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Los derechos laborales de los trabajadores de construcción civil


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  Trabajos  •  1.949 Palabras (8 Páginas)  •  950 Visitas

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20. Uniforme de trabajo:

Los empleadores de la construcción otorgaran al inicio de su relación laboral acada uno de sus trabajadores que laboran en obras públicas o privadas que emplean a 20 o masa trabajadores, 2 overoles tipo estándar, sin que existaobligación del trabajador de devolverlo al término de su relación laboral

21. Botiquín:

Las normas básicas de seguridad obligan a las empresas constructoras a tener en sus obras un botiquín de ´primeros auxilios

22. destaque de trabajadores:

El trabajador de construcción civil que es destacado a trabajar fuera de la jurisdiccióndonde reside habitualmente d se le deberá otorgar, movilidad, alimentación y alojamiento.

En estos casos si el trabajador acepta el traslado deberá de firmar un contrato escrito y por triplicado con su empleador donde se establezcan las condiciones de su destaque.

23. Facilidades al comité de obra:

Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a que sus empleadores les faciliten un lugar adecuado de la obra, para el funcionamiento del comité de obra, sin entorpecer el normal desarrollo de la obra.

El comité de obra (comité sindical ó sección sindical)se constituye con los trabajadores de la obra registrados en los libros de planilla, así mismo recordamos que el comité de obra se aleje cuando el numero de trabajadores alcanza a 20 o mas , y solo se nombra (02) delegados cuando el numero de trabajadores es mayor de 5 y menor a 20.

La constitución del comité de obra y elección de ls dirigentes se debe efectuar en asamblea con votación de los trabajadores asistentes, debiéndose comunicar al empleador y al ministerio de trabajo, acompañando a esta comunicación el Acta de la Asamblea de Constitución y elección de la Junta Directiva.

24. licencia sindical:

Tienen derecho a gozar de licencia sindical, hasta dos dirigentes del comité de obra en los casos que se tengan que acudir ante las autoridades u organismo de grado superior, si en la obra laboran dirigentes del sindicato o federación se les deberá otorgar permiso sindical previa solicitud.

Las licencias son pagadas, es decir los dirigentes no pierden sus salarios, para que se les otorgue el permiso sindical este debe ser solicitado ante el representante del empleador y presentar posteriormente el documento probatorio, la legislación nacional establece como limite anual a 30 permisos, pudiéndose superar por acuerdo de partes.

25.-Permiso por duelo

Los trabajadores de construcción civil gozan de tres(3) días de permiso con goce de salario, en caso de fallecimiento de padres, conyugue e hijos, debidamente comprobado, este permiso es aplicable para las tres categorías.

26.-Primero de mayo

Es un dia especial, en que el trabajador tiene derecho a percibir el integro de su remuneración y descansar, en caso de que el dia internacional de los trabajadores coincida con el dia de descanso semanal obligatorio del trabajador, este tiene derecho a que se pague no solo su dia de descanso, sino que ademas una remuneración adicional por el primero de mayo.

27.-Descanso por el “Dia de los Trabajadores en Contruccion Civil”

El 25 de octubre de cada año se celebra el “dia de los trabajadores en construcción civil”,por tanto en este dia el trabajador percibirá el pago de su salario sin laborar, la forma de pago se aplica el mismo tratamiento de los feriados remunerados. Esta descanso o feriado es gremial.

28.-Permiso para atenderse en EsSalud

Cuando el trabajador tenga que asistir a atenderse a essalud, por una enfermedad común se comunicara a su empleador un día antes de la atención, pero si es una urgencia medica o accidente de trabajo, se comunicara de inmediato y el empleador otorgara el permiso correspondiente para su atención ambulatoria teniendo en cuenta el lugar de donde se realiza la atención medica sin perjuicio de su salario dominical o del día de descanso obligatorio.

29.- Descuento Sindicales

Los empleadores están obligados a descontar de la remuneración del trabajador, en la oportunidad de pago las cuotas sindicales ordinarias o extraordinarias fijadas en los estatutos del referido sindicato previa solicitud de la organización sindical.

El descuento sindical se efectiviza a travez de las empresas constructoras y a los ingenieros contratistas, quienes deberán prestar la facilidades necesarias para que se efectue la cobranza de las mismas.

Las gestiones se efectuaran a través del comité de obra del sindicato representativo a fin de que se efectue el descuento por caja.

30.-Asignacion por sepelio

Las empresas constructoras deberán abonar a los familiares de los trabajadores fallecidos durante la vigencia del contrato de trabajo, que acrediten los gastos de sepelio por concepto de mortuorio, la asignación de una (01) UIT, siempre que el costo del presupuesto de la obra sea igual o mayor a 500 UIT.

31.- Estabilidad en el trabajo

La estabilidad de trabajador de construcción civil es relativa, solo se garantiza trabajo mientras dure la labor para la que fue contratado; es decir, que por la naturaleza eventual de su actividad, su permanencia en la obra se limita a la duración de la ejecución de la labor específica que realiza.

El empleador en una obra, solo puede despedir a los trabajadores de esta, sin previo aviso de despedida, a condición de que dicho acto se efectué el día de cierre de la semana laboral.

Los trabajadores de construcción civil podrán ser despedidos al cierre de la semana, sin previo aviso, siempre y cuando haya concluido la labor para la cual fueron contratados.

32.- SENCICO

Los trabajadores de la construcción tienen derecho a que se les de facilidades para que asistan a los cursos teóricos y practicos que dicte SENCICO dentro del horario que señale.

Esta obligación estará a cargo de las empresas constructoras e ingenieros constructores que igualmente tienen intereses en que los trabajadores acudan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción.

33.- SEGURO DE VIDA

Los empleadores de contruccion contrataran a favor de sus trabajadores con contrato vigente la POLIZA DE SEGURO essalud + vida, adicional al seguro complementario por trabajo de riesgo

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