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Marco Legal.


Enviado por   •  14 de Julio de 2015  •  1.985 Palabras (8 Páginas)  •  215 Visitas

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Introducción:

La Responsabilidad civil es la figura legal que permite indemnizar al tercero perjudicado los daños que ha sufrido como consecuencia de la conducta negligente de una persona física o jurídica.

En la actualidad es bastante corriente que aquellos que puedan sentirse perjudicados por las prestaciones profesionales exijan, incluso por vía judicial resarcidos los perjuicios causados por estas actuaciones.

Por ello es importante conocer a fondo las responsabilidades inherentes al ejercicio profesional, con objeto de asegurar convenientemente los riesgos de que se produzcan circunstancias que puedan dar origen a reclamaciones económicas, y que si no es mediante vía de aseguramiento, difícilmente puedan ser soportadas, de modo personal `por los profesionales.

A continuación veremos los diferentes compendios de Leyes penales y especiales que rigen el ejercicio de la ingeniería, los cuales son: Código Penal Venezolano, Ley Penal del Ambiente y Ley Del Ejercicio De La Ingeniería, Arquitectura Y Profesiones Afines.

Responsabilidad Civil del Ingeniero en Ejercicio y Principios del Derecho Penal y Compendio de Leyes Penales y Especiales que Rigen el Ejercicio de la Profesión.

 La Responsabilidad Penal.

La responsabilidad penal es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber de afrontar las consecuencias que impone la ley.

Diferencia con la Responsabilidad Civil.

La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona. En ocasiones dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho anglosajón, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligaciones pecuniarias. Sin embargo, existen varias diferencias:

Su finalidad es distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil repara un daño.

La cantidad de la cuantía a pagar se calcula con diferentes medidas: Una multa (responsabilidad penal) estará basada principalmente en la gravedad del hecho delictivo, mientras que la responsabilidad civil busca resarcir un daño a la víctima. Normalmente el destinatario también es distinto. La responsabilidad penal se suele pagar al estado, y la civil a la víctima.

Los Principios Que Rigen El Derecho Penal.

Inspirado en un sistema democrático que ha sido transformado lentamente la estructura jurídico-penal, gira en torno a los principios realísticos de la legalidad de los delitos y de las penas, del bien jurídico, de la responsabilidad por el hecho, de la exigencia culpabilista y de la pena humanitaria, entendida como retribución y con fines preventivos.

Según el principio de legalidad, se exige que el delito se encuentre expresamente previsto en una ley formal, previa, descrito con contornos precisos, de manera de garantizar la seguridad del ciudadano, quien debe saber exactamente cuál es la conducta prohibida y, asimismo, cuales son las consecuencias de la trasgresión o las penalidades que siguen a su conducta lesiva a los bienes protegidos por la norma penal. Este principio, entonces, como lo explicaremos después, va mucho más allá de la exigencia de una ley formal previa que establezca las conductas delictivas y sus penas, para exigir la certeza o precisión de la ley penal, lo cual supone la determinación de los tipos penales, la reducción al mínimo de su contenido de elementos genéricos, equívocos, o librados a la libre apreciación del juzgador. Ello, sin embargo, no significa renunciar a la posibilidad de fijar tipos penales que se resisten a las formulas tradicionales y que exigen la necesidad de fijar de complementación, como en el caso de las normas penales en blanco, cuyo funcionamiento, en todo caso, debe garantizar la exigencia de certeza del ciudadano ante la ley penal, de manera que conozca de forma precisa los contornos de ilicitud penal.

Según el principio del bien jurídico, todo delito supone la lesión o puesta en peligro de un bien jurídico, en lo cual radica la esencia del hecho punible. Precisamente, el Derecho Penal está destinado a proteger bienes y valores cuya protección se considera imprescindible para a existencia de la sociedad. Por tanto, todo delito supone, por lo menos un peligro para un bien jurídico, no siendo suficiente para incriminar un comportamiento que este aparezca como la simple expresión de una voluntad torcida o rebelde. Este principio constituye otro de los principios básicos del Derecho Penal moderno y garantista. Todo el Derecho Penal se orienta hacia la protección de los bienes o valores jurídicos y la determinación de estos ilumina y constituye la razón de ser de las normas incriminadoras, exigiéndose como requisito esencial para que una conducta pueda ser considerada como delito, carácter que condiciona la materialidad misma del hecho, la cual debe ser apreciada por el juez, a los fines de determinar la condición para que el hecho tenga importancia penal.

 Responsabilidad

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