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NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS SOBRE CRITERIOS Y ACCIONES PARA EL DISEÑO ESTRUCTURAL DE LAS EDIFICACIONES


Enviado por   •  28 de Mayo de 2013  •  4.015 Palabras (17 Páginas)  •  1.001 Visitas

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NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS

SOBRE CRITERIOS Y ACCIONES PARA EL DISEÑO

ESTRUCTURAL DE LAS EDIFICACIONES

ÍNDICE

Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para el Diseño Estructural de las Edificaciones

NOTACIÓN

1. CONSIDERACIONES GENERALES

1.1 Alcance

1.2 Unidades

2. ACCIONES DE DISEÑO

2.1 Tipos de acciones, según su duración

2.2 Intensidades de diseño

2.3 Combinaciones de acciones

3. CRITERIOS DE DISEÑO ESTRUCTURAL

3.1 Estados límite

3.2 Resistencias de diseño

3.2.1 Definición

3.2.2 Determinación de resistencias de diseño

3.3 Condiciones de diseño

3.4 Factores de carga

4. ESTADOS LÍMITE DE SERVICIO

4.1 Desplazamientos

4.2 Vibraciones

4.3 Otros estados límite

5. ACCIONES PERMANENTES

5.1 Cargas muertas

5.1.1 Definición y evaluación

5.1.2 Peso muerto de losas de concreto

5.2 Empujes estáticos de tierras y líquidos

6. CARGAS VARIABLES

6.1 Cargas vivas

6.1.1 Definiciones

6.1.2 Disposiciones generales

6.1.3 Cargas vivas transitorias

6.1.4 Cambios de uso

6.2 Cambios de temperatura

6.3 Deformaciones impuestas

6.4 Vibraciones de maquinaria

Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para el Diseño

Estructural de las Edificaciones

NOTACIÓN

A área tributaria, m²

ct coeficiente de dilatación térmica

E módulo de elasticidad, MPa (kg/cm²)

FC factor de carga

W carga viva unitaria media, kN/m² (kg/m²)

Wa carga viva unitaria instantánea, kN/m² (kg/m²)

Wm carga viva unitaria máxima, kN/m² (kg/m²)

Dt incremento de temperatura, grados Kelvin (° C)

n relación de Poisson

1. CONSIDERACIONES GENERALES

1.1 Alcance

Este documento tiene los siguientes objetivos:

a) Definir las acciones que pueden obrar sobre las construcciones, así como sus posibles efectos sobre ellas y la forma de tomarlos en cuenta para fines de diseño estructural.

b) Establecer las condiciones de seguridad y de servicio que deberán revisarse al realizar el diseño estructural de una construcción, así como los criterios de aceptación relativos a cada una de dichas condiciones, de manera de satisfacer lo estipulado en el artículo 147 del Reglamento.

c) Establecer las combinaciones de acciones que deberán suponerse aplicadas simultáneamente para revisar cada una de las condiciones de seguridad y servicio establecidas de acuerdo con lo que se menciona en el inciso anterior.

1.2 Unidades

Sólo se especifican las unidades en las ecuaciones no homogéneas, cuyos resultados dependen de las unidades en que se expresen. En cada uno de esos casos, se presenta, en primer lugar, la ecuación en términos de unidades del sistema internacional (SI), y en segundo lugar, entre paréntesis, en términos de unidades del sistema métrico decimal usual.

Los valores correspondientes a los dos sistemas no son exactamente equivalentes, por lo que cada sistema debe utilizarse con independencia del otro, sin hacer combinaciones entre los dos.

2. ACCIONES DE DISEÑO

2.1 Tipos de acciones, según su duración

Se considerarán tres categorías de acciones, de acuerdo con la duración en que obran sobre las estructuras con su intensidad máxima:

a) Las acciones permanentes son las que obran en forma continua sobre la estructura y cuya intensidad varía poco con el tiempo. Las principales acciones que pertenecen a esta categoría son: la carga muerta; el empuje estático de suelos y de líquidos y las deformaciones y desplazamientos impuestos a la estructura que varían poco con el tiempo, como los debidos a presfuerzo o a movimientos diferenciales permanentes de los apoyos;

b) Las acciones variables son las que obran sobre la estructura con una intensidad que varía significativa-mente con el tiempo. Las principales acciones que entran en esta categoría son: la carga viva; los efectos de temperatura; las deformaciones impuestas y los hundimientos diferenciales que tengan una intensidad variable con el tiempo, y las acciones debidas al funcionamiento de maquinaria y equipo, incluyendo los efectos dinámicos que pueden presentarse debido a vibraciones, impacto o frenado; y

c) Las acciones accidentales son las que no se deben al funcionamiento normal de la edificación y que pueden alcanzar intensidades significativas sólo durante lapsos breves. Pertenecen a esta categoría: las acciones sísmicas; los efectos del viento; las cargas de granizo; los efectos de explosiones, incendios y otros fenómenos que pueden presentarse en casos extraordinarios. Será necesario tomar precauciones en las estructuras, en su cimentación y en los detalles constructivos, para evitar un comportamiento catastrófico de la estructura para el caso de que ocurran estas acciones.

2.2 Intensidades de diseño

Cuando deba considerarse en el diseño el efecto de acciones cuyas intensidades no estén especificadas en este Reglamento ni en sus Normas Técnicas Complementarias, estas intensidades deberán establecerse siguiendo procedimientos aprobados por la Administración y con base en los criterios generales siguientes:

a) Para acciones permanentes se tomará en cuenta la variabilidad de las dimensiones de los elementos, de los pesos volumétricos y de las otras propiedades relevantes de los materiales, para determinar un valor máximo probable de la intensidad. Cuando el efecto de la acción permanente sea favorable a la estabilidad de la estructura, se determinará un valor mínimo probable de la intensidad;

b) Para acciones variables se determinarán las intensidades siguientes que correspondan a las combinaciones de acciones para las que deba revisarse la estructura:

1) La intensidad máxima se determinará como el valor máximo probable durante la vida esperada de la edificación. Se empleará para combinación con los efectos de acciones permanentes;

2) La intensidad instantánea se determinará como el valor máximo probable en el lapso en que pueda presentarse una acción accidental, como el sismo, y se empleará para combinaciones que incluyan acciones accidentales o más de una acción variable;

3) La intensidad media se estimará como el valor medio que puede tomar la acción en un lapso de varios años y se empleará para estimar efectos a largo plazo; y

4) La

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