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RECURSO DE REVOCACION FISCAL


Enviado por   •  26 de Abril de 2014  •  1.488 Palabras (6 Páginas)  •  288 Visitas

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abogadas Y contadoras

responsabilidad, experiencia y honestidad

RECURSO DE REVOCACIÓN

ADMINISTRACIÓN LOCAL JURÍDICA DEL CENTRO

DEL DISTRITO FEDERAL

ADRIANA SERRANO ESCOBAR, por mi propio derecho, con Registro Federal de Contribuyentes, XXXXXX, con domicilio fiscal, el cual también señalo para oír y recibir notificaciones el ubicado en XXXXX, MEXICO DISTRITO FEDERAL, y estando dentro del término otorgado por las disposiciones fiscales vengo a interponer recurso de revocación en contra del crédito fiscal número N13840, por lo cual en términos de lo dispuesto por el artículo 19 cuarto párrafo, autorizo a la Licenciada Ana Mercado, y a los CC xxxxx, para que en mi nombre reciban todo tipo de notificaciones.

De conformidad con lo vertido en el artículo 127 tercera oración del Código Fiscal de la Federación vigente, vengo a interponer recurso de revocación en contra del crédito fiscal número N13840, en virtud que mediante el mismo me causarían actos de imposible reparación material.

Artículo 127. Cuando el recurso de revocación se interponga porque el procedimiento administrativo de ejecución no se ajustó a la Ley, las violaciones cometidas antes del remate, sólo podrán hacerse valer ante la autoridad recaudadora hasta el momento de la publicación de la convocatoria de remate, y dentro de los diez días siguientes a la fecha de publicación de la citada convocatoria, salvo que se trate de actos de ejecución sobre bienes legalmente inembargables o de actos de imposible reparación material, casos en que el plazo para interponer el recurso se computará a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación del requerimiento de pago o del día hábil siguiente al de la diligencia de embargo.

Ahora bien, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 122 del Código Fiscal de la Federación, me permito indicar que:

I. La resolución o acto impugnado lo es crédito fiscal número N138408, respecto del cual tengo conocimiento el día 7 de abril del 2014, mediante el citatorio que se dejó en mi domicilio fiscal, y el cual me informa del propósito de la autoridad de realizar una diligencia de PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION el día 8 de abril del 2014.

II. Los agravios que me causa la resolución o acto impugnado. Al respecto me permito indicar que el acto impugnado consistente en el crédito fiscal número N13840, son los siguientes:

PRIMERO.- Me causa perjuicio el crédito fiscal de referencia en virtud que el mismo es ilegal porque nunca me fue notificada legalmente en términos de lo dispuesto por el artículo 134 fracción I del Código Fiscal de la Federación, el cual expresamente establece que las notificaciones de los actos administrativos que puedan ser recurridos se hará en forma personal o correo certificado, sin que el caso la autoridad me haya notificado en forma personal o correo certificado la resolución determinante del crédito fiscal N1384018, por lo que desde este momento niego lisa y llanamente la existencia de la resolución determinante y su legal notificación, lo cual hace violatorio cualquier acto tendiente al cobro o embargo de bienes para su exigibilidad.

SEGUNDO.- Me causa un perjuicio de imposible reparación material, en virtud que la autoridad me requiere de pago el crédito fiscal número N1384018, en virtud que el día 8 de abril del 2014, se presentó a mi domicilio la ejecutora DULCE MELINA PADILLA BELTRAN, quien con intimidaciones e introduciéndose a mi domicilio de manera ilegal solicito se realizará el pago del crédito fiscal número N13840, aun cuando se le indico que no fue notificado legalmente y que se desconocía la resolución que lo determinó, por lo que el requerimiento de pago y el embargo realizado, el cual manifiesto bajo protesta de decir verdad que no me entregó o dejó documento alguno de la diligencia efectuada el dìa 8 de abril del 2014, siendo ilegal el actuar de la autoridad recaudadora a requerirme de pago y pretender realizar embargo sobre mis bienes, sin dejar constancia alguna de su actuar.

Por lo anterior he de precisar que en el caso los actos impugnadas en el presente medio legal de defensa son actos de ejecución irreparable en virtud que estos tienen consecuencias que afectan directa e inmediatamente mis derechos fundamentales tutelados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, porque sus efectos no se destruyen con el solo hecho de que obtenga resolución favorable a mis pretensiones por haberse consumado irreversiblemente la violación a mis derechos humanos, siendo en el casos mis derechos de propiedad, al despojarme de una cantidad para cubrir el crédito fiscal número N1384018, sin que al efecto se deba el mismo, ya que niego la existencia de la resolución determinante y de la notificación legalmente efectuada del mismo, y por

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