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PODER LEGISLATIVO NACIONAL


Enviado por   •  4 de Junio de 2013  •  1.278 Palabras (6 Páginas)  •  366 Visitas

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PODER LEGISLATIVO NACIONAL

El Poder Legislativo está compuesto por una cámara en la Asamblea Nacional; representada por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República; en los estados representa este poder el Consejo Legislativo.

Este poder está constituido por el siguiente organismo:

Asamblea Nacional

El Poder Legislativo como todo órgano integrante del Estado tiene una serie de atribuciones, para ser más específico 24 facultades, sin perjuicio de que se puedan agregar otras que señalen la Constitución o la Ley, que se encuentran en el Título V, Referido al Poder Legislativo Nacional, artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).

La Asamblea Nacional. (Artículo 186 CRBV)

La Asamblea Nacional es el órgano a través del cual los representantes del pueblo venezolano ejercen el poder legislativo. La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento (1,1%) de la población total del país.

Organización de la Asamblea Nacional. (Artículo 193 CRBV)

Para dirigir la Asamblea Nacional los diputados eligen un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario y un Subsecretario, por periodos de un año por la mayoría de los votos afirmativos de la Cámara, y además se nombrarán Comisiones Permanentes, ordinarias y especiales y a su vez Subcomisiones. Las Comisiones Permanentes, en un número no mayor de quince, estarán referidas a los sectores de la actividad nacional. Igualmente se podrá crear Comisiones con carácter temporal para investigación y estudio, todo ello de conformidad con su Reglamento. Se podrán crear o suprimir las Comisiones Permanentes con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. En el receso de la Asamblea Nacional funciona la Comisión Delegada.

Comisiones

Son órganos encargados de analizar los diferentes Proyectos de Ley, Acuerdos, Resoluciones, solicitudes de materias específicas y realizar investigaciones.

Comisiones Permanentes

La Asamblea Nacional tendrá Comisiones Permanentes referidas a los sectores de la actividad nacional:

 Comisión Permanente de Política Interior, Justicia, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales.

 Comisión Permanente de Política Exterior.

 Comisión Permanente de Contraloría.

 Comisión Permanente de Finanzas.

 Comisión Permanente de Energía y Minas.

 Comisión Permanente de Defensa y Seguridad.

 Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral

 Comisión Permanente de Educación, Cultura, Deporte y Recreación

 Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Ordenación Territorial

 Comisión Permanente de Pueblos Indígenas

 Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional.

 Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología y Comunicación Social.

 Comisión Permanente de Desarrollo Económico

 Comisión Permanente de la Familia, Mujer y Juventud.

 Comisión Permanente de Administración y Servicios Públicos.

Comisiones Ordinarias

Son de carácter estable y continuo para el tratamiento y examen de asuntos vinculados al ámbito parlamentario.

Comisiones Especiales

Son de carácter temporal para la investigación y estudio, cuando sea requerido, en materias específicas.

Subcomisiones

Las Comisiones Permanentes, para mejor tramitación de los asuntos y eficacia en sus atribuciones, proceden a nombrar subcomisiones que tendrán a su cargo el estudio y consideración de materias específicas que le sean encomendadas. Concluyen su estudio con la presentación del informe que será considerado en sesión plena de la Comisión.

Funciones de la Asamblea Nacional

En su artículo 187, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela le asigna las siguientes funciones:

 Legislar en materias de competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.

 Proponer enmiendas y reformas a esta Constitución, en los términos establecidos en esta.

 Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.

 Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.

 Decretar amnistías.

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