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Modelo Demanda Laboral


Enviado por   •  27 de Junio de 2013  •  1.764 Palabras (8 Páginas)  •  5.646 Visitas

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Señor

Juez Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Valledupar (reparto)

E.S.D

JAIME ENRIQUE MANJARREZ BARANDICA, mayor de edad, domiciliado y residenciado en Valledupar cesar, identificado con la cedula de ciudadanía No 1065610516 expedida en Valledupar Cesar, miembro activo del CONSULTORIO JURIDICO DE LA UNIVERSIDAD DE SANTANDER UDES Valledupar, según certificado otorgado por la directora de consultorio jurídico, portadora del código No 08292049, obrando en mi condición de apoderado especial de la señora MARIA EMILSE CONTRERAS BOTELLO, quien es mayor de edad, identificada con la cedula de ciudadanía 30.187.662 expedida en Fortul (Arauca) y domiciliada en Valledupar, por medio del presente manifiesto a usted respetuosamente que presento demanda ordinaria de única instancia contra el señor AZAEL JOSE PADILLA GUERRA propietario del establecimiento de comercio FRUTIKA’S AP, quien es mayor de edad identificado con la C.C. No 78.697.433 domiciliado y residente en Valledupar, de acuerdo con los siguientes.

HECHOS

1) Mi poderdante celebro con el demandado contrato individual de trabajo el 26 de enero de 2010.

2) El contrato de trabajo se celebro por escrito.

3) La modalidad pactada fue por obra o labor contratada.

4) El contrato suscrito, trata de vincular una empresa de servicios temporales.

5) Mi poderdante no fue contratado para realizar labores transitorias, ocasionales o accidentales.

6) Mi poderdante no fue contratado para realizar, para reemplazar personal en vacaciones o licencias.

7) Mi poderdante no fue contratad para cubrir aumento en la producción.

8) Mi poderdante fue contratado directamente por el señor AZAEL JOSE PADILLA GUERRA

9) Mi poderdante fue contratada como AUXILIAR DE COCINA

10) Mi poderdante devengaba un salario de QUINIENTOS QUINCE MIL PESOS MCTE ($ 515.000.00) mensuales.

11) El demandado dio por terminado unilateralmente el contrato de trabajo a mi poderdante sin justa causa el 18 de septiembre del 2010.

12) A mi poderdante no le cancelaron la indemnización por despido sin justa causa.

13) Mi poderdante no fue afiliada por el señor AZAEL JOSE PADILLA GUERRA al régimen de salud.

14) Mi poderdante no fue afiliada por el señor AZAEL JOSE PADILLA GUERRA al régimen de pensiones.

15) Mi poderdante no fue afiliada por el señor AZAEL JOSE PADILLA GUERRA al régimen de riesgos laborales.

16) Mi poderdante no fue vinculado a una caja de compensación familiar

17) El demandado no informo al demandante dentro de los 60 días siguientes a su despido el estado de sus cotizaciones a seguridad social y parafiscalidad.

PRETENCIONES

1) Que se declare que entre mi poderdante y el demandado existió un contrato de trabajo a termino indefinido que inicio el 26 de enero del 2010 y finalizo el 18 de septiembre del 2010

2) Que se declare que el demandado despidió a mi poderdante sin justa causa el 18 de septiembre de 2010

3) Que se condene al demandado a cancelar la indemnización sin justa causa prevista en el art 64 del código sustantivo del trabajo correspondiente a QUINIENTOS QUINCE MIL ($ 515000) pesos.

4) Que se condene al demandado a realizar las cotizaciones a seguridad social en pensiones en la administradora que elija mi poderdante en el periodo comprendido del 26 de enero del 2010 al 18 de septiembre del 2010.

5) Que se condene al demandado a realizar las cotizaciones a seguridad social en salud en la EPS que elija mi poderdante en el periodo comprendido del 26 de enero del 2010 al 18 de septiembre del 2010.

6) Que se conde al demandado a cancelar la indemnización por ineficacia del despido, consistente en el pago de un día de salario por cada día de retardo, cesantías, intereses de cesantías, primas de servicio y vacaciones desde el día 18 de septiembre de 2010 hasta cuando cumpla con sus obligaciones a la seguridad social integral y parafiscalidad.

7) Que se condene al demandado al pago de las costas del proceso.

FUNDAMENTOS Y RAZONES DE DERECHO

Mi demanda se fundamenta en las siguientes disposiciones legales:

Código sustantivo del trabajo:

Articulo 23 porque es la disposición esencial que permite mirar si se tienen los tres elementos esenciales para que se dé la existencia del contrato de trabajo.

Artículo 25porque es la disposición que permite que al contrato se le apliquen las normas contenidas en este código sin que pierda su naturaleza jurídica, y sin importar que el contrato esté involucrado en concurrencia.

Articulo 47 porque es la disposición que estipula el contrato término indefinido el cual celebro mi poderdante en donde la terminación no se encuentra determinada por una obra o naturaleza de la labor contratada.

Articulo 64 porque es la disposición que estipula que en caso de terminación del contrato unilateral sin justa causa por parte del empleador.

Articulo 65 porque es la disposición que estipula que para proceder a la terminación de contrato de trabajo establecido en el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, el emperador le deberá informar al trabajador a la última dirección registrada, dentro de los 60 días siguientes a la terminación del contrato de trabajo, el estado de pago de las cotizaciones de seguridad social y parafiscalidad sobre los salarios de los últimos tres (3) meses anteriores al contrato, adjuntando los comprobantes de pago que lo certifiquen.

Esta disposición también estipula que si el empleador no pueda demostrar el pago de dichas cotizaciones y se demuestra la actuación de mala fe por parte del empleador, la terminación del contrato de trabajo no producirá ningún efecto.

En este caso en especifico se puede constatar la mala fe por parte del empleador al momento en que se trata de modificar la naturaleza del contrato de trabajo suscrito con mi poderdante, ya que se le hizo firmar un contrato de trabajo de trabajo por obra o labor determinada

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