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DERECHO TRIBUTARIO


Enviado por   •  25 de Octubre de 2013  •  994 Palabras (4 Páginas)  •  237 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Con la puesta en vigencia de la nueva Constitución Política del Perú de 1993, nuestro país ha entrado a una nueva etapa en su incipiente vida democrática.

En este sentido, sus instituciones, ideología y disposiciones, se debe interpretar en base a la coyuntura que vive actualmente no sólo la sociedad en su conjunto sino también en base a las disposiciones que regulan el llamado Estado de Derecho. Así, autores nacionales como OCHOA CARDICH señalan lo siguiente:

La anterior afirmación permite constatar la decreciente intervención estatal en los diversos sectores de la economía nacional y de la sociedad en su conjunto, así como el debilitamiento muestra una de sus facetas con lo supresión de la protección, por lo menos legislativa, de diversos derechos denominados sociales y económicos los que en comparación con la anterior carta magna si eran positivamente protegidos. A este respecto creemos, sin embargo, que la protección estatal no ha desaparecido, pero demuestran en forma clara la línea política de la Constitución del 1993.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE APLICABILIDAD EN EL DERECHO TRIBUTARIO

1.- Principio de reserva de la ley

Este principio tributario que si bien es relacionado con el conocido principio de legalidad, se entiende en materia tributaria como el exclusivo tratamiento de determinadas materias sólo por el único ente encargado de realizar funciones legislativas vía su respectivo instrumento legal.

Esto quiere decir que el concepto de reserva de la ley se refiere al concepto de ley en sentido formal, esto es, la emitida por el Congreso .

El principio de reserva de ley en materia tributaria que atiende a que los elementos fundamentales del tributo (hipótesis de incidencia y consecuencia normativa), sólo pueden ser creados, alterados, regulados e introducidos en el ordenamiento jurídico, a través de una ley o una norma de rango análogo. Por él se requiere que para la inserción de normas tributarias a través de leyes o dispositivos legales con rango análogo, tomen necesaria intervención los órganos que son designados como depositarios de la voluntad general, cualquiera que sea su denominación y modo de funcionamiento, lo que vendrá dado por la tradición institucional y el tipo de organización política adoptada por el Estado. Se trata, por lo tanto, de un principio tributario formal que limita el ejercicio de la potestad tributaria a ciertos vehículos introductores de normas jurídicas (leyes, decretos legislativos y ordenanzas municipales, de ser el caso).

2.- Principio de Igualdad

El principio de igualdad es un límite que prescribe que la carga tributaria debe ser aplicada de forma simétrica y equitativa entre los sujetos que se encuentran en una misma situación económica, y en forma asimétrica o desigual a aquellos que se encuentran en situaciones económicas diferentes. El principio bajo mención supone que a iguales supuestos de hecho se apliquen iguales consecuencias jurídicas, debiendo considerarse iguales dos supuestos de hecho cuando la utilización o introducción de elementos diferenciadores sea arbitraria o carezca de fundamento .

En nuestro entendimiento, el principio de igualdad tributaria no tiene la misma amplitud que la del postulado de igualdad recogido en el inciso 2

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