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DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  7 de Agosto de 2011  •  735 Palabras (3 Páginas)  •  830 Visitas

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ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN.

MATERIA:

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

LICENCIADA:

GUADALUPE CHÁVEZ TREJO.

ALUMNO:

LUIS FERNANDO JIMÉNEZ VARGAS.

TEMA:

REGLAS PARA RESOLVER

LOS CONFLICTOS DE LEYES

EN EL ESPACIO.

SEMESTRE: SÉPTIMO.

GRUPO: ÚNICO

REGLAS PARA RESOLVER

LOS CONFLICTOS DE LEYES

EN EL ESPACIO

¿EN QUÉ CONSISTE EL CONFLICTO DE LEYES EN EL ESPACIO?

Es la validez extraterritorial de las normas jurídicas de un estado en otro territorio.

Que se presenta en razón de la diversidad de ordenamientos jurídicos y de sistemas de derecho, entre las legislaciones de distintos países.

La sistematización de los conflictos interespeciales le corresponde al derecho internacional privado, quien determina la aplicación de la ley en caso de extranjeros.

Conforme a lo estipulado y con fundamento en lo que establecen los Artículos 12, 13, 14 y 15 del Código Civil Federal, son reglas para resolver conflicto de Leyes en el espacio las siguientes:

Artículo 12.- Las leyes mexicanas rigen a todas las personas que se encuentren en la República, así como los actos y hechos ocurridos en su territorio o jurisdicción y aquéllos que se sometan a dichas leyes, salvo cuando éstas prevean la aplicación de un derecho extranjero y salvo, además, lo previsto en los tratados y convenciones de que México sea parte.

• Las leyes mexicanas rigen a toda persona (nacionales o extranjeros) que se encuentre dentro de territorio mexicano.

Artículo 13.- La determinación del derecho aplicable se hará conforme a las siguientes reglas:

I. Las situaciones jurídicas válidamente creadas en las entidades de la República o en un Estado extranjero conforme a su derecho, deberán ser reconocidas;

II. El estado y capacidad de las personas físicas se rige por el derecho del lugar de su domicilio;

III. La constitución, régimen y extinción de los derechos reales sobre inmuebles, así como los contratos de arrendamiento y de uso temporal de tales bienes, y los bienes muebles, se regirán por el derecho del lugar de su ubicación, aunque sus titulares sean extranjeros;

IV. La forma de los actos jurídicos se regirá por el derecho del lugar en que se celebren. Sin embargo, podrán sujetarse a las formas prescritas en este Código cuando el acto haya

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