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Sucesiones


Enviado por   •  21 de Julio de 2011  •  2.602 Palabras (11 Páginas)  •  1.663 Visitas

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PATRIMONIO FAMILIAR. ……………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………….

“Es la afectación de un inmueble para que sirva de vivienda o miembros de una familia, o de un predio destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio para proveer a dichas personas de una fuente de recurso que asegure su sustento”. ……………………………………………………………………………….

“se entiende por patrimonio familiar la afectación de un bien inmueble para que sirva de vivienda a los miembros de una familia o este destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio, por que el entorno familiar tenga recursos suficientes que aseguren su subsistencia”. ……………………………………….

CONCEPTO DE SUCESIONES.

Es la transmisión de derechos y obligaciones que tienen lugar por la muerte de una persona a través de lo que se denomina herencia; es decir, que las relaciones jurídicas de la persona del causante se transmiten a la de los sucesibles, salvo aquellos derechos estrictamente personales o de familia, como por ejemplo, el uso, el usufructo, la obligación alimentaria, el mandato, la renta vitalicia, etc., los cuales se extinguen con la muerte del titular de los mismos. En consecuencia, no todos los derechos de una persona son susceptibles de transmisión por causa de su muerte. …………………………………………………………………………………

SUCESIONES Y TESTAMENTOS:

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SUCESIONES INTESTADA.

(También llamadas Sucesión Legal): Es aquella en que la vocación hereditaria se produce por imperio de la ley cuando falta total o parcialmente la voluntad del causante manifestada en testamento válido. La Ley al ordenar las atribuciones del patrimonio en defecto de una declaración de voluntad del de cuyjus, toma como base para hacer tal atribución, la presunta voluntad de éste, tendiente a beneficiar a los parientes de grado más próximo, con preferencia los de grados más remotos y a los extraños. La sucesión legal o intestada (ab intestato) tiene su fundamento en el orden natural de los afectos y en el orden social, especialmente en lo que respecta a los niños venezolanos concebidos y nacidos fuera del matrimonio.……………………….…………………………………………

CAPACIDAD PARA SUCEDER.

Tratándose de sucesiones por derecho propio o por derecho de representación, es necesario que la persona llamada a suceder tenga efectivamente capacidad para ello.

El Artículo 808 del Código Civil contiene un principio fundamental: “Toda persona es capaz de suceder, salvos las excepciones determinadas por la Ley”. De este principio se deduce que la capacidad es la regla y la incapacidad la excepción, lo cual tiene una gran importancia práctica porque de ello se infiere que la capacidad para suceder se presume según la ley y que quien sostiene la incapacidad debe probarla.

LA REPRESENTACIÓN.

El derecho de representación es el derecho correspondiente a los hijos (o a los nietos) para ser colocados en el lugar que ocupaba su padre o su madre (o abuelo) en la familia del difunto, a fin de suceder en la parte de la herencia que habría tocado al ascendiente paterno o materno de haber podido y querido heredar. Por supuesto que, para ejercer el derecho de representación, es requisito indispensable tener capacidad para ello, en los términos expuestos anteriormente.…………………………………………………………….

ORDEN DE SUCEDER.

El Artículo 807 del Código Civil expresamente señala que sólo hay lugar a la sucesión legal o intestada cuanto falte total o parcialmente la sucesión testamentaria. La sucesión legal procede en los siguientes casos:

 Por derecho de la consanguinidad a favor de los hijos, cuya fijación esté comprobada legalmente y ascendientes.

 Por derecho de familia a favor de los parientes colaterales hasta el sexto grado de parentesco.

 Por derecho de matrimonio a favor del cónyuge sobreviviente.

Las personas llamadas por ley a suceder son tres:

1. Los parientes consanguíneos

2. El cónyuge

3. El Estado

LAS SUCESIONES TESTAMENTARIAS.

Es aquella que tiene lugar por voluntad expresa del autor, y tiene su fundamento en la autonomía de la voluntad del testador, la cual debe ser respetada después de su muerte. Los supuestos para que se verifique o tenga lugar la sucesión testamentaria son:

 Que haya una válida declaración de voluntad del de cujus emitida en un testamento.

 Que el de cujus sea capaz de disponer.

 Que el heredero instituido sea capaz de adquirir o recibir por testamento

 Y que la disposición testamientaria, cuando haya derecho de sucesión necesaria (cuotas de reserva o porción legítima) respete ésta.

CAPACIDAD PARA DISPONER POR TESTAMENTO.

Son las mismas enunciadas en el punto relacionado con la capacidad para suceder. Pero, en todo caso, el Artículo 836 del C.C, m contiene algunas reglas al respecto y el Artículo 837 eiusdem establece las cuatro categoría de los que son incapaces para testas, a saber: 1) Los que no hayan cumplido 16 años, a menos que sean viudos, casados o divorciados. 2) Los entredichos por defecto mental. 2) Los que no estén en su sano juicio al hacer el testamento. Y 4) Los sordo-mudos y los mudos que no sepan o no puedan escribir.

CAPACIDAD PARA RECIBIR POR TESTAMENTO.

Son las mismas enunciadas al tratar el punto relacionado con la capacidad para suceder. El Artículo 839 señala que pueden recibir por testamento, todos los que no estén declarados incapaces para ello

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