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Servicio Publicos


Enviado por   •  1 de Abril de 2013  •  4.029 Palabras (17 Páginas)  •  2.455 Visitas

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Unidad 1: Tratamiento a las Prestaciones Públicas

1.1 Precisiones fundamentales sobre la evolución del Servicio Público y su actual depuración conceptual

Palabras claves: Derecho público, Derecho administrativo, servicio, servicio público, gestión, administración, gerencia, prestación de servicios, interés general, interés público.

Los servicios públicos se encuentran insertos dentro de la teoría de las formas de la actividad administrativa. (Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.39)., en cuanto a su origen podemos decir que aun cuando se deriva de la ciencia económica y hacendística, se ha ido construyendo a la par de la evolución del Derecho público. (Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.21)

Garrido Falla considera dos etapas fundamentales en la evolución del origen del servicio público:

Primera etapa: el régimen administrativo se caracteriza por una tendencia a la separación y diferenciación entre el Derecho administrativo y el civil. Es la etapa en que se construyen los principios del Derecho administrativo clásico.

Segunda etapa: se caracteriza por una vuelta al Derecho privado, lo común y lo normal es el Derecho público, y lo excepcional, el empleo del Derecho privado por la Administración. (Garrido Falla, citado por Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.39 -40)

Por su parte De Soto, considera que son tres las etapas a través de las cuales se origina el servicio público:

Primera etapa: comprende la primera mitad del siglo XIX, unida con el Antiguo Régimen

Segunda etapa: denominada también Escuela del Servicio Público, ubicada en la primera mitad del siglo XX

Tercera etapa: llamada también crisis de la noción del servicio público, a partir de la II Guerra Mundial. (De Soto citado por Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.40)

La noción de servicio público como expresión de la actividad de prestación que caracterizó el tránsito del Estado liberal al Estado social (finales del s. XIX y primeras décadas del s. XX) constituyó desde la aparición de la Escuela de Duguit o Escuela del servicio público, el punto de referencia para conceptualizar el Derecho Administrativo, sobre la base de una teoría totalizante del servicio público. (Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.27).

A comienzos del s. XX, se va gestando la evolución de la llamada clasificación clásica o tripartita de la actividad de la Administración Pública, llamada así porque concibe la actividad administrativa sobre la base tres criterios: actividad de policía administrativa, actividad de fomento y actividad administrativa de servicio público.

En cuanto a la actividad de policía administrativa, está centrada en la limitación a los derechos y libertades públicas de los ciudadanos; la actividad de fomento se fundamenta en la idea que el Estado debe estimular o incentivar a través del subsidio y de la subvención a un sector de la actividad social de los particulares. Por último, la actividad administrativa del servicio público, en donde la Administración Pública concentra o asume con carácter excluyente una actividad, cuyo ejercicio estará vedado a los particulares. (Araujo – Juarez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.28-30).

Es de señalar que la expresión Servicio Público la utiliza por primera vez Rosseau, para referirse a todas aquellas materias que constituyen asuntos colectivos de los ciudadanos; en donde se destaca

- se trata de actividades destinadas a todos y cada uno de los ciudadanos, a los que se asegura la satisfacción de una necesidad sentida colectivamente

- la expresión refiere a los asuntos colectivos de los ciudadanos, se concibe así, como una actividad estatal. (Araujo – Juárez, J. (2003) Manual de derecho de los Servicios Públicos, pp.65).

Evolución de la definición de Servicio Público en Venezuela

Existen diversas nociones de Servicio Público que a su vez derivan en diferentes definiciones, atendiendo en todos los casos a las diversas posturas ideológicas de los autores.

Por un lado tenemos la noción orgánica de servicio público; cuya característica principal se refiere a que la titularidad de la actividad declarada como servicio público se encuentra reservada con carácter exclusivo a alguna de las personas político – territoriales, ya sea República, Estados o Municipios. La noción orgánica de servicio público se origina en el Derecho Administrativo francés, así pues Duguit, igualaba la noción de Estado con la de Servicio Público; es decir cualquier actividad realizada por el Estado era un Servicio Público.

No obstante esta concepción ha evolucionado, y hoy dìa se reconoce que el Estado realiza distintas actividades que no pueden ser calificadas como Servicio Público, se reconocen otras actividades administrativas como de policía administrativa y la de fomento.

Sin embargo, según la concepción orgánica los particulares pueden, mediante concesión otorgada por el Estado, gestionar el servicio público. Mediante ley formal que en el caso de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al artículo 302 que reza así: El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.

De otro lado tenemos la noción funcional o material de los servicios públicos; cuya característica resaltante se refiere a que una actividad debe ser calificada como servicio público cuando satisfaga un interés o necesidad general independientemente de quien lo efectúe.

Es por ello que para la noción funcional pueden existir actividades que pueden ser categorizadas como servicio pùblico, sin que exista una ley que la haya declarado como tal y, en consecuencia, que la haya excluido de la libre concurrencia de los particulares. (Mònaco, M. (2002) El concepto de Servicio Pùblico en la actualidad en el Derecho Administrativo Venezolano, pp.97-102)

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