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Poder y soberania


Enviado por   •  13 de Enero de 2016  •  Resúmenes  •  8.766 Palabras (36 Páginas)  •  256 Visitas

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EXISTEN REGLAS DE CONDUCTA

NORMAS RELIGIOSAS:

Son aquellas que se acatan porque se tiene fe en una tendencia o corriente espiritual de creencias que se basan en la existencia de una divinidad sobre natural, es decir, la convicción que se tiene de que existe un ser superior que nos ofrece protección y, la esperanza de un mundo mejor, en el caso de que se sigan  sus lineamientos y preceptos, sus normas y no se cometan actos contrarios al orden público y a las buenas costumbres, lo cual le corresponde a cada quien elegir hacer o no hacer, pero en este tipo de normas es el fuero interno de cada quien el que decide sin coacción externa de ninguna naturaleza  hacer lo que dicta ese ser superior en cuestión, que en el caso de muchos es JEHOVA DIOS.

NORMAS MORALES:

Son aquellas constituidas por los valores y principios que están arraigados en los individuos desde su nacimiento, que se les inculca en el hogar y se les afianza en la escuela, por lo tanto crecen y se desarrollan en un ambiente sano, sustentado por las buenas costumbres y el buen orden de las familias. Su acatamiento ha de ser espontaneo, su cumplimiento corresponde al fuero interno de cada persona, ya que, no existen medios compulsivos capaces de obligar a nadie a someterse a tales normas, su cumplimiento se deja al libre arbitrio.

NORMAS JURÍDICAS:

Son aquellas que se caracterizan porque su establecimiento resulta de la voluntad del Estado que las declara de obligatorio cumplimiento y para su efectiva aplicación esta llega a alcanzarse aún en contra de la voluntad del obligado.

Entonces el Derecho es:

El conjunto de normas y reglas impuestas por el Estado y que regulan la conducta de los individuos que integran la población que constituye dicho Estado, por lo que son de obligatorio cumplimiento, porque de ser infringidas acarrean una sanción o pena. Es que la actuación del hombre en sociedad requiere de una ordenación establecida, es decir, reglas que permitan la convivencia humana y faciliten armonizar el desenvolvimiento del hombre. Por eso, es que es necesario la imposición o establecimiento de reglas de conducta.

ACEPCIONES FUNDAMENTALES DE LA PALABRA DERECHO

DERECHO OBJETIVO:

Se traduce por ordenamiento jurídico y, se define como un conjunto de normas que regulan la convivencia social. Tiene su fuente principal en el Estado y se distingue por la coactividad, ya que puede imponerse en caso necesario mediante el uso de la fuerza. De allí que se designe al Derecho Objetivo como el conjunto de preceptos, reglas o leyes que gobiernan la actividad humana en la sociedad, y cuya observación está sancionada en caso de ser necesario por la fuerza pública.

DERECHO SUBJETIVO:

Es el conjunto de facultades o prerrogativas útiles a una persona, por cuya causa otra ejecuta un hecho, se abstiene de obrar o pude ser exigida a la prestación de un servicio, de entregar algún bien. Estas facultades, poderes o autorizaciones son reconocidos a los particulares miembros de la comunidad por el ordenamiento jurídico, son facultades o beneficios concedidos por la ley, que designa pues, las facultades o prerrogativas pertenecientes a un individuo y de las cuales puede prevalerse respecto a sus semejantes en el ejercicio de su actividad. Cada facultad o prerrogativa constituye un derecho determinado por ejemplo: el derecho de propiedad, el derecho de patria potestad.

El Derecho Subjetivo solo puede ejercitarse bajo el control del Derecho Objetivo para que sea eficaz es preciso que a cada derecho del individuo corresponda un deber jurídico u obligación. Se concibe como un poder de mando, pero todo mando en unos supone la obediencia en otros. Por ejemplo: el derecho de crédito mediante la obligación impuesta al deudor de cumplir tal prestación en derecho del acreedor. El derecho de propiedad mediante la obligación que pesa sobre los individuos que conforman la comunidad como sujetos pasivos de respetar el uso y el goce exclusivo por el propietario de la cosa sobre la que recae su derecho de propiedad. Es indudable que estos deberes u obligaciones tienen necesidad de ser sancionados, impuestas estas sanciones por la fuerza pública si es preciso. Haciendo eficaz un precepto de Derecho Objetivo entre estos sentidos del derecho existe una íntima conexión que hace que no se conciba el uno sin el otro, ya que el Derecho Subjetivo supone una norma que lo regule y el Derecho Objetivo una facultad a regular.

DERECHO VIGENTE:

Son el conjunto de normas dictadas por el poder público a través del órgano competente, siendo declaradas de obligatorio cumplimiento en un país determinado y en una cierta época.

La vigencia de una norma jurídica implica eficacia, ser eficaz, para el momento en que se pretenda aplicar o invocar, o sea, que ha de tener vigor actual.

El ordenamiento jurídico de un Estado no está solo formado por las normas legales y por los preceptos consuetudinarios que el poder público reconoce como de obligatorio cumplimiento, sino también por aquellas decisiones judiciales reiteradas que han adquirido el carácter de jurisprudencia, un ejemplo de todo lo anteriormente mencionado es la normativa dictada por el Estado para regular la materia procesal penal a través del ´Código de Enjuiciamiento Criminal que estuvo vigente hasta que fue derogada por el Código Orgánico Procesal Penal que aplica un instrumento acusatorio a cambio de un instrumento inquisitivo.

DERECHO POSITIVO:

Conjunto de normas que dicta el Poder Público de un Estado con arreglo al procedimiento pautado para tales fines.

DIFERENCIAS ENTRE EL DERECHO POSITIVO Y EL DERECHO VIGENTE

Radica en que existe un Derecho Positivo del pasado que tuvo su vigencia en una época antigua y podemos encontrarnos con un Derecho Positivo del presente naturalmente con una vigencia actual. Ello nos conduce a indicar que no todo derecho positivo es vigente. La vigencia equivale a la fuerza de obligar coercitivamente que reviste a una o más normas jurídicas.

DERECHO NATURAL:

Hay dos características que hay que considerar:

Una según la cual Derecho Natural es el que surge de la razón humana y de la naturaleza misma de las cosas y por eso es inmutable y eterno.

La otra según la cual al Derecho Natural como Derecho Natural se le propone como meta o modelo al que debería tender el Derecho Positivo, ya que, es un derecho que existe anterior a la formación del Estado, un cuerpo de reglas que la razón y el sentido común puede descubrir analizando la naturaleza del hombre, tal como Dios lo ha creado, sus principios no necesitan ser consagrados expresamente por el gobernante, se imponen a él y están vigente para todos los seres y pueblos del mundo, cualesquiera que sean sus niveles de desarrollo o civilización. Por ejemplo : el derecho a la vida, a la libertad, el derecho a formar familia, el de tutela de los padres sobre sus hijos menores, el de la defensa a la integridad personal, el de buscar por medios honestos la subsistencia, el de recibir reparación por el daño injusto.

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