Trabajador De La Construccion
Enviado por amalur1488 • 6 de Septiembre de 2013 • 1.032 Palabras (5 Páginas) • 276 Visitas
TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION
El trabajador de la es aquel que trabaja en construcción y/o reparación de edificios, casas y obras de gran envergadura. Conforme a su especialidad puede ser albañil, carpintero, gásfiter, electricista, enfierrador y jornalero, entre otros. Está bajo las órdenes del dueño de la obra o faena, de su representante, contratista o subcontratista. Tiene con una jornada de trabajo definida y con derecho al pago de la remuneración acordada en el contrato para la labor realizada.
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION
- Efectuar el trabajo personalmente y por el tiempo que dure el contrato o la obra.
- Obedecer las órdenes del empleador(a) o quien lo represente.
- Utilizar y mantener adecuadamente los Elementos de Protección Personal (EPP).
- Conocer las medidas de prevención de riesgos necesarias para desarrollar su trabajo con seguridad, especialmente aquellos en altura y o subterráneos.
- Solicitar al empleador(a) que le informe y lo capacite adecuadamente antes de iniciar cualquier trabajo.
DERECHOS DEL TRABAJADOR DE LA CONSTRUCCION
- Exigir la escrituración de su contrato y recibir una copia del mismo, debidamente firmada por el empleador(a).
- Este contrato debe ser firmado por el trabajador y el empleador en un plazo de 15 días, contados desde que comenzó a trabajar. Este plazo es de 5 días si es que el contrato es por obra o faena o aquella durara menos de 30 días.
- Recibir remuneración por los servicios prestados, la cual deberá ser pagada en la fecha pactada.
- Descanso de al menos media hora para colación.
- Un descanso semanal o bisemanal si lo acuerdan las partes, cuando la faena se encuentra alejada de centros urbanos.
- Tener una jornada ordinaria que no supere las 10 horas de trabajo efectivo por día.
- Acordar por escrito hasta 2 horas extraordinarias diarias cuando sea necesario en la faena, en forma temporal, siempre que no perjudique su salud.
- La duración de este acuerdo no puede superar los 3 meses, pudiendo ser renovado de la misma forma.
- Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria de trabajo.
- Constituir o afiliarse a la organización sindical que represente sus intereses, en conformidad a la ley.
- Negociar colectivamente conforme a la ley.
LAS REMUNERACIONES
- La remuneración debe pagarse con la periodicidad y en la fecha señalada en el contrato, la que nunca puede ser mayor a un mes.
- No son remuneración los viáticos, las asignaciones de movilización, de colación, del desgaste de herramientas y las asignaciones familiares.
- La remuneración se podrá fijar por unidad de pieza, medida u obra o trabajo a trato. Se podrá fijar, también, por unidad de tiempo, esto es, por día, semana, quincena o mes.
- El empleador no puede descontar de la remuneración herramientas perdidas o producción dañada, salvo que exista sentencia judicial que lo autorice.
Semana Corrida
El trabajador que acuerde que sus remuneraciones se pagarán por día o trato, o por una combinación de ambos, tiene derecho a recibir remuneración en dinero por los días domingo y festivos que se den en el respectivo periodo semanal, la que se calculará de la siguiente manera: dividiendo la suma total de las remuneraciones diarias ganadas en la semana, por el número de días en que, según el contrato, debió laborar en ella.
No
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