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“Lima International School of Tomorrow” Reglamento Interno


Enviado por   •  9 de Junio de 2019  •  Exámen  •  14.891 Palabras (60 Páginas)  •  129 Visitas

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"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”

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COLEGIO BILINGÜE

“LIMA INTERNATIONAL SCHOOL OF TOMORROW”

Av. La Molina 3875, Urb. Sol de  La Molina – La  Molina

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REGLAMENTO INTERNO

2017

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 1326 DEL 19-OCT-94

TÍTULO I

INTRODUCCIÓN

El Colegio Bilingüe Lima International School of Tomorrow, uniendo esfuerzos con los miembros de la promotoría, administración, coordinación académica y  plana docente, ha revisado y actualizado el presente Reglamento Interno con la finalidad de tener un documento legal que respalde ampliamente las actividades educativas brindadas a la comunidad en esta casa de estudios.

Procuraremos transmitir el contenido de este documento a todos los miembros de la comunidad escolar, para su observación y cumplimiento.

CAPÍTULO I: BASES LEGALES R.M. Nº 0622-2013-ED

El C.B. “Lima International School of Tomorrow” basa su organización y funcionamiento de acuerdo a los lineamientos de la Constitución Política del Estado, la Ley General de Educación No. 23384, D.S. No. 5-84-DE, D.S. 03, a la Ley No. 26549 de Colegios Particulares, Ley 27665-02-ED Ley de Protección a la Economía Familiar,  al Reglamento y disposiciones enviadas por el Ministerio de Educación.

CAPÍTULO II: PRINCIPIOS Y FINES

El C.B. “Lima International School of Tomorrow” tiene como principios:

  • La educación es vida.
  • Una educación en valores puede traer un cambio positivo en la sociedad.
  • Los padres han recibido de Dios la responsabilidad de educar sus hijos en Sus caminos, y el colegio existe para apoyar este proceso.
  • El propósito de la educación es que el alumno aprenda a vivir de acuerdo con la voluntad de Dios y encontrar su plan para la vida.
  • La educación debe tener a la Biblia como centro de cada materia siendo único libro de fe y práctica cristiana.
  • La educación debe impartirse por modelos de conducta (maestros) cristiana.
  • El docente necesita haber tenido un encuentro personal con Dios y una vida en comunión con Él.
  • El alumno debe ser diagnosticado, y recibir material educativo de acuerdo con su potencial personal.
  • El aprendizaje del alumno ha de ser controlado y motivado, y el alumno debe ponerse metas razonables que puedan realizarse dentro de un tiempo determinado.

El C.B. “Lima International School of Tomorrow” tiene como fines:

  1. Rescatar al ser humano en su relación con Dios y llamarlo a una vida de servicio a través de una Educación Cristiana auténtica cuya finalidad trascendente tiene que ver con el sentido de vida y el llamado a participar con la Constitución  de una sociedad justa y solidaria que requiere nuestra nación.
  2. Formar íntegramente a los educandos, promoviendo con ellos el desarrollo de su personalidad y el respeto a la persona humana y su vocación por forjar un mundo más justo, libre, fraterno y de plena participación.
  3. Forjar en el educando las más altas normas de trabajo académico, de espíritu solidario y amor cristiano, en concordancia con los valores cristianos.
  4. Fomentar a los educandos el conocimiento,  la práctica del idioma inglés, el arte, la ciencia a través de una educación individualizada; y promover en ellos el espíritu de integración nacional, latinoamericana y de solidaridad internacional.

OBLIGATORIEDAD Y REESTRUCTURACIÓN DEL   REGLAMENTO                                        

Reestructuración del reglamento interno en lo referido a la separación y suspensión de carácter temporal o definitivo, (Artículo 53° inciso a) de la ley N° 28044- Ley General de Educación). En tal sentido, “ los reglamentos internos de las instituciones educativas públicas y privadas no deben afectar la integridad moral, psíquica y física, y el desarrollo educativo de los estudiantes. Está totalmente prohibido aplicar sanciones que impliquen cualquier tipo de maltrato hacia los derechos de los niños, niñas y adolescentes amparados en el Código de los Niños y adolescentes”. Los castigos físicos o psicológicos no constituyen recursos educativos a utilizarse como medidas disciplinarias; y en el Artículo 16° y Artículo 18° del Código de los Niños y Adolescentes, establecidos en las normas legales de la presente.

TÍTULO II

DEBERES Y DERECHOS

CAPÍTULO III: DEL PERSONAL DIRECTIVO

DERECHOS Y DEBERES DE LA DIRECCIÓN

El Órgano de Dirección es el responsable de planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desenvolvimiento Técnico-Pedagógico y Administrativo del Centro Educativo.  Está representado por el Director.

El Director es designado por la Entidad Promotora y reconocido por la autoridad educativa conforme a Ley.

El Director es la primera autoridad del Centro, su representante legal y la autoridad plenamente responsable del funcionamiento académico y administrativo del Plantel ante el Ministerio de Educación y ante la Entidad Promotora del Plantel.  Asimismo, lo es para todos los aspectos legales concernientes a las exigencias que demanda el adecuado funcionamiento del Centro Educativo.

El Director ejerce el cargo a tiempo completo, su función es incompatible con el ejercicio de otro cargo remunerado.

Son funciones del Director:

  1. Representar legalmente al colegio.
  2. Planificar las acciones educativas (Plan Anual) con la participación de la Dirección Académica, Personal Directivo y con colaboración de los representantes de la Promotoría.
  3. Organizar, dirigir, supervisar y controlar las acciones Técnico-Pedagógicas y Administrativas, en concordancia con los fines, objetivos del Centro Educativo.
  4. Aprobar el Plan Anual de Trabajo del CB “Lima International School of Tomorrow”.
  5. Proponer a la entidad promotora para la aprobación del Reglamento Interno del Plantel.
  6. Instalar y presidir el Comité de Pensiones y Becas que oriente su organización y funcionamiento.
  7. Nombrar al personal y rescindir cuando sea el caso, el vínculo laboral con el Colegio, y de manera general, administrar el personal Magisterial y no Magisterial.
  8. Aplicar las disposiciones administrativas emanadas de la entidad promotora y de las autoridades competentes.
  9. Organizar, supervisar y evaluar la administración general del Centro Educativo.

DERECHOS Y DEBERES DE ASESORIA, COORDINADORES, ETC.

Sus responsabilidades están determinadas por normas específicas y el desenvolvimiento laboral de los profesionales o especialistas que los integran se rige por la normatividad pertinente y vigente.

Comité de Defensa Civil:

 Sus  funciones son las siguientes:

- Conformar y activar la Comisión Permanente de Defensa Civil.
- Plan de Contingencia.
- Emitir un Informe técnico de la inspección a la infraestructura que haya realizado un

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