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EJEMPLO DE DERECHO PUBLICO


Enviado por   •  10 de Febrero de 2013  •  801 Palabras (4 Páginas)  •  691 Visitas

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a-. SINTESIS DE LO TRATADO EN LAS SENTENCIAS A y B

SENTENCIA A. : ASUNTO: COMPLEJO INDUSTRIAL DEL VIDRIO C.A. (CIVCA) presenta ante la Sala Constitucional una Solicitud de revisión, respecto de la decisión judicial dictada el 1° de octubre de 2002 por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró sin lugar la demanda que, por resarcimiento de daños y perjuicios causados por hecho ilícito, interpuso la referida compañía contra la empresa del estado C.A. ELECTRICIDAD DEL CENTRO (ELECENTRO).

FUNDAMENTO DE LA REVISIÓN: Los apoderados de la empresa solicitante, alegaron que la decisión cuestionada contraría normas y principios constitucionales, así como expresos criterios de interpretación asentados por esta Sala Constitucional relativos a los derechos y garantías al debido proceso, a la defensa, a la obtención de los servicios públicos esenciales, a la protección contra el abuso de la posición de dominio y a la integridad patrimonial

DECISION: No obstante lo alegado, no encuentra la Sala que la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa, contraríe en modo alguno la jurisprudencia de esta Sala Constitucional, por cuanto no se evidencia que exista un grotesco error de interpretación de la norma constitucional que permita definir que se sostuvo un criterio contrario a la jurisprudencia previamente establecida, a su vez que no se manifiestan violaciones de preceptos y principios constitucionales relativos al debido proceso, por lo que se declara que no ha lugar a la revisión solicitada.

SENTENCIA B: ASUNTO: El 2 de abril de 2002 fue recibido en la Secretaría de esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad , interpuesto por representantes de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, contra los artículos 147, 148, 149, 150, 151, 152 y 153 de la Constitución del Estado Miranda, publicada en la Gaceta Oficial de dicho Estado el 19 de diciembre de 2001, los cuales prevén la creación del Poder Moral y, específicamente, el régimen de la Defensoría del Pueblo estadal.

FUNDAMENTOS DE LA NULIDAD: Alegaron los representantes de la Defensoría de Pueblo, que los preceptos mencionados reproducen lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relat de la Defensoría del Pueblo, creando un ente a nivel estadal, cuya figura contravendría en un principio, lo dispuesto en el artículo 156, numeral 31, de la Carta Magna, el cual establece que la organización y administración nacional de la justicia, la Defensoría del Pueblo, son competencia del Poder Nacional y no del poder estatal.

DECISIÓN: Considera esta Sala Constitucional, que con la creación del Defensor del Pueblo de Miranda, el Poder Legislativo de dicho Estado incurrió en el vicio de extralimitación de atribuciones inconstitucionales, por lo que declara con

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