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Signos Distintivos


Enviado por   •  8 de Enero de 2012  •  4.276 Palabras (18 Páginas)  •  1.119 Visitas

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GARCIA JIMENEZ YULIETT YAZMIN

PROFESOR:

LIC. ABRAHAM DAVILA FERNANDEZ

MATERIA:

PROPIEDAD INTELECTUAL

Trabajo:

Signos distintivos

FECHA:

6-01-2012

INDICE

Introducción

Signos distintivos………………………………………………………………………………………….1

La marca…………………………………………………………………………………………………………1,7

Derecho marcario………………………………………………………………………………………..7

Fuentes del derecho de una marca ………………………………………………………….7- 8

Derecho al uso exclusivo y registro de una marca ………………………………8

Marcas registrables y no registrables…………………………………………………….9- 11

Derechos del título de la marca ………………………………………………………………..12- 13

Bibliografías……………………………………………………………………………………………………..14

INTRODUCCION

Los signos distintivos son elementos esenciales para el desarrollo del comercio, los empresarios necesitan de estos activos intangibles para identificar sus empresas , sus establecimientos de comercio y los productos y de servicios que ofrecen al público consumidor .La realidad ha demostrado que los signos distintivos son esenciales para el mundo competitivo, sin embargo la regulación actual en la materia de propiedad industrial tendrá que adaptarse y modificarse para que sea compatible con los demás .

Se hace indispensable establecer los criterios y condiciones para regular el uso de los signos distintivos a escala global.

Los signos distintivos en un mundo globalizado como el actual merecen una especial discusión y estudio. Es fundamental tener presente cuáles son los requisitos que deben tener estos signos para poder ser objeto de registro, como son: la distintividad (requisito de especial importancia e imprescindible) la percepción sensorial y la representación gráfica. De igual manera, las reglas que debemos de tener siempre presente para obtener el registro de tales signos distintivos, con el objeto de impedir la afectación de terceros o la confusión de los consumidores. En el mismo orden, el que los titulares de signos distintivos sepan que tales signos son para utilizarlos, esto es, para aplicarlos a un producto que se pondrá en el comercio, de lo contrario corren el riesgo de perder su registro por la vía de la cancelación.

Signos distintivos.

Qué es un signo distintivo?

Es el que se aplica para diferenciar unos determinados productos o servicios en el mercado. La marca o nombre comercial es un patrimonio más de la empresa y muchas veces es el activo más importante, concentrando todo el prestigio y reputación de su esfuerzo empresarial.

La Marca.

Concepto de marca: Se considera como marca el signos de que valen los industriales, comerciales y prestadores de servicios para diferenciar sus mercancías o servicios de los de sus competidores.

Esto lo podemos relacionar con los artículos de la ley de propiedad industrial que nos habla sobre las marcas.

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

titulo cuarto de las marcas y de los avisos y nombres comerciales

capitulo i de las marcas

Artículo 87.- los industriales, comerciantes o prestadores de servicios podrán hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los servicios que presten. Sin embargo, el derecho a su uso exclusivo se obtiene mediante su registro en el instituto.

Artículo 88.- se entiende por marca a todo signo visible que distinga productos o servicio de otros de su misma especie o clase en el mercado.

Artículo 89.- pueden constituir una marca los siguientes signos:

1

I.- las denominaciones y figuras visibles, suficientemente distintivas, susceptibles de identificar los productos o servicios a que se apliquen o traten de aplicarse, frente a los de su misma especie o clase;

II.- las formas tridimensionales;

III.- los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales, siempre que no queden comprendidos en el articulo siguiente, y

IV.- el nombre propio de una persona física, siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado.

Artículo 90.- no serán registrables como marca:

I.- las denominaciones, figuras o formas tridimensionales animadas o cambiantes, que se expresan de manera dinámica, aun cuando sean visibles;

II.- los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios que pretenden ampararse con la marca, así como aquellas palabras que, en el lenguaje corriente o en las prácticas comerciales, se hayan convertido en la designación usual o genérica de los mismos;

III.- las formas tridimensionales que sean del dominio público o que se hayan hecho de uso común y aquellas que carezcan de originalidad que las distinga fácilmente, así como la forma usual y corriente de los productos o la impuesta por su naturaleza o función industrial;

IV.- las denominaciones, figuras o formas tridimensionales que, considerando el conjunto de sus características, sean descriptivas de los productos o servicios que traten de protegerse como marca. Quedan

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