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Actos Procesales


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  365 Palabras (2 Páginas)  •  249 Visitas

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TITULO VI

De los Actos Procesales y las Nulidades

Capítulo I

De los actos procesales

Sección Primera

Disposiciones generales

En sus instrucciones de los actos procesales se tipifica que el idioma oficial es el castellano y todos los actos del proceso se efectuarán en este idioma, las personas que intervengan en dicho proceso y desconozcan el idioma castellano serán asistidos por uno o más intérpretes que designará el tribunal competente, de igual manera se procederá con aquellos documentos redactados en idioma extranjero, que sean presentado en juicio, deberán ser transcrito al idioma castellano por intérprete público. (Artículo 151. Idioma oficial)

En el presente artículo hace inferencia sobre la solemnidad y que los jueces profesionales, el secretario de la sala, el fiscal y los abogados de las demás partes que intervendrán en la audiencia pública y oral deberán usar toga. (Artículo 152. Toga).

En lo referente a las actas se debe precisar que toda acta tiene que ser fechada con indicación del lugar, año, mes, día y hora en que haya sido redactada, y además identificación clara de las personas que han intervenido y una relación concisa de los actos realizados.

El acta será admitida por los funcionarios y demás intervinientes. Si alguno no puede o no quiere firmar, se dejará constancia de ese hecho; por la falta u omisión de la fecha acarrea nulidad sólo cuando ella no pueda establecerse con certeza, sobre la base de su contenido o por otro documento que sea conexo. (Artículo 153. Actas)

Artículo 154. Examen del sordo y del mudo. Si el examinado es completamente sordo o mudo y no sabe leer ni escribir, se nombrarán como intérpretes dos personas, escogidas preferentemente entre aquellas habituadas a tratarle, para que por su medio preste la declaración.

Si sabe leer y escribir, su manifestación la hará por escrito para establecer la declaración en el proceso.

Comparecencia obligatoria. El testigo, experto o intérprete regularmente citado, que omita, sin legítimo impedimento, comparecer en el lugar, día y hora establecidos, podrá ser conducido por la fuerza pública, por decreto del juez ante su presencia, el cual le impondrá una multa del equivalente en bolívares de hasta veinte unidades tributarias, sin perjuicio de la a

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