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Ernesto Zedillo


Enviado por   •  5 de Febrero de 2013  •  1.896 Palabras (8 Páginas)  •  608 Visitas

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Su Sexenio fue caracterizado por la gran cantidad de reformas realizadas, tanto en el ámbito social, como en el económico y lo político. Algo importante de este sexenio es que Zedillo toma el poder en medio de una crisis financiera que ha sido de las más fuertes en el país.

77 reformas

63 reformas a la parte orgánica

13 reformas a la parte dogmática y

1 reforma a artículo transitorio de decreto.

La Constitución está conformada por dos partes conocidas como dogmática y orgánica.

Dogmática. Quedan consignadas las Garantías Individuales y se reconocen derechos y libertades

sociales de los individuos.

Orgánica. Corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de

las instituciones del Estado.

Se verificaron nueve foros de consulta popular, atendiendo a un criterio de regionalización, que permitiera el fácil acceso a estos al mayor número de participantes.

Se contó con una asistencia aproximada de 2,515 personas, en donde fueron expuestas 339 ponencias relativas a la temática previamente señalada.

Dichos foros de consulta popular dieron como resultado el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, mismo que en lo futuro regirá el destino de la República, al establecer un proyecto de Nación, basado en el expedito acceso a la justicia, el vivir en plenitud en un país de leyes, pero sobre todo llegar a la comprensión de que el Estado de Derecho tiene como premisa mayor, el concebir al hombre como un fin en sí mismo y que la procuración y administración de justicia debe realizarse para beneficio de los hombres y mujeres mexicanas.

Las actividades desarrolladas durante el período que se informa, son abordadas atendiendo a los compromisos establecidos en el apartado 2 del Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, denominado "Por un Estado de Derecho y un país de leyes", en lo relacionado con la esfera competencial de la Procuraduría General de la República.

El Plan propone los objetivos nacionales, las estrategias generales y las prioridades para el desarrollo integral del país; el Plan Nacional de Desarrollo será la base para guiar la concertación de las tareas del Ejecutivo Federal con los otros Poderes de la Unión y con los gobiernos estatales y municipales, así como para inducir la participación del conjunto de la población.

En materia de reforma jurídica, fueron modificados 26 artículos constitucionales; los nuevos textos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación en el mes de diciembre de 1994, dando inicio al proceso de reestructuración del Sistema Nacional de Justicia.

Destacan por su importancia, las reformas a los artículos 21 y 73, que disponen de la coordinación y vinculación de todas las instancias que intervienen en la prevención y combate a la delincuencia.

En el artículo 21 de la Norma Suprema se dispuso a la letra que "La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones policiales se regirá por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez."

Se dispuso también que "La Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios se coordinarán, en los términos que la ley señale, para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública."

Asimismo, el reformado artículo 73 de la propia Constitución determinó la facultad del Congreso de la Unión "Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en materia de seguridad pública; así como para la organización y funcionamiento, el ingreso, la selección, promoción y reconocimiento de los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal."

En lo que a procuración de justicia se refiere, con la reforma se consolidó la función de la Procuraduría General de la República como protectora de los interese de la Federación, se fortaleció su carácter de representante de la sociedad y su capacidad para perseguir los delitos. Se modificó el sistema de designación del Procurador General de la República, haciéndose necesaria la ratificación del Senado. La reforma previó, también, la creación de un recurso ante las autoridades jurisdiccionales para controlar la legalidad de las resoluciones de no ejercicio de la acción penal.

En cuanto a la seguridad pública, el nuevo texto constitucional sentó las bases de un Sistema Nacional de Seguridad Pública en el que la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios deberán garantizar una política coherente en la materia. Entre otros elementos, se prevé la integración de un sistema nacional de información sobre delincuentes y cuerpos policiales; la coordinación entre los distintos niveles de gobierno en la prevención y el combate a la delincuencia; la profesionalización creciente de estas corporaciones y su vinculación de manera renovada con la sociedad para recuperar su prestigio y credibilidad a través del cumplimiento cabal y respetuoso de su deber.

En dicha reforma se establece que la actuación de las policías, en todos los niveles, se deberá regir por los principios de legalidad, honestidad, eficiencia y profesionalismo.

La Reforma, por otra parte, otorga una nueva dimensión a la Procuraduría General de la república y en concreto al Ministerio Público Federal.

El Ministerio Público debe ser un órgano apegado a criterios estrictamente técnicos, para que en consecuencia de una labor profesional, la sociedad pueda confiar plenamente en él. La previsión en la reforma, de legislar un procedimiento de impugnación de las resoluciones de no ejercicio de la acción penal del Ministerio Público, va precisamente en este sentido.

Por otro lado, el nombramiento de Procurador General de la República que el Presidente haga, al ser ratificado por el Senado, contribuye, sin duda, no sólo al fortalecimiento de nuestro nuevo federalismo, sino también a la independencia de quien encabeza el Ministerio Público.

Especialización del Ministerio Público

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