ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tesis En 30 Dias


Enviado por   •  24 de Enero de 2014  •  1.789 Palabras (8 Páginas)  •  331 Visitas

Página 1 de 8

INTRODUCCIÓN:

Acorde con el Reglamento de Operación Académica del Instituto Tecnológico de la Construcción aprobado por la Secretaría de Educación Pública el 25 de octubre de 2012, TODOS los Alumnos deberán cumplir con lo establecido en:

TITULO XIII ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES EN LA LICENCIATURA

TITULO XIV SERVICIO SOCIAL

TITULO XV TRAMITES PARA TITULACIÓN EN LICENCIATURA Y POSGRADO

TITULO XVI TITULO PROFESIONAL O DE GRADO

TITULO XIII

ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES EN LA LICENCIATURA

ARTICULO 65. Con objeto de complementar la formación académica de los alumnos, se implementa de manera obligatoria:

1.- Las prácticas profesionales o estancias en obras de Construcción, despachos de Empresas Constructoras u organismos Gubernamentales responsables de obras públicas, las cuales se deberán realizar a partir del 4º o 5° cuatrimestre según sea el caso.

Dichas prácticas se realizarán, preferentemente, en empresas constructoras afiliadas a la cámara o en alguna dependencia oficial, cuya actividad principal sea el ramo de la construcción.

Estas se realizarán en un número de dos o tres, mismas que tendrán una duración mínima de 6 semanas cada una, hasta completar un total de 320 horas de práctica.

Los alumnos de Licenciatura deberán acreditar sus prácticas mediante una constancia expedida por la empresa o institución a la que asistieron.

2.- Las visitas programadas a diferentes empresas constructoras, organismos gubernamentales responsables de obras públicas u obras en desarrollo

3.- La asistencia al programa de conferencias que se imparten como apoyo extracurricular.

4.- Acreditar los cursos de inglés como en el ITC u otro instituto será requisito indispensable para presentar examen profesional. Logrando el nivel intermedio para Licenciatura y el Avanzado en Maestría.

TITULO XIV

SERVICIO SOCIAL

ARTICULO 66. Los estudiantes de Licenciatura para obtener el título profesional, deberán realizar su servicio social con carácter obligatorio, con una duración de 480 horas.

El servicio social tiene como objetivo, desarrollar en el alumno una conciencia de solidaridad y compromiso a la sociedad a la que pertenece, así como complementar su formación académica a través de la experiencia que se adquiere.

El servicio social deberá cubrirse preferentemente con aquellos planes y programas que establezca el ejecutivo federal, vinculados a la formación profesional, mismos que contribuyan al desarrollo económico, social y cultural de la Nación.

El reglamento para la prestación del servicio social, está sujeto a lo que dicta la Dirección de apoyo al servicio social de la Secretaría de Desarrollo Social o su equivalente en el Gobierno Federal o Estatal de la localidad, por lo que cualquier cambio en la normatividad, repercutirá en el reglamento interno.

ARTICULO 67. Para que el estudiante preste su servicio social deberá comprobar previamente haber cubierto cuando menos un 70% de los créditos académicos indicados en el programa de estudios correspondientes.

ARTICULO 68. La duración del servicio social en un tiempo de 6 meses y un máximo de 1 año.

ARTICULO 69. La autorización del servicio social se hace a través de la Secretaria de Desarrollo Social de Solidaridad (SEDESOL) y se realiza en el campo de la construcción dado el vínculo del ITC con el sector productivo. Al término del mismo la Institución donde se haya realizado el servicio social, expedirá una carta de constancia del cumplimiento de la terminación, misma que será dirigida a la Subdirección Académica del Instituto Tecnológico de la Construcción.

ARTICULO 70. La Subdirección Académica del ITC será la que autorice, regule y controle el servicio social de los alumnos, teniendo como criterio la reglamentación vigente a instituciones de educación superior en la República Mexicana.

TITULO XV

TRAMITES PARA TITULACIÓN EN LICENCIATURA Y POSGRADO

ARTICULO 71.

a) Para la licenciatura, el alumno tramitará una carta de no adeudo, con la firma de los responsables de cada área: Contabilidad y Cobranza, la biblioteca, el laboratorio de computación, el laboratorio de materiales de construcción, control escolar, servicios generales y laboratorio de topografía, así como una carta de constancia de la asistencia a las prácticas profesionales y cumplimento del Servicio Social realizadas durante los períodos correspondientes.

Además una constancia de haber acreditado el examen de Inglés ya sea interna o externamente a nivel intermedio, misma que será entregada al área de Control Escolar, quién formará el expediente del alumno y procederá a realizar los trámites correspondientes.

b) Para la maestría, el alumno solicitará una carta de no adeudo a Contabilidad y Cobranza, a la biblioteca, al laboratorio de computación, control escolar y servicios generales.

Además una constancia de haber acreditado el nivel avanzado de inglés, mismos documentos que serán entregados al área de Control Escolar quién formará el expediente del alumno y procederá a realizar los trámites correspondientes.

Cumplido lo anterior, el alumno elegirá la opción de Titulación más conveniente de acuerdo a lo indicado en el Anexo III y Anexo IV según sea el caso.

ARTICULO 72. El alumno pagará el costo del examen profesional o de grado conforme a las cuotas que determine el ITC considerando la fecha del examen.

Control Escolar elabora la documentación pertinente para el registro de la titulación según sea el caso.

TITULO XVI

TITULO PROFESIONAL O DE GRADO

ARTICULO 73. El Instituto Tecnológico de la Construcción, otorgará el título profesional a nivel Licenciatura o el título de grado con reconocimiento ambos de validez oficial de estudios, expedidos por la Secretaría de Educación Pública,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.3 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com