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Economía de México de acuerdo a la Constitución Política


Enviado por   •  21 de Marzo de 2021  •  Documentos de Investigación  •  1.128 Palabras (5 Páginas)  •  95 Visitas

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27/01/21

Emmily C. Aguilar Canche

Economía de México de acuerdo a la Constitución Política y sectores

Un sector económico es todas las piezas resultantes de la separación de la actividad económica de un territorio, principalmente, teniendo presente diferentes componentes como el costo agregado de los bienes o servicios realizados

En otros términos, un sector económico es el grupo de ocupaciones productivas o comerciales que reúnen una secuencia de propiedades semejantes

La iniciativa es que las ocupaciones que formen parte de un sector se distingan de otras agrupaciones

Los 3 sectores económicos

Usualmente frecuenta desarrollarse una separación de la actividad económica en 3 sectores diferenciados:

  • Sector primario: Compuesto por esas organizaciones que desarrollan su actividad por medio de la obtención de recursos naturales
  • Sector secundario: En este sector se da la transformación de materia prima en producto hecho
  • Sector terciario o servicios: Este sector tiene relación con la venta de servicios más bien intangibles y personalizados

De esta forma, este sector se caracteriza ya que la utilización de sus productos puede incrementar la productividad y la productividad en diversos negocios y, generalmente, de un territorio o mercado

No obstante, una vez que hablamos de sectores de producción nos estaríamos refiriendo a los diversos tipos de mercancía originada, ejemplificando, los lácteos corresponderían al sector ganadero.

La Constitución de 1917 se elaboró sobre la base del plan presentado por el Primer Líder del “Ejército Constitucionalista“, Venustiano Carranza, al Congreso instituyente antes convocado. Tal y como se ha sido anunciado tenía dentro reformas a la Constitución del 5 de febrero de 1857 cuya vigencia, quebrantada por la dictadura de Victoriano Huerta, buscaba restablecer el desplazamiento armado

Iniciado según el “Plan de Guadalupe“. Es por esto que la denominación de la Constitución vigente es “Constitución Política de USA Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857“. Los constituyentes aceptaron las instituciones liberales que tenía dentro el plan empero brindaron, opuesto a ellas, un papel determinante al Estado en la economía nacional, como representante de la País, promotor del desarrollo y responsable de la justicia social.

El plan del Primer Líder era, en impacto, profundamente liberal y por tanto escrupulosamente respetuoso de los derechos primordiales clásicos basado en el de propiedad, de la economía de mercado y de la independiente concurrencia al mismo, así como de la no participación del Estado en la economía sino en lo estrictamente primordial para que se cumplieran sus leyes “naturales“,

Entendidas como inexorables a partir de Quesnay, Smith y Ricardo; por otro lado, Carranza ha sido partidario, y de esta forma quedó en la Constitución, de un Poder Ejecutivo profundo excluyendo expresamente cualquier rasgo de régimen parlamentario dada la ausencia en el instante de partidos políticos institucionalizados y por su convicción de que el poblado mexicano requería un sólido mando dotado de facultades expresas y limitadas.

Si se lee con cuidado el Diario de los Debates del Congreso Constituyente se encontrará que todavía los diputados radicales jamás excluyeron la economía de mercado ni las libertades primordiales que la sustentan y de esta forma quedó claro en el escrito al final aprobado: “ independiente concurrencia en la producción, industria ,negocio o servicios al público “ y condena a los monopolios considerados como atentados en contra del consumidor (Artículo 28), independencia de “ profesión, industria, negocio o trabajo “ (Artículo 4º), independencia de tránsito de individuos (Artículo 11), independencia de negocio entre los estados, proscripción de las alcabalas, prohibición de aduanas locales e inspecciones de bultos y de diferencias fiscales por razón del origen de las mercancías (Artículo 117 fracciones IV, V, VI y VII), reconocimiento de las “sociedades comerciales por acciones“ y “bancos debidamente autorizados“ (Artículo 27). Dichos principios han permanecido inalterados a partir de 1917. Los extremismos socialistas fueron rechazados por los constituyentes como consta en las memorias del diputado Pastor Rouaix que tuvo a su cargo la preparación de los proyectos de los artículos 27 y 123 que con escasas modificaciones fueron la base de los textos finales aprobados.

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