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Los Juicios Orales En Mexico


Enviado por   •  19 de Junio de 2012  •  3.967 Palabras (16 Páginas)  •  921 Visitas

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ENSAYO

Los Juicios Orales son procesos judiciales en los que reina la transparencia y la eficiencia, toda vez que los casos son ventilados públicamente, frente a la presencia del Juez y de las partes, y donde acusados y víctimas tienen la oportunidad de presentar sus argumentos de viva voz, frente a todos.

La oralidad en la justicia es parte de un sistema judicial de tipo acusatorio, que incluye también otros componentes importantes como son las salidas alternas, la mediación y la profesionalización de policías, jueces, ministerios públicos y defensores.

Los Juicios Orales buscan hacer que la justicia sea rápida, transparente y de calidad.

“En los países con mejores sistemas democráticos (es decir en aquellos que cuentan con democracias de calidad) el derecho penal es una herramienta plenamente humanizada, responsable y eficaz, dirigida a la aplicación estricta de la ley y no a la extorsión de quienes caen en sus redes”.

Esto lo menciona Carbonell en su libro al inicio y me parece interesante de tal cita lo siguiente: ¿Por qué considera que un proceso de democratización sea el impulso o base de una mejora en materia penal?

Será acaso que gracias a la democracia o lo que busca la democracia, es decir, esa participación popular también vista como transparencia en todo acto o actos de las autoridades sea motor a una reforma que nos lleve del proceso penal inquisidor al proceso penal acusatorio, lo cual resultaría interesante ver el proceso de cambio a lo largo del sistema, dado a que esta reforma no puede ser tomada tan a la ligera, ya que al hablar de juicios orales no solamente se estará hablando de incluir el principio de la oralidad al proceso, sino se tendrá que buscar la forma de adecuar las instalaciones para llevar los asuntos, el instruir a los jueces, se busca que exista un juez de garantías, también se busca que se respete el principio de inmediatez del juez, las sesiones del litigio se llevaran a cabo frente a un juez o puede ser colegiado.

Pero me parece de igual manera interesante el ver el proceso legislativo, y sobre todo los motivos en que se puede basar el legislador par realizar tal reforma, porque debido a que el estado es creado por el pueblo y para el pueblo, debe de brindar los mejores servicios y de la mejor forma ya que en muchos casos se puede ver al usuario indefenso un mal sistema penal.

La instauración de juicios orales en el país, una de las propuestas de reforma penal que más polémica ha generado.

En especial si en la reforma sólo se aprueban los juicios orales, sin hacer cambios en los Ministerios Públicos ni en las policías, que es donde, actualmente, se concentran los principales problemas de corrupción e ineficiencia.

En sí, la propuesta de transitar de los juicios escritos a un sistema oral ha propiciado opiniones encontradas de una legislatura a otra, entre los académicos, los integrantes del Poder Judicial e incluso entre el ex presidente Vicente Fox y el actual titular del Ejecutivo, Felipe Calderón.

Pero, después de varios años, finalmente la iniciativa logró contar con el respaldo de quienes tienen en sus manos el poder de decisión en este caso: los legisladores de ambas cámaras del Congreso de la Unión.

La implementación de los juicios orales ha sido impulsada desde hace casi una década por empresarios, Organismos No Gubernamentales y gobiernos extranjeros, como el del Reino Unido.

Cada uno de los interesados, desde sus diferentes “trincheras”, fueron logrando que este tema se consolidara poco a poco, primero en los estados y ahora a nivel federal.

De primera instancia, por ejemplo, el Gobierno del Reino Unido, buscó impulsar que los juicios orales se instauraran a nivel federal, pero debido a que su propuesta no prosperó, decidieron comenzar el cambio por los estados.

El juicio acusatorio oral, podemos decir que ha adquirido carta de naturalización en las diversas legislaciones de los países de Latinoamérica, procurando con ello obtener un proceso que tiene como característica fundamental la de brindar una amplía protección a la víctima e incluirla como parte principal en todas sus fases. Se opone así al sistema inquisitivo en que la víctima no tiene participación alguna o si la tiene queda reservado como simple espectador y constreñida a la reparación del daño.

La introducción del juicio oral en los países latinoamericanos no ha sido simultánea, sin embargo, en los últimos quince años se apresuró esta figura procesal penal con el fin de implementarlo de acuerdo con las características de cada país.

La concepción de la existencia de un juicio pleno parte en primer orden de la necesaria y absoluta distinción entre la facultad de acusar y la de juzgar y aquí comienza a vislumbrarse en cualquier legislación el principio acusatorio que debe regir el juicio oral.

Para cumplir estos fundamentos del juicio pleno y salvaguardar una verdadera forma de enjuiciar acusatoria, se ha concluido que la vía más efectiva es la oralidad, vista ella no como un principio en sí mismo, sino como una regla o instrumento que permite el fiel cumplimiento de los apuntados principios que rigen el juicio oral por encima de los sistemas escritos que no incorpora aquellos que plenamente se cumplen en un proceso oral.

Aún cuando el proceso penal esté precedido por una fase investigativa, que sin lugar a dudas dada su esencia inquisitiva restringe las normas que rigen un proceso acusatorio, este en el caso del juicio oral, sólo estará presente si la fundamentación de la decisión del Tribunal está exclusivamente basada en el material probatorio sometido a debate de forma oral en el juicio.

La instauración de los juicios orales en nuestro país, es una de la propuestas de reforma penal que mas polémica ha generado y ahora es un hecho.

El análisis de los preceptos que guían la ejecución de los juicios escritos que caracterizan a nuestro actual sistema penal, sus resultados y las repercusiones que están generando en los subsistemas de procuración y ejecución penal que integran el sistema de impartición de justicia penal, nos permite identificar resultados adversos al ideal de justicia plasmado en nuestra Carta Magna

La función jurisdiccional como símbolo de estabilidad e imparcialidad presupone un sistema eficaz de operación para individualizar la aplicación de la norma el cual está sustentado en principios de independencia, eficiencia, accesibilidad y certeza, no obstante, en su forma actual trabaja con mecanismos fríos, ritualistas y burocráticos, con lo cual, lejos de lograr

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