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PRINCIPIO DE INDIVISIBILIDAD


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  Informes  •  947 Palabras (4 Páginas)  •  1.240 Visitas

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PRINCIPIO DE INDIVISIBILIDAD.

En Este punto debemos hacer referencia a que la doctrina y jurisprudencia no desarrolla el principio bajo su denominación, sino que abarca este tema como la eficacia y valor probatorio de los libros de comercio, por esta razón en un principio vamos a aportar una información muy puntual y en forma general sobre los libros de comercio y aquí las obligaciones del comerciante, puesto que esto va a ser tema de estudio mas adelante y luego si entraremos en materia la explicación de este principio apoyándonos para ella de manera didáctica con aportes de doctrinantes, ejemplos y jurisprudencia.

Cuáles son las obligaciones de los comerciantes?

•Matricularse en el registro mercantil

• Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos sobre los cuales la ley exija esta formalidad.

•Llevar la contabilidad de sus negocios.

•Conservar la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios.

•Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago de sus obligaciones.

• Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.

Son documentos en donde los comerciantes, realizan los registros o asientos de sus operaciones mercantiles, transacciones, y se insertan las situaciones con valor monetario sucedidas en el desarrollo de sus actividades económicas, formando parte integral de la contabilidad.

ARTÍCULO 49. <LIBROS DE COMERCIO - CONCEPTO>. Para los efectos legales, cuando se haga referencia a los libros de comercio, se entenderán por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios para el completo entendimiento de aquéllos.

Los libros deben conformarse y diligenciarse en forma tal que se garantice su autenticidad e integridad. Cada libro, de acuerdo con el uso a que se destina, debe llevar una numeración sucesiva y continua. Las hojas y tarjetas deben ser codificadas por clase de libros.

Atendiendo las normas legales, la naturaleza del ente económico y a la de sus operaciones, se deben llevar los libros necesarios para:

1. Asentar en orden cronológico todas las operaciones, bien en forma individual o por resúmenes globales no superiores a un mes.

2. Establecer mensualmente el resumen de todas las operaciones por cada cuenta, sus movimientos debitó y crédito, combinando el movimiento de los diferentes establecimientos.

3. Determinar la propiedad del ente, el movimiento de los aportes de capital y las restricciones que pesen sobre ellos.

4. Permitir el completo entendimiento de los anteriores. Para tal fin se deben llevar, entre otros, los auxiliares necesarios para:

a) Conocer las transacciones individuales, cuando estas se registren en los libros de resumen en forma global;

b) Establecer los activos y las obligaciones derivadas de las actividades propias de cada establecimiento, cuando se hubiere decidido llevar por separado la contabilidad de sus operaciones;

c) Conocer los códigos o series cifradas que identifiquen las cuentas, así como los códigos o símbolos utilizados para describir las transacciones, con indicación de las adiciones, modificaciones, sustituciones o cancelaciones que se hagan de unas y otras;

d)

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