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EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL FINANCIERA


Enviado por   •  17 de Octubre de 2013  •  1.537 Palabras (7 Páginas)  •  474 Visitas

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EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL FINANCIERA

La equidad social en el contexto de las iniciativas de conservación y desarrollo sostenible es un conjunto de prácticas tendientes al abordaje y superación de todas las formas sociales, económicas, culturales y polí¬ticas de exclusión e iniquidad.

RELACION ENTRE LAS NECESIDADES FINANCIERAS DEL ESTADO Y LA JUSTICIA ECONOMICA

Los costos de satisfacciones de las necesidades primarias de la colectividad, esencialmente, la defensa interna y externa, las comunicaciones, justicia, salud y educación, caracterizadas por la invisibilidad y consolidación, deben ser repartidos forzosamente entre los ciudadanos.

Reglas para la estructura fundamental de los ordenamientos tributarios:

1) Los sujetos de cada estado deberían contribuir a apoyar al gobierno, de la manera más adecuada posible en proporción a sus respectivas capacidades.

2) El impuesto que debe pagar cada individuo debe ser cierto y no arbitrario.

3) Todos los impuestos deben ser gravados en el momento o en la forma que parezca más conveniente para que el contribuyente los pague.

4) Todos los impuestos deberían estar ideados para sacar y para apartar del bolsillo de la gente lo menos posible, por encima de lo que generan para el tesoro público estatal.

En un examen comparativo se observó que en los últimos dos siglos se han consolidado los siguientes fundamentos constitucionales:

1) Los impuestos pueden aplicarse solamente en base a una ley (principio de legalidad);

2) Todos los contribuyentes deben ser colocados, frente a la carga fiscal, en un plano de igualdad (principio de la igualdad) de acuerdo con:

a) La generalidad y uniformidad de la tributación,

b) La abolición de cualquier privilegio o discriminación (igualdad jurídica)

c) La aplicación de los impuestos en base a la capacidad económica de los contribuyentes, con la tendencia a introducir en el sistema fiscal impuestos personales con tasas progresivas;

3) En los Estados en que las entidades locales gozan de autonomía financiera, cada entidad dotada de poder tributario, debe ejercitarlo según los límites señalados en la Constitución, sin obstaculizar el libre comercio a lo interno y con el exterior (principio de competencia).

CULTURA TRIBUTARIA

Los Tributos son parte esencial de la economía de un país y de sus regiones. Específicamente en Venezuela, la materia tributaria está dividida en tres poderes: Nacional, Estatal y Municipal. La competencia de cada uno de estos poderes en relación a los tributos, está contemplada en la Constitución Bolivariana de Venezuela.

Los ciudadanos deben comprender la composición del sistema tributario venezolano para conocer sus obligaciones y derechos como contribuyentes, siempre teniendo en cuenta que para la economía de cualquier país la materia tributaria es fundamental, aunque para muchos en Venezuela es suficiente con los ingresos por concepto de la renta petrolera.

RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA

Las responsabilidades tributarias son las distintas obligaciones, sustanciales (pago de los impuestos) y formales (declaraciones, presentación de información, inscripción y actualización en el registro único tributario, entre otras), que se originan por el hecho económico en cabeza de una persona natural o jurídica.

Según el artículo 27 del Código Orgánico Tributario, en caso de no efectuar la retención de impuesto prevista en la ley, el agente responderá solidariamente con el contribuyente por el monto que se le dejó de retener.

JUSTA DISTRIBUCION DE LOS INGRESOS PUBLICOS Y PRIVADOS

Justa distribución de los ingresos públicos y privados: El producto Nacional de un país es el valor agregado de todas las cosas producidas en un año y que Las finanzas públicas Establecen; estudia las necesidades; crea los recursos; Ingresos y Gastos y el Estado hace uso de los recursos necesarios provenientes de su gestión política para desarrollar actividades financieras a través de la explotación y distribución de las riquezas para satisfacer las necesidades públicas (individuales y colectivas), creando la plataforma adecuada en cuanto educación, salud, seguridad social, para el desarrollo de nuevas fuentes de trabajo, creando tecnología propia, en el marco de un sistema pluralista y flexible de toma de decisiones, que articule distintos mecanismos de conformación de la voluntad colectiva, garantizando un mayor control social sobre su gestión, mejorando los medios e instrumentos que ya existen de representación política y social y estableciendo otras vías de participación complementarias a las de representación política, que fortalezcan , descentralicen su poder y transfieran responsabilidades y recursos a las comunidades estatales y locales , para finalmente mejorar su estructuras política desarrollando estrategias de acción concurrente y propulsar estas acciones tendentes a la protección, al desarrollo de la seguridad ciudadana, la salud, la educación, el deporte, la cultura, el trabajo, y en fin, el bienestar social, para que la economía del país pueda desarrollarse y conducirla hacia un futuro próspero.

INTERESES PRIVADOS Y BENEFICIOS COLECTIVOS

Los intereses privados y beneficios colectivos decimos que la tributación es el pilar económico de los entes gubernamentales, esto nos conduce a la necesidad de comprender la correspondencia entre los derechos y las responsabilidades ciudadanas y la interrelación de los intereses privados y los beneficios colectivos.

El desarrollo económico de un país depende de la buena gerencia y administración que de las finanzas realicen los representantes del Estado

LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

La Contraloría General de la República es un órgano que tiene autonomía funcional, administrativa y organizativa que pertenece al Poder Ciudadano. Se encarga de velar por la transparente administración del patrimonio público del Estado venezolano y de todos los órganos fiscalización.

Sus funciones:

Controlar la Deuda Pública sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos.

• Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas

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