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El presente informe recoge los resultados del trabajo de la Comisión designada por la Mesa de la Unidad Democrática


Enviado por   •  4 de Abril de 2016  •  Ensayos  •  5.165 Palabras (21 Páginas)  •  312 Visitas

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1. INTRODUCCIÓN 1.1. El presente informe recoge los resultados del trabajo de la Comisión designada por la Mesa de la Unidad Democrática para El objetivo de la Comisión ha sido evaluar las causas y consecuencias de la misma, evidente, entre otros hechos, a través del hallazgo de contenedores con miles de toneladas de alimentos descompuestos o vencidos. Estos alimentos fueron importados con el propósito de ser distribuidos a través de organizaciones públicas. Finalmente la Comisión ofrecerá recomendaciones a los integrantes de la Asamblea Nacional sobre las acciones que deben tomarse para evitar que se repitan crisis de este tipo. La Comisión ha consultado documentos técnicos, artículos de prensa, notas en Internet y compilaciones detalladas sobre las denuncias efectuadas, entre ellas un amplio documento elaborado por integrantes de la Asamblea Nacional. Así mismo ha consultado a personas con conocimiento y experiencia en las distintas fases y etapas de las distintas cadenas agroalimentarias. 1.2. La Comisión tuvo total libertad e independencia para realizar su trabajo y efectuar consultas a otros expertos. Su trabajo estuvo limitado por la escasez o atraso en la publicación de estadísticas oficiales y confiables sobre los distintos aspectos relacionados con la producción, importación, comercialización y distribución de alimentos en el país, así como sobre el volumen y valor exacto de los alimentos perdidos por descomposición, vencimiento y otras violaciones del Codex Alimentarium y demás normas relacionadas a la inocuidad y calidad de los alimentos. El Codex Alimentarium es un programa conjunto de la FAO y la OMS que ha sido aprobado por todos los países integrantes de las Naciones Unidas con el objetivo de proteger a los consumidores a través de un conjunto de normas y estándares internacionales sobre los alimentos. La Comisión tuvo acceso a un informe del Bloque Parlamentario Humanista Ecológico y del partido Podemos que elaboró un expediente exhaustivo de las gravísimas irregularidades cometidas en la importación, almacenamiento y distribución de alimentos por parte de PDVAL, algunas de las cuales ya han sido dadas a la luz pública por distintos medios de comunicación. La Comisión tomó debida nota de esas irregularidades y las ha Informe de la Comisión para el Análisis de la Crisis de Alimentos en Venezuela. Caracas, 24 de agosto 2010 7 incluido en su análisis sobre las fallas del gobierno nacional en la gestión de la alimentación en el país. 1.3. El trabajo de la Comisión estuvo orientado por la existencia de principios universales en materia de derechos humanos, consagrados en declaraciones, pactos y acuerdos suscritos por Venezuela como los siguientes: (a) Artículo 25 de la Declaración de Derechos Humanos de 1948: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegura, así como a su familia, la salud, el bienestar y en especial la alimentación…” (b) Artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales de 1966: “Los Estados partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia..”…”reconocen el derecho de toda persona de estar protegida contra el hambre…” “..y adoptaran medidas para mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos…”; (c) Otros acuerdos y declaraciones emanados de Conferencias y Cumbres Internacionales que han recibido el respaldo y compromiso de Venezuela. Entre ellas la Cumbre Mundial sobre la Alimentación (Roma, 1996) cuyo plan de acción estableció en su párrafo 1: “…las bases hacia el logro de un objetivo común: la seguridad alimentaria a nivel individual, familiar, nacional, regional y mundial. Existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos a fin de llevar una vida sana y activa; (d) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha reconocido plenamente estos principios y declaraciones universales y los ha consagrado en su artículo 305: “El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población, entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente de éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de actividad agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación. A Informe de la Comisión para el Análisis de la Crisis de Alimentos en Venezuela. Caracas, 24 de agosto 2010 8 tales fines, el Estado dictar las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueren necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para corregir las desventajas propias de la actividad agrícola”. También la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en su artículo 117 “Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen; a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de esos derechos”. 1.4. La seguridad alimentaria, como cometido del Estado, obliga al gobierno a promover y estimular la expansión de la producción agrícola y a garantizar la inocuidad de los alimentos desde la producción hasta su consumo, así como castigar a quienes pongan en riesgo o en peligro la salud de la población por la violación de las normas que amparan la inocuidad y calidad de los alimentos. 1.5. Asimismo, la Comisión considera que este derecho a la alimentación implica la obligación de diseñar y ejecutar políticas publicas destinadas a facilitar el acceso a este derecho, a garantizar la provisión de alimentos, a controlar su inocuidad, a proteger las propiedades productivas que contribuyan con la oferta nacional y a promover la participación amplia y no excluyente de los diversos sectores en el diseño y planificación de las políticas alimentarias

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