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Actuación De Las Autoridades En Seguridad pública Y Marco Jurídico


Enviado por   •  11 de Junio de 2015  •  1.852 Palabras (8 Páginas)  •  392 Visitas

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“La Actuación de las Autoridades de Seguridad Publica ante hechos que transgreden el marco jurídico”.

SITUACION PREVALECIENTE

Recuperar la fortaleza del Estado y la seguridad en la convivencia social mediante el combate frontal y eficaz al narcotráfico y otras expresiones del crimen organizado.

TIPO DE HECHO Y SU DENOMINACIÓN COMUN EN LA SOCIEDAD

El crimen organizado amenaza la estabilidad de las instituciones democráticas y del Estado en sí, plantea el funcionamiento de instituciones gubernamentales que implican coerción —en un sistema institucional donde la libertad y los derechos individuales son cuestiones privilegiadas—, y exige la cooperación entre diferentes órdenes de gobierno y dependencias en un régimen diseñado para dividir y limitar el ejercicio del poder. Ello implica una paradoja en las instituciones democráticas al ejercer el monopolio legítimo de la violencia en contra de los criminales a través de las instituciones políticas diseñadas para dividir el poder.

El combate a la delincuencia puede llevar a que la democracia pase por alto ciertos derechos con la finalidad de garantizar otros. Por ejemplo, a que los gobiernos democráticos no respeten los derechos humanos de los criminales en aras de proteger los derechos humanos, políticos y sociales del resto de la sociedad, es decir, a cometer un mal menor a cambio de un bien mayor (Ignatieff, 2004). Pero de esta manera se corre el riesgo de olvidar los objetivos principales y que tales prácticas se conviertan en una constante. De aquí la importancia de los controles institucionales que limitan y regulan la actuación del gobierno, aunque, al parecer, más bien impiden su intervención. Por esta razón, la democracia no puede resolver los problemas públicos con medios no democráticos.

MARCO JURIDICO

La definición del crimen organizado como materia de seguridad pública o de seguridad nacional determina su magnitud. La discusión tiene consecuencias para las dependencias encargadas de definir, retroalimentar y readaptar la estrategia, y para aquéllas que se responsabilizan de la táctica y la operación.

La seguridad pública es considerada materia principalmente policial y la seguridad nacional como la necesidad de garantizar la viabilidad del Estado. Según el artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), la seguridad pública es una función

[...] que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo [...].

Por su parte, el artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional define la seguridad nacional como "[...] las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano [...]".

Para la Ley de Seguridad Nacional, el crimen organizado constituye una amenaza a la seguridad nacional. Sin embargo, de acuerdo con la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, la política para enfrentarlo es responsabilidad del Ministerio Público de la Federación, a través de la PGR, el cual puede auxiliarse de otras dependencias relacionadas con el sistema fiscal, bancario y financiero, pero esta misma ley no define con claridad la responsabilidad de otras como la SSP, la SEDENA o la SEMAR que integran el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) y son actores cruciales en la implementación de la política para atacar el crimen organizado.

Existe una asimetría entre la Ley de Seguridad Nacional y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada respecto a la valoración del problema que representa el crimen organizado. La primera obliga a la participación de diferentes dependencias gubernamentales, a plantear políticas públicas que trasciendan el mero combate frontal de los grupos delictivos, y a buscar una solución desde las causas con estrategias a corto, mediano y largo plazos. La segunda, de acuerdo con el artículo 2, fracción IV, de la Ley de la Policía Federal, sitúa la responsabilidad en la PGR y en la colaboración de la SSP, por lo que propone políticas de carácter policial.

La determinación de la política de combate al crimen organizado como asunto de seguridad pública o de seguridad nacional, decide las dependencias que participan en su implementación. Si el asunto fuera de seguridad pública, la responsabilidad sería de la PGR y la SSP. Pero si se tratara de seguridad nacional, la estrategia sería diseñada por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y, particularmente, por el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), además de la colaboración de otras dependencias del gobierno federal.

Tomando en cuenta que el crimen organizado es un asunto de seguridad pública y de seguridad nacional, el dilema organizacional consiste en determinar quién o quiénes están encargados de definir la estrategia para contrarrestarlo. Para saber si se trata de políticas de seguridad nacional o sólo de seguridad pública, enseguida se analiza el diseño de la política de combate al crimen organizado con base en los planes y programas que construyen el marco que le da forma.

AUTORIDADES QUE INTERVIENEN EN LA INVESTIGACION DE LOS HECHOS, EN EL EJERCICI DE LA ACCION PENAL, EN LA APLICACIÓN DE LAS PENAS Y EN LA VIGILANCIA DE LA EJECUCION DE LA PENA, SEÑALANDO SU AMBITO DE ACTUACIÓN.

Estrategia Nacional de Seguridad.-

El actual Gobierno de la República, como ningún otro en la historia del país, ha enfrentado, con estricto rigor y en el marco de la ley, a las bandas de narcotraficantes y a otras organizaciones delictivas. Con un enfoque integral, desde el inicio de la administración se llevan a cabo operativos y acciones especiales por parte de las instituciones encargadas de la procuración de justicia y persecución del delito (Procuraduría General de la República); seguridad nacional (Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina); seguridad pública (Secretaría de Seguridad Pública), y de la prevención y combate al lavado de dinero de procedencia ilícita (Secretaría Hacienda y Crédito Público-Unidad de Inteligencia Financiera-Administración General de Aduanas-Servicio

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