADO Y DEFENSOR

Artículo 654. Imputado.

Artículo 655. Padres, Representantes o Responsables

Artículo 656. Defensor Público.

Artículo 657. Constitución de la Defensa.

Artículo 658. Defensor de Oficio.

Artículo 659. Defensor Auxiliar.

VÍCTIMA Y QUERELLANTE

Artículo 660. Víctima.

Artículo 661. Definición.

Artículo 662. Derechos de la Víctima.

Artículo 663. Asistencia Especial.

Artículo 664. Acción Penal Privada.

ÓRGANOS JURISDICCIONALES

Artículo 665. Jurisdicción.

Artículo 666. Constitución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal.

Artículo 667. Casación.

Artículo 668. Atribuciones.

Artículo 664. Escabinos.

Artículo 670. Servicios Auxiliares.

Artículo 671. Dotación.

TITULO VI

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Artículo 672. Órganos y Normativas.

Artículo 673. Transferencia de Entidades de Atención, Programas y Servicios.

Artículo 674. Instituto Nacional del Menor.

Artículo 675. Designación de Funcionarios de la Directiva Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos.

Artículo 676. Ausencia del Consejo de Protección.

Artículo 677. Ausencia del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente.

Artículo 678. Registró de Entidades de Atención, Defensorías y Defensores del Niño y del Adolescente.

Artículo 679. Registro o Inscripción en Caso de Ausencia del Consejo de Derechos.

Artículo 680. Procesos en Curso.

Artículo 681. Procedimiento Especial de Inscripción en el Registro Civil.

Artículo 682. Previsión Presupuestaria.

Artículo 683. Vigencia.

Artículo 684. Derogatorias.

Artículo 685. Publicación de la Ley.

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