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Sistemas Juridicos Internacionales


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  992 Palabras (4 Páginas)  •  498 Visitas

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Sistemas Jurídicos Internacionales

“Por sistema jurídico entendemos el conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.” (1)

Entonces se puede decir que los sistemas jurídicos son normas jurídicas que están vigentes en un determinado lugar y el Estado es quien crea estas normas para poder regular la conducta humana. Cada país tiene su propio sistema jurídico y emplea de manera diferente las leyes y normas.

Common Lay

Definición: “Sistema de derecho de origen anglosajón, caracterizado por ser un conjunto de normas creadas por jueces mediante un sistema inductivo basado en precedentes judiciales”. (5)

“El Derecho anglosajón (o common law) se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes. La jurisprudencia en otras palabras es el conjunto de sentencias que resuelven casos iguales o similares de la misma manera.”(2)

“Es un derecho no escrito, que no reconoce en la ley, como ocurre en el derecho continental. En la aplicación del “common law” se parte de un razonamiento inductivo. Se estudian las situaciones particulares del caso en cuestión, y luego se buscan los precedentes dados por hechos similares.”(3)

Definición propia: el “Common law” es un sistema que se basa en las sentencias judiciales de casos anteriores para resolver o tomar una determinación en un caso judicial. En el “Common law” los jueces se centran mas en los hechos del caso para poder llegar a un resultado justo y equitativo. Por lo tanto son libres de disponer una nueva regla para la decisión, que a su vez puede ser aceptada y usada por otros jueces. Una de las diferencias mas importantes con el Derecho Continental Europeo es que el Common law no necesita someterse a las leyes escritas para tomar una determinación, sino que toma como base las decisiones tomadas anteriormente en otros casos para fijar una sentencia.

“la vida del common law no ha sido lógica, sino que ha sido experimental”(4)

Principio básico: “El sistema de derecho anglosajón se basa, sobre todo, en el análisis de las sentencias judiciales dictadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores y en la interpretación que en estas sentencias se dan a las leyes, por esto es que las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos”.(7)

Las características del common law son:

1).-supremacía de jurisprudencia como fuente local de derecho

2).-Obligaciones para el juez de fallar de acuerdo con las sentencias anteriores

3).-espíritu práctico y casuístico de las leyes

4).-Sistema propio de clasificación de las reglas

5).-Existencia de instituciones, formulas y concepto, propio de esta familia, que no se hallan en otras sistemas. (6)

Distribución geográfica:

- Irlanda

- Inglaterra

- Australia

- Canadá

- Estados Unidos (excepción de Luisiana)

- Hong Kong

- Malasia

- Singapur

Derecho Continental Europeo

“Se suele caracterizar porque su principal fuente es la ley, antes que la jurisprudencia, y porque sus normas están contenidas en cuerpos legales unitarios, ordenados y sistematizados (códigos). ”(8)

Principios básicos

“El

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