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CASO MIRANDA VS ARIZONA


Enviado por   •  26 de Julio de 2013  •  1.633 Palabras (7 Páginas)  •  2.342 Visitas

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MIRANDA VS ARIZONA

INTRODUCCION

El caso Miranda vs Arizona fue un caso de jurisprudencia 5-4 que fue decidido por la Corte Suprema en junio de 1966. El Tribunal Supremo dictaminó que las declaraciones hechas por el acusado en respuesta a un interrogatorio bajo custodia policial podían ser admisibles en el juicio sólo si el fiscal podía demostrar que el acusado había sido informado de su derecho a consultar a un abogado y sobre no auto-incriminarse. Por otra parte la acusación debe ser capaz de demostrar que el acusado entiende esos derechos y posteriormente, renuncia voluntariamente a ellos.

LOS HECHOS

En marzo de 1963, Ernesto Arturo Miranda, de Phoenix, Arizona, fue detenido en relación a la violación y secuestro del acomodador de un cine de 18 años de edad. Mientras estaba bajo custodia policial y bajo interrogatorio, confesó el robo y el intento de violación. Su confesión, así como el testimonio de la víctima se utilizaron en el juicio a pesar de las objeciones de su abogado, quien argumentó que sus derechos de la Quinta Enmienda contra la auto-incriminación habían sido violados. El juez del Tribunal Superior de Maricopa, Yale McFate, permitió que la confesión se utilizara y Miranda fue declarado culpable y condenado de 20 a 30 años de prisión para ser cumplidos al mismo tiempo para cada cargo. Su abogado de oficio, Alvin Moore, hizo un llamamiento a la Corte Suprema de Arizona sobre la base de que la confesión había sido coaccionada y por lo tanto, era inadmisible. La Corte Suprema de Arizona confirmó la condena y el caso fue llevado ante la Corte Suprema de los Estados Unidos con la ayuda de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), después del convencimiento del abogado defensor de Phoenix, John J. Flynnal, de tomar el caso. Flynn fue acompañado por su compañero, John P. Frank, de la firma de Lewis, Roca, Scoville, Beauchamps & Linton.

El caso fue discutido entre 28 de febrero y el 01 de marzo 1966 ante la Corte de Warren. El presidente del Tribunal Supremo, Earl Warren, escribió la opinión mayoritaria a nombre de sí mismo y de los jueces Hugo Black, Douglas William, William Brennan Jr. y Fortas Abe. Los jueces supremos John Marshall Harlan escribieron la opinión disidente y fue acompañado por los jueces Porter Stewart y Byron White. El juez Tom Clark escribió una opinión concurrente en contra. En el curso de los argumentos orales ante la Corte Suprema, el caso Miranda se centró en torno a si habían sido violados o no los derechos de la Quinta Enmienda de Miranda contra la autoincriminación y los derechos de la Sexta Enmienda a consultar un abogado antes de hacer declaraciones. En junio de 1966 el Tribunal Supremo estaba listo con una decisión. El presidente del Tribunal Supremo de Warren escribió la decisión de la mayoría que anuló la condena de Miranda. "La fiscalía no puede usar declaraciones exculpatorias o inculpatorias que hayan sido derivadas de un interrogatorio iniciado por agentes del orden público después de que una persona ha sido detenida o privada de su libertad de acción de manera significativa, a menos que se demuestre el uso de las garantías procesales de modo eficaz para asegurar el privilegio de la Quinta Enmienda contra la auto-incriminación ", escribió Warren. Más extractos de la sentencia: "La persona detenida deberá, antes del interrogatorio, ser claramente informada de que tiene derecho a guardar silencio y que todo lo que diga será usado en su contra en los tribunales; debe ser claramente informado de que tiene derecho a consultar con un abogado y a ser acompañado por su abogado durante el interrogatorio, y que, en el caso de que sea un indigente, un abogado será designado para que lo represente. " El Tribunal hizo hincapié en que el acusado puede optar por invocar sus derechos en cualquier momento durante el interrogatorio. "Si la persona indica de cualquier manera y en cualquier momento, antes o durante el interrogatorio, que desea permanecer en silencio, el interrogatorio debe cesar. Si la persona indica que quiere un abogado, el interrogatorio debe cesar hasta que un abogado esté presente. En ese momento, el individuo debe tener la oportunidad de hablar con el abogado y tenerlo presente durante cualquier interrogatorio posterior."

IMPORTANCIA

La decisión del caso Miranda contra Arizona prácticamente cambió la cara de la justicia penal estadounidense. Los departamentos de policía de todo el país tenían que leer a los sospechosos sus derechos constitucionales para evitar la auto-incriminación y consultar a un abogado. Estos derechos se conocían como los derechos Miranda. Los derechos Miranda también se popularizaron en los programas de televisión y en las películas donde los agentes del orden son habitualmente vistos leyéndoles a los sospechosos sus derechos. A pesar de que la decisión de la Corte Suprema anuló la condena de Miranda, él cumplió la condena por el cargo de robo que no se vio afectada por la decisión. Los fiscales de Arizona sometieron de nuevo a juicio

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