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Seguridad Social


Enviado por   •  23 de Abril de 2013  •  1.346 Palabras (6 Páginas)  •  364 Visitas

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ASPECTOS GENERALES

SISTEMAS DE RIESGOS PROFESIONALES

Aprendices, esta semana revisaremos todos los conceptos e información referente sobre los

Aspectos Generales del Sistema de Riesgos Profesionales.

Resultado de Aprendizaje:

Aplicar los conocimientos generales del Sistema de Riesgos Profesionales según normativa

vigente y tipo de Institución.

Indicadores:

Conocimiento:

• Apropiar los conceptos básicos del Sistema de Riesgos Profesionales.

Habilidades:

• Identificar que es un riesgo y una enfermedad profesional.

• Aplicar los conocimientos adquiridos del Sistema de Riesgos Profesionales en su vida

personal o en su empresa.

Valores:

• Liderar procesos de información del Sistema de Riesgos Profesionales.

Resumen de Contenido

Queridos aprendices, en esta semana veremos las características del Sistema de Riesgos

Profesionales, la obligación de los empleadores con el mismo, la definición y clasificación de

ACTUALIZACIÓN

DEL SISTEMA

DE SEGURIDAD SOCIAL

EN COLOMBIA2

riesgo, los trámites de afiliación para los empleados, Ingreso base de liquidación y Reportes

de novedades. De esta forma podremos complementar la temática vista la semana pasada y

lo que trataremos las siguientes semanas.

ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES

El Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP) es el conjunto de entidades, normas y

procedimientos, orientados a prevenir y asistir a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes, que puedan ocurrir con motivo o como consecuencia del trabajo que

realizan. Se encuentra conformado por las administradoras de riesgos profesionales públicas o

privadas, los empleadores, los trabajadores y el Ministerio deProtecciónSocial que se encarga

del control y vigilancia del sistema.

Características del Sistema General de Riesgos Profesionales:

El Sistema General de Riesgos Profesionales tiene 11 características que son:

a. El Estado se encarga de dirigir, orientar, controlar y vigilar el Sistema.

b. Las entidades administradoras se encargan de la afiliación y la administración del

sistema.

c. Los empleadores deben afiliarse al SGRP.

d. Los empleadores deben afiliar a los trabajadores dependientes obligatoriamente.

e. El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema, tendrá sanciones legales y

será responsable de las prestaciones que se otorgan en el decreto 1295 de 1994.

f. Elección libre y voluntaria de la entidad administradora del sistema por parte del empleador.

g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones

previstas en el Decreto 1295 de 1994.

h. Las cotizaciones al Sistema están a cargo de los empleadores.

i. La relación laboral obliga a pagar las cotizaciones al Sistema.

j. La cobertura del sistema se inicia desde el día siguiente a la afiliación.

k. Los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales de

sus trabajadores con una sola entidad administradora de riesgos profesionales.

Obligaciones para los empresarios

Durante la vigencia de la relación laboral, los empleadores deberán efectuar las cotizaciones

obligatorias al Sistema General de Riesgos Profesionales, esto se realiza diligenciando el formulario de afiliación y posteriormente da la entidad administradora de riesgos profesionales

aprueba la afiliación, en los términos que determine el reglamento.3

Por tal motivo el empleador será responsable de:

a. Pagar la totalidad de la cotización de sus trabajadores.

b. Dentro de los plazos establecidos debe trasladar el monto de las cotizaciones a la administradora de riesgos profesionales.

c. Estimular el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.

d. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento de programas de salud ocupacional de la

empresa y su financiación.

e. Notificar a la entidad administradora responsable, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

f. Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el comité paritario de salud

ocupacional o el vigía ocupacional correspondiente.

g. Facilitar la capacitación de salud ocupacional de los trabajadores a su cargo.

h. Reportar a la entidad administradora de riesgos profesionales, la novedad laboral de sus

trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.

Definición de Riesgos Profesionales

Es la probabilidad de ocurrencia de un accidente que se produce como consecuencia directa

del trabajo realizado, y la enfermedad

...

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