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Sufragio como Derecho como función como deber


Enviado por   •  22 de Agosto de 2014  •  Tesis  •  1.624 Palabras (7 Páginas)  •  265 Visitas

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Sufragio como Derecho como función como deber (tarea)

Como Derecho: relacionada con la concepción de rosseu,es la suma de la fracciones de cada ciudadano (derecho al voto). us de derecho subjetivo que le corresponde al sufragio activo consideran que, simultáneamente, puede ser un deber; es decir, consideran al voto como un “derecho-deber”. Según los partidarios del voto voluntario, siendo el voto un derecho subjetivo, su ejercicio dependerá de la voluntad de sus titulares, por lo que los ciudadanos deben tener total libertad para decidir ejercerlo o no. Por ello, según esta posición, el ejercicio del voto no debe suponer la imposición de ninguna pena o sanción. Dicho en otros términos, la configuración de lvoto como un derecho subjetivo impide que se le considere como un deber exigible jurídicamente, por lo que no cabe la penalización jurídica de la abstención del voto.

Como función: separación entre ciudadano y el derecho a ser electos. 368

Finalmente, consideramos que el voto voluntario como dogma (entendido como un derecho que se debe ejercer con total libertad), se corresponde con una visión más bien excesivamente liberal del derecho y la política, que pone demasiado énfasis en los derechos y libertades de los individuos, sin atender en la misma medida a sus deberes para con la comunidad política. Con lo manifestado, por cierto, no pretendemos ser peyorativos con la filosofía política liberal, la cual, reconocemos, ha realizado grandes e innegables aportes a la humanidad.

Como Deber: es un deber jurídico estricto (es una obligación impuesta). Desde esta perspectiva siendo el voto una obligación o un deber, su ejercicio no es facultativo para su titular, sino es obligado y debido; es decir, es exigible jurídicamente. En consecuencia, su incumplimiento debe ser sancionado o penalizado. En el mismo sentido, si bien la Constitución, a tra-vés de sus artículos 13 y siguientes, reconoce el derecho a la educación, en su artículo 17 establece que la educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. Es decir, se estructura a la educación como un derecho cuyo ejercicio es obligatorio en los niveles señalados.

Sistemas electorales y elecciones extraordinarias

Si un escaño o cargo queda vacante entre elecciones, los sistemas de RP por listas generalmente lo cubren con el siguiente candidato de la lista del partido por el que se eligió el anterior representante, con lo que se elimina la necesidad de celebrar una nueva elección. Sin embargo, los sistemas de pluralidad/mayoría a menudo requieren que se realicen una elección extraordinaria para cubrir los escaños o cargos vacantes. Cuando se utiliza algún otro sistema, se puede aplicar cualquiera de estos enfoques: la República de Irlanda celebra elecciones extraordinarias para cubrir escaños vacantes en la legislatura, pero en Australia no se utilizan para cubrir vacantes en el senado. También es posible evitar elecciones extraordinarias si se eligen representantes sustitutos o alternos al mismo tiempo que a los titulares, como se hace por ejemplo en Bolivia.

Las elecciones extraordinarias son más pequeñas y, por consiguiente, menos costosas que las elecciones ordinarias, sin embargo en algunos países pueden imponer una carga significativa sobre el presupuesto y en ocasiones los cargos o escaños quedan vacantes por mucho tiempo debido a la dificultad de realizar los arreglos necesarios para la elección extraordinaria. Este es un problema especialmente relevante en algunos países del su de África donde la epidemia de VIH/SIDA a menudo provoca un gran número de vacantes entre elecciones. En algunas circunstancias, las elecciones extraordinarias pueden tener un impacto político mayor que el del simple reemplazo de personas, ya que pueden ser consideradas como una prueba intermedia sobre el desempeño del gobierno. Además si el número de escaños vacantes durante un periodo parlamentario es grande, esto puede propiciar cambios en la composición de la legislatura y alterar la base de respaldo del gobierno.

Elecciones extraordinarias de México de 1911

Las elecciones extraordinarias de México de 1911 se llevaron a cabo en dos jornadas, las elecciones primarias el 1 de octubre de 1911 y las elecciones secundarias el 15 de octubre de 1911, en ellas se eligieron los siguientes cargos de elección popular:

• Presidente de México. Jefe de Estado y de Gobierno, electo por un periodo de seis años y por primera vez desde 1880 no reelegible bajo ninguna circunstacia, para culminar el periodo 1910 - 1916 y del que tomaría posesión el 6 de noviembre de 1911. El candidato electo fue Francisco I. Madero.

• Vicepresidente de México. Sustituto constitucional del Presidente, electo para su mismo periodo. El candidato electo fue José María Pino Suárez.

Las elecciones extraordinarias de México de 1877

Las elecciones extraordinarias de México de 1877 se llevaron a cabo en dos jornadas, las elecciones primarias el 25 de marzo de 1877 y las elecciones secundarias el 9 de abril de 1877, en ellas se eligieron los siguientes cargos de elección popular:

• Presidente de México. Jefe de Estado y de Gobierno, electo por un periodo de 4 años, por primera vez desde 1857 sin posibilidad de reelección inmediata, para completar el periodo 1876 - 1880 y del que tomaría posesión el 5 de mayo de 1877. El candidato electo fue Porfirio Díaz.

• Presidente de la Suprema Corte de Justicia. Miembro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, máximo tribunal Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos; encargado de presidirla, así como sustituto constitucional del presidente, electo para

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