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Principios procesal penal


Enviado por   •  29 de Agosto de 2016  •  Ensayos  •  902 Palabras (4 Páginas)  •  195 Visitas

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PROCESAL PENAL

Presentado a:

PABLO EMILIO LOZANO

Presentado por:

DIANA K. BLANCO CASTAÑO

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

28-AGOSTO-2015

IBAGUE-TOLIMA  

Solución:

  • LEALTAD:

Es un principio que impone a todas los sujetos partícipes del proceso la obligación de actuar con lealtad y buena fe procesal ajustando su conducta a la justicia y al respeto entre sí, debiendo evitarse cualquier conducta fraudulenta o dilatoria del proceso

GRATUIDAD

Que por justicia no se puede cobrar por en ese caso el que no tenga con que pagar no podría tenerla y no habría justicia. Un ejemplo es cuando una persona hace una demanda, el estado no puede cobrarle por ello.

  • INTIMIDAD

Si un funcionario de la policía judicial  ingresa en una vivienda familiar sin ninguna autorización judicial estaría violando el principio de la intimidad

  • CONTRADICCIÓN:

Este principio se refiere a cuál de los sujetos del proceso le corresponde darle curso al proceso hasta ponerlo en estado de proferir sentencia. Difiere del inquisitivo y el dispositivo porque estos miran a la iniciación del proceso, mientras que el impulso se refiere a la actuación posterior.
el impulso procesal, en general, esto es, sin consideración al sistema que rija, reside en el juez, con la colaboración del secretario, ya que a éste le corresponde velar por el control de los términos. Sin embargo, hay procesos regidos por el dispositivo en los cuales la actuación no puede surtirse de oficio y, por ello, es necesario que medie la correspondiente solicitud de la parte interesada, como ocurre, por ejemplo, en el ejecutivo con el avalúo de los bienes o en la sucesión con la partición

  • EL PRINCIPIO DE INMEDIACION.

Este es el principio donde toman decisiones rápidamente, que él que va a tomar la decisión tiene que conocer el proceso.

  • CONCENTRACION.

Se entiende por este principio que solo el procedimiento se puede hacer orales, ya que en las audiencias se presentan todas las excepciones y se plantean todos los incidentes, además de allegarse las pruebas y formularse los alegatos.

  • PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

Este principio se traduce en que todo proceso debe ser público salvo en los casos que la ley establezca lo contrario. La publicidad puede ser interna, en el caso de que el conocimiento de los actos procesales sólo es permitido a las partes intervinientes o puede ser externa, cuando el conocimiento es de todas las personas. Además, el conocimiento público del proceso y sus actuaciones puede ser inmediato, esto es, que se conoce la actividad en el momento en que se realiza; o diferido si el conocimiento se da de forma mediata, es decir, que se da tiempo después de realizada la actividad o una vez finalizado el proceso.

Quiere decir que no debe haber justicia secreta, que todo está en manos de alguien y sus funcionarios, no pueden ocultarlo, pero tampoco el proceso va hacer público porque podría perjudicar tanto a la familia

  • JUEZ NATURAL.

Acá lo juzgan dependiendo del delito que cometan, por ejemplo, alguien comete hurto entonces el encargo de imputarle cargos es el juez penal; cuando le pegan a un menor de edad su familia el encargado es el juez de familia.

  • DOBLE INSTANCIA

Acá en la doble instancia lo que hacen es que 1ro tiene q pasar por una 1ra instancia es la que tiene un delito, pero si aca no están totalmente seguros para proceder, lo mandan a la 2da instancia, ellos proceden y deciden y tienen mayor certeza, es la última palabra que toman.

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