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Evolucion Del Derecho Penal


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2012  •  1.568 Palabras (7 Páginas)  •  612 Visitas

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El presente trabajo está basado en el estudio y evolución del derecho Procesal Penal desde el punto de vista teórico, primeramente definiré que es el Derecho penal; Es una rama del derecho que está dentro del derecho público, cuyos objetos de regulación son: el delito, los autores y partícipes de los delitos, las penas, y las medidas de seguridad.

El estudio del derecho penal se divide en dos partes: derecho penal general y derecho penal parte especial.

El Derecho Penal general que se ocupa de la estructura de la norma penal, los principios que las inspiran, la teoría general del delito, dentro de éste se encuentra la aplicación de la ley penal, principios de territorialidad, irretroactividad, principios, las prisiones y reclusiones, las causas de imputabilidad etc.

Y la parte especial, que se ocupa de las infracciones delictivas en particular (homicidios, violaciones, hurtos, etc.). Es decir aquí se estudia específicamente el delito en sí. Se presentara de una manera resumida las diferentes instituciones de enjuiciamiento criminal que han surgido a través de nuestra historia:

ACUSATORIO PURO: Fue el primero que conoció la historia, se origino el Grecia y en Roma en su último siglo, su esencia radica en la necesidad de una acusación propuesta y sostenida por una persona diferente del Juez, vale la pena destacar que en el sistema Acusatorio nace en una época en la que la persecución de los delitos era una cuestión exclusivamente privada. Algunos de los principios que rigieron este sistema fueron: Principio Acusatorio, Publicidad, Oralidad del proceso, (actualmente existentes), entre otros. El sistema acusatorio se caracterizo por pasar de ser monárquico a republicano y se forman poderes que son el ejecutivo, legislativo y judicial y esto forma al estado, y por ende el estado es el que castiga un delito, se crea el Ministerio Público como un órgano representante de la sociedad para pedir en nombre de ésta, ante un juez que castigue a una persona por haber cometido un delito. Aparece en la revolución liberal del siglo XIX fue la división del Poder. El procedimiento penal se dividió en un órgano instructor y otro juzgador. Quien instruye, total o parcialmente, no puede dirigir el juicio y dictar sentencia.

Las características del sistema acusatorio son las contrarias al sistema inquisitivo: no es riguroso, es continúo, es público, no necesariamente tiene que ser por escrito, no necesariamente riguroso o formal excepto en el acto de la sentencia de la acusación definitiva o sea conclusiones acusatorias.

INQUISITIVO: Tiene sus orígenes en la roma imperial y regímenes monárquicos (en las monarquías absolutas, el rey es el Estado porque él es el único que forma la autoridad y por lo tanto el individuo no puede ser más que el estado) el cual consistía en tomar la iniciativa para originar el Proceso Penal ante la puesta en peligro de un bien jurídico legalmente protegido, es decir actúa de oficio y el Proceso Penal es excesivamente formal, riguroso y no público. Este se dividía en dos partes: la inquisición general, en la que se comprobaba el hecho y se buscaba al delincuente y la inquisición especial, comenzaba cuando como consecuencia de las investigaciones, quedaba indiciada una persona como culpable del delito. El principal rasgo del procedimiento inquisitivo radica en la concentración de las funciones de investigación y juzgamiento en un mismo órgano, lo que obviamente resulta incompatible con el derecho del imputado al ser juzgado por un tribunal imparcial.

El procedimiento como en el tiempo actual daba comienzo con una denuncia y que no obligaba al denunciante a probar ni a justificar los hechos denunciados (en este tiempo seria catalogada como una arbitrariedad) luego se procedía a practicar las investigaciones que permitieran el encarcelamiento del inculpado, todo eso realizado en secreto y mediante actuaciones escritas y con autorización para aplicar tortura a fin de obtener su confesión. Algunos principios que rigieron en este proceso: Intervención de oficio del juez, El secreto del procedimiento, procedimiento totalmente escrito, plena libertad del juez para la búsqueda de la prueba, el imputado no podría proponer prueba, como podemos comparar con nuestra legislación vigente este proceso y sus principios se quedaron completamente en la historia.

ACUSATORIO FORMAL: El órgano jurisdiccional se activa siempre ante la acusación de órgano o una persona, esto es, se acciona motivando al poder jurisdiccional para que actúe ante la apuesta en peligro de bien jurídico legalmente protegido.

El sistema acusatorio formal (mixto) conserva del inquisitivo la facultad del estado para investigar a una persona en forma secreta o casi secreta

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