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DERECHO NOTARIAL


Enviado por   •  17 de Enero de 2014  •  385 Palabras (2 Páginas)  •  615 Visitas

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DERECHO NOTARIAL.

El derecho Notarial es el ordenamiento jurídico de la función notarial, asi como también se puede definir como el estudio del conjunto de normas jurídicas contenidas en las diversas leyes que regulan obligaciones y modalidades a que deben ajustarse el ejercicio Activo, de la función de Escribano. El artículo 3° de la Ley del Notariado precisa que: “El Notario es el Profesional del derecho investido de fé pública para hacer constar los actos y hechos jurídicos a los que los interesados deban o quieran dar autenticidad conforme a las leyes, revistiéndolos de solemnidad y formasDe esta manera el notario se encuentra investido de fe pública, con esta facultad especial puede dar fe de los actos que celebren ante él las personas.

DEFINICION DE NOTARIO:

El Notario es el profesional del Derecho encargado de una función pública consistente en recibir, interpretar y dar forma legal a la voluntad de las partes, redactando los instrumentos adecuados a este fin y confiriéndoles autenticidad; conservar los originales de éstos y expedir copias que den fe de su contenido. En su función está comprendida la autenticación de hechos.

CUALES SON LAS DIVERSAS TEORIAS QUE TRATAN SOBRE LA NATURALEZA DE LA FUNCION NOTARIAL ?

a. La teoría funcionarista o funcionalista ;

b. La teoría profesionalista o profesionista ;

c. La teoría ecléctica ; y,

d. La teoría autonimista.

TEORIA FUNCIONALISTA:

Según Castán, las finalidades de autenticidad y la legitimación de los actos públicos exigen que el notario sea un funcionario público que intervenga en ellos en nombre del Estado y para atender, más que el interés particular, al interés general o social de afirmar el imperio del derecho, asegurando la legalidad y la prueba fehaciente de los actos y hechos de que penden las relaciones privadas.

TERORIA PROFESIONALISTA:

En contraposición a la teoría antes comentada, ésta asegura que recibir, interpretar y dar forma a la voluntad de las partes, lejos de ser una función pública, es un quehacer eminentemente profesional y técnico.

TEORIA ECLECTICA:

De acuerdo a esta teoría, el Notario ejerce una función pública sui generis, porque es independiente, no está enrolado en la administración pública, no devenga sueldo del Estado; pero por la veracidad, legalidad y autenticidad que otorga a los actos que autoriza, tiene un respaldo del Estado, por la fe pública que ostenta. En síntesis, el notario es un profesional del derecho encargado de una función pública.

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