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Causalismo


Enviado por   •  15 de Junio de 2012  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  553 Visitas

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¿Qué es Derecho Penal?

No es más que la protección de bienes jurídicos a través de la sanción de las

Acciones humanas consideradas por el legislador como delitos y de esa manera, procurar una ordenada convivencia social PRETENDIENDO proteger aquellos intereses que la sociedad y El legislador así como los organismos de la sociedad considera relevantes de acuerdo a su idiosincrasia (vida, libertad, propiedad, orden y seguridad pública, el normal y transparente desenvolvimiento de la Administración Pública, etc.) a través de la represión, osea, el castigo al infractor.

También representa la forma de control social formal o jurídica por excelencia, control a través de la ley penal y cuya actuación es posterior a las otras modalidades de control social no formales o no jurídicas, tales como las pautas de conductas derivadas de instancias familiares, educativas, culturales, profesionales, religiosas, políticas, económicas, etc. De allí deviene, el carácter de ultima ratio del Derecho Penal, que comprende que la represión penal sólo debe funcionar cuando han fracasado las demás barreras protectoras del bien jurídico, previstas en otras ramas del ordenamiento jurídico (contravencionales, administrativas, civiles, etc.).

Antes que nada hay que establecer que la finalidad del Derecho penal no es únicamente la sanción, sino también la protección bajo amenaza de sanción de los bienes jurídicos, que tienen como fundamento normas morales.

El derecho penal es la parte del ordenamiento jurídico que determina las acciones de Naturaleza criminal y las vincula con una pena o medida de seguridad. Es misión del derecho penal amparar los valores elementales de la vida del ser Humano. Es también un órgano que tiene como propósito la función reparadora del equilibrio Social perturbado por el delito en la que entra distintas figuras que le son de su competencia como son; las penas criminales, y las medidas de Seguridad, hay que tener claro que no solo hecho de proteger el bien jurídico sino que va más allá ya que, es de naturaleza positivo-ético social, es tutela jurídica, también se debe tener como aquello que organiza los presupuestos del Derecho Penal y que sean compactible con la Sociedad y el estado social de Derecho.

Sistema Penal

El sistema penal es el control social punitivo institucionalizado. Este sistema emerge como medio de socialización sustitutivo sólo cuando los mecanismos primarios del control social informal fracasan.

El sistema penal es el conjunto de relaciones y procesos derivados del ejercicio de la facultad punitiva del Estado. Lo que permite tomar en cuenta relaciones "del control penal" que no estén dentro de los límites jurídicos "fuera del límite", con lo que cabe más allá del control formalizado tener en cuenta al control punitivo no formalizado, al que opera bajo el sistema penal subterráneo, es decir, aquel que implica una punición (restricción o supresión relevante de derechos humanos).

La asunción de esta noción de sistema permite evidenciar la relevancia política de la relación de regulación del Derecho (Limitador y delimitador) sobre el poder punitivo, contextualizando en el escenario social la intervención punitiva. Ello permite resaltar que el objeto de regulación del Derecho (el control penal) se mueve en la trama social expresándose de diversas formas; por ejemplo, con el ejercicio de la función policial, que por tal no sólo será un ámbito de regulación del Derecho Administrativo, sino también del Derecho Penal - y Procesal Penal - y por supuesto del Constitucional; al igual que se plantea con el Derecho Penitenciario, pues en ambos campos el eje no es sólo la prestación de un servicio público, sino el ejercicio del poder penal y como ente de prevención en la sociedad.

Así, el control penal se manifestara en la actuación de los órganos del sistema, en los procesos lo primordial el conjunto de las relaciones vinculadas al ejercicio de la facultad punitiva del Estado o al ejercicio del control penal y cómo tales relaciones se integran en el devenir social.

Desde otra perspectiva, la de la persona y su libertad, en tanto que control social formalizado, cabe considerar el sistema penal como un sistema garantista. Un sistema penal como sistema de garantías es consecuencia de una política criminal en un Estado social y democrático de derecho, como lo establece la Constitución proclamada el 26 de Enero del 2010, en su Art, 7 que dice: El Estado Social Democrático y Derecho, organizado en forma de Republica unitaria, fundado en el respecto a la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos. En tal sentido, presenta ventajas que no tienen los controles informales. Desde luego, la reacción penal garantiza que otro tipo de reacciones sociales informales, espontáneas, incontroladas de otras fuerzas sociales quede neutralizada, impidiendo la venganza es decir que una persona haga justicia con sus propias manos, inobservado las figuras jurídicas que el legislador estableció como mecanismo de prevención.

En otra opinión dada por el Dr. Luigi Ferrajoli, el sistema penal se caracteriza porque el Estado ha legalizado o institucionalizado la violencia. El primer presupuesto de la función garantista del derecho y del proceso penal es el monopolio legal y judicial de la violencia represiva. El derecho y el proceso, en efecto, garantizan contra la arbitrariedad en cuanto representan técnicas exclusivas y exhaustivas del uso de la fuerza con fines de defensa social.

Las relaciones sociales y los fenómenos que se generan en nuestro país, cada día son más complejos, muchos de estos fenómenos provocan daño social, socaban la buenas costumbre

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