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TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  17 de Mayo de 2014  •  684 Palabras (3 Páginas)  •  451 Visitas

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Para dar inicio al presente ensayo creo oportuno precisar conceptosbásicos que me han servido para un buen estudio del tema, uno sería lapalabra Jurisdicción que no es más que esa potestad que le concede elEstado a los órganos competentes para dirimir y resolver conflictos judiciales.Mientras que Contencioso es la cualidad de conflicto y Administrativo estener la presencia de la Administración o de cualquiera de sus órganosdentro del conflicto.Ahora bien, la Jurisdicción Contencioso Administrativa viene a ser unaestructura judicial facultada e investida de autoridad para dirimir y resolversituaciones producto de la Actividad Administrativa, bien sea entre losmismos órganos que conforman la administración Pública o de ésta con losparticulares.Por consiguiente, considero que La Jurisdicción ContenciosoAdministrativa es de gran importancia por el hecho de tener como objetoprincipal la pretensión procesal que puedan tener las partes, ejercer elControl de la Actividad Administrativa y ajustar a la Administración Pública alprincipio de legalidad.En este mismo orden y dirección puedo acotar que los criterios deaplicación en esta Jurisdicción según el artículo 259 de la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela se encuentran en la parte objetiva elanular actos Administrativos y la subjetiva la determinación de laresponsabilidad de la Administración Pública, con la consecuentecondenatoria al pago de sumas de dinero por concepto de indemnización pordaños y perjuicios.

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OBJETIVO GENERAL

El Tribunal, es un Órgano Colegiado, integrado por Cinco Salas Ordinarias (cada una con tres Magistrados) y una Sala Superior (compuesta por siete Magistrados).

La función del Tribunal consiste en administrar justicia, conociendo y resolviendo las controversias que se suscitan entre las personas físicas y morales y las autoridades de la Administración Pública y Paraestatal del Distrito Federal; con lo que se actualiza la garantía de tutela jurisdiccional prevista por el artículo 17 de la Constitución Política (justicia pronta y expedita).

Actualmente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Orgánica que rige al Tribunal, las Salas, en general, las Salas del Tribunal, son competentes para conocer de los actos emitidos por las autoridades administrativas del Distrito Federal, que ordenen, ejecuten o traten de ejecutar en agravio de personas físicas o morales.

Tales, como resoluciones que determinen la existencia de una obligación fiscal, ya sea que la misma se haya fijado en cantidad líquida o se hayan dado las bases para su liquidación, se niegue la devolución de un ingreso indebidamente percibido o cualquiera otra que cause agravio en materia fiscal, tales como determinaciones por contribuciones, como impuesto predial, agua, adquisición de inmuebles, nóminas, derechos

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